Operativo por Noche de la Nostalgia 2026
El operativo será realizado por personal del Servicio de Convivencia Departamental y de la División Tránsito de la Intendencia de Montevideo. Efectivos policiales acompañarán en los operativos, como garantía de seguridad de las y los trabajadores.
El Servicio de Convivencia Departamental recibió hasta el viernes 21 de agosto, la solicitud de 142 permisos para espectáculos públicos, de los cuales 110 ya están autorizados.
A 20 eventos, que fueron promocionados por redes, se les intimó a presentar documentación, mientras que 30 locales que no entran en la categoría de baile fueron autorizados para realizar evento este día.
Se contará con 63 inspectores/as de los cuales 33 estarán asignados a puestos fijos de control en locales con actividad bailable.
Controles de tránsito
El operativo de tránsito tiene como objetivo garantizar la seguridad vial y prevenir siniestros. El operativo saldrá desde Torre Ejecutiva en conjunto con Policía de Tránsito y la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev).
En éste trabajarán un centenar de personas entre inspectores de tránsito y choferes, en motos y unidades móviles, acompañados por personal policial.
Los controles iniciarán a la hora 18.00 del lunes 24 de agosto y se extenderá hasta la hora 21.00 del martes 25 de agosto, en cuatro turnos y cinco equipos.
El operativo se desarrollará en forma itinerante por las principales avenidas y zonas de mayor concurrencia, y los equipos se van a subdividir de acuerdo a estas necesidades.
Se verificará:
- Consumo de alcohol y THC (marihuana) en conductores.
- Licencia de conducir, libreta de propiedad y matrícula en condiciones reglamentarias.
- Escapes ruidosos y otras infracciones a la normativa de tránsito.
En caso de espirometrías positivas se aplicarán sanciones: la multa por espirometría tiene un valor de 15 U.R. y la suspensión del permiso (retiro de la libreta) dependerá del resultado de la espirometría y de los antecedentes en cuanto a esta infracción, siendo el mínimo 6 meses a 60 meses en los casos reincidentes y con mayor grado (según el decreto 303/023).
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