SECRETARIA GENERAL
Servicio de Compras
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Palacio Municipal - Planta Baja, sector Sgo. de Chile. Tel. 1950 2012 - Fax 1950 1915

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Licitación Abreviada298353/1

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA PARA LA ADQUISICION DE 4200 m. DE CABLE DE ALUMINIO 0.6/1KV AISLADO XL PREENSAMBLADO DESTINADOS A LA UNIDAD TECNICA DE ALUMBRADO PUBLICO.

    ARTÍCULO 1o.- DISPOSICIONES VIGENTES.

    En todo lo no previsto por el presente Pliego, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.

    ARTÍCULO 2o.- OBJETO.

    El objeto de la presente convocatoria es la adquisición de:


    4.200 (cuatro mil doscientos) metros de conductor preensamblado 3x50 + 54.6 mm de Al tipo RZ- 0.6/1 kV.


    La entrega se realizará en bobinas de 500 metros. de acuerdo a la normativa de UTE; NO-DIS-MA-0501 NO-DIS-MA-0501. CABLE PREENSAMBLADO PARA LÍNEAS AÉREAS DE BT.


    ARTÍCULO 3o.- ESPECIFICACIONES TECNICAS.

    Las características del conductor ( 3 x 50 + 54.6) se encuentran en “Los Proyectos Tipo UTE. para Redes de Baja Tensión con Conductor Preensamblado”, en el Documento 2, Memoria, Tabla II. En el mismo documento se dan las características de la aislación.

    El conductor a emplear estará de acuerdo con la Norma UTE N.MA..05.01/2 y será el siguiente, RZ-0.6/1kV 3 x 50 Al / 54.6 Almelec.

    Las normas y ensayos se encuentran en “Normas de distribución N.M.A.05.01/2
    CONDUCTORES AISLADOS CABLEADOS EN HAZ PARA LINEAS AEREAS DE BAJA TENSION “ de UTE..

    La superficie exterior, en todos los casos, llevará grabada en forma indeleble:
    MARCA, CARACTERISTICAS DEL CABLE, en intervalos no mayores a 1 (un) metro.


    ARTÍCULO 4o.- DATOS / LITERATURA TÉCNICA.

    Los oferentes establecerán en sus propuestas todas las especificaciones técnicas de lo ofrecido, con agregación de todo otro dato que juzguen de interés para una mayor ilustración de lo ofertado.
    Se sobreentenderá que todos los datos suministrados tendrán el carácter de compromiso, vale decir que en el momento de la recepción, la I.M. exigirá una estricta correspondencia entre lo entregado y lo establecido en la propuesta así como con la muestra presentada.


    ARTÍCULO 5º.- ENSAYOS.

    Los ensayos se encuentran en “Normas de distribución N.M.A.05.01/2 CONDUCTORES AISLADOS CABLEADOS EN HAZ PARA LINEAS AEREAS DE BAJA TENSION “ de UTE.
    Todos los costos relativos a material de laboratorio y personal para la ejecución de los ensayos en fábrica, correrán por cuenta del oferente.
    La realización de dichos ensayos y su correspondiente entrega se coordinara con el personal de la UTAP.

    ARTÍCULO 6º.- PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS.

    Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada, debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen inferior izquierdo de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.

    Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX (19501915), no siendo de recibo si no llegaren a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.

    Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.


    ARTÍCULO 7º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA.

    Se establece en 30 (treinta) días hábiles como mínimo, contados a partir del día siguiente al acto de apertura de ofertas.-

    ARTÍCULO 8º.- PRECIO.

    La cotización será formulada en condición plaza, en moneda nacional uruguaya o en dólares estadounidenses.

    Los impuestos deberán discriminarse del precio, en caso de que no se realice de esta manera se entenderá que estos se encuentran incluidos en el mismo.

    Se entiende por mercadería de recibo, aquella entregada en destino, libre de todo otro gasto.
    El precio comprenderá el flete y descarga de la mercadería licitada en un sitio (colocada en galpón) a determinar por la UTAP,

    Previo a cada entrega, el adjudicatario se comunicará con el sector Almacén de UTAP a efectos de coordinar la realización de la misma.


    ARTÍCULO 9º.- FORMULA PARAMETRICA.

    Los precios cotizados en condición plaza serán ajustados semestralmente de acuerdo a la siguiente fórmula:


    P = Po ( 0.5 Al /Alo + 0.5 Mp / Mp0)

    P = Precio Ajustado.

    Po = Precio de la Oferta.

    Al = Valor del Aluminio Cash mean de la Bolsa de Metales de Londres (LME) (Fuente Metal Bulletin), correspondiente al promedio (averages) del mes anterior al que corresponde el ajuste.

    Alo = Idem al anterior correspondiente al mes anterior al de la fecha de apertura de las ofertas.

    MP = Indice de materias plásticas en el país de origen, correspondiente al mes anterior al que corresponde el ajuste. Se utiliza el índice de precios CIF de productos importados, “Sección 1.5 Materias plásticas, caucho”. Publicado por el INE.

    MPo = Idem anterior correspondiente al mes anterior al de la fecha de apertura de las ofertas.-


    ARTÍCULO 10º.- FORMA DE PAGO.

    El pago de la factura principal y del ajuste de precios se realizará, como máximo, a los treinta días calendario, contados a partir de su presentación en Contaduría General.
    La factura por el ajuste de precios se presentará junto a la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
    La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
    En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, Ley 14.095-Circular 1965) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
    La factura por el ajuste de precios en moneda nacional, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.

    No se liquidan intereses para pagos en moneda extranjera.

    DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días y entre los 11 y los 20 días de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.

    ARTÍCULO 11º. CRITERIOS DE EVALUACION DE LAS OFERTAS.


    Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos.

    Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.

    Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.

    Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:

    a. Precio sin tener en cuenta descuento pronto pago. ……..…….80 puntos

    Puntaje = (Pm / Po) * 80
    Donde Pm es el menor precio ofertado y Po es el precio de la oferta.

    b. Plazo de entrega.…………………………………………… 20 puntos

    Puntaje = (Em / Eo) * 20
    Donde Em es el menor plazo de entrega ofertado y Eo es el plazo de la oferta.

    Total: 100 puntos

    La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.


    ARTÍCULO 12º.- MEJORA DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES.

    La IM, podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del T.O.C.A.F, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.


    ARTÍCULO 13º: FORMA DE ADJUDICACIÓN.

    La I.M. adjudicará a un solo oferente.


    ARTÍCULO 14°: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. NOTIFICACIÓN.

    El contrato se considerará perfeccionado con la notificación al adjudicatario del acto administrativo de adjudicación.

    La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:

    a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida mediante vía fax.


    b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.

    En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la Intendencia de Montevideo podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.

    En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.


    ARTÍCULO 15º.- PLAZO DE ENTREGA.

    A partir de la notificación de adjudicación el adjudicatario contará con un plazo de 30 días calendario para realizar la totalidad del suministro.

    ARTÍCULO 16º.- RECEPCION DE LA MERCADERIA.

    1.- Recepción en fábrica.

    La I.M. podrá realizar en origen la recepción de la mercadería, en el laboratorio del fabricante, con la supervisión de un técnico designado por la I.M.

    En caso que a juicio de la I.M. los materiales u otros elementos presentasen desviaciones o defectos respecto a lo establecido en las presentes especificaciones técnicas, el adjudicatario deberá efectuar todas las modificaciones o sustituciones a satisfacción de la I.M. En esta situación, se dejará constancia de los cambios solicitados por la I.M. en los respectivos protocolos de recepción.

    En todos los casos, el oferente presentará un certificado estableciendo que lo suministrado está de acuerdo con todos los requisitos de estas especificaciones y conforme a lo detallado en la oferta y aprobado por la I.M.

    Se procederá al embarque de estos suministros sólo cuando hayan cumplido previamente a satisfacción de la I.M. todas las verificaciones y ensayos establecidos.

    2.- Recepción provisoria.

    La Administración realizará una recepción provisoria de la mercadería, dentro de los 10 días hábiles posteriores a su entrega. La recepción provisoria habilitará al adjudicatario a presentar las facturas correspondientes e iniciar las gestiones de cobro.

    3.- Recepción definitiva.

    La Administración hará la recepción definitiva de la mercadería adjudicada a los 180 (ciento ochenta) días de haberse realizado la recepción provisoria de la totalidad del suministro. Hasta que no se realice la recepción definitiva, el adjudicatario será responsable de las deficiencias o incumplimientos (en el material recibido) que la Administración pudiese constatar.

    Los incumplimientos a las condiciones exigidas podrán verificarse en:

    a.- Mercadería sin uso en el momento de remover el packing y previamente a ser instaladas.
    b.- Mercadería ya instalada en la vía publica.
    c.-Mercadería ensayada según las normas de fabricación correspondientes, o sus sustitutivas.

    ARTÍCULO 17º.- REPOSICION DE CONDUCTORES.

    El adjudicatario, previamente a la realización de la recepción definitiva, deberá sustituir todas aquellos rollos o bobinas de conductores recibidos en forma provisoria, pero luego consideradas de “no recibo” por incumplimiento a las especificaciones técnicas que rigen esta adquisición.
    En caso de no cumplir con la mencionada sustitución, la Administración podrá rescindir sin más trámite el contrato.

    ARTÍCULO 18°: SANCIONES.

    La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarias, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.


    ARTÍCULO 19º.- MULTAS.

    En caso que la única entrega se cumpla fuera del plazo, el adjudicatario con su incumplimiento dará lugar a la aplicación automática por parte de la Administración, de una multa equivalente al 0,1 % (uno por mil) del importe de la mercadería, por cada día de atraso.
    Si el atraso en que incurriera el adjudicatario alcanzara quince días, la Administración podrá rescindir sin más trámite el contrato.
    Las multas no se aplicarán únicamente en caso que la demora se produzca por causa de fuerza mayor debidamente justificada, a juicio de la I.M.


    ARTÍCULO 20°: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

    La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada, será considerada como desistimiento, operándose la revocación de la adjudicación.


    ARTÍCULO 21°: RESCISIÓN DEL CONTRATO

    La I.M. podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificar al mismo la rescisión.
    No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en el T.O.C.A.F.
    La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.


    ARTÍCULO 22°: CESIÓN DEL CONTRATO.

    El Adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.

    ARTÍCULO 23°: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL.

    La Intendencia de Montevideo exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal al día expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.

    Dicho certificado será expedido en forma gratuita por el Servicio Gestión de Contribuyentes, Atrio de Soriano, Planta baja del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).


    ARTÍCULO 24°: CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA.

    Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
    Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas o por e-mail a consultapliegos.compras@imm.gub.uy o vía FAX 1950 1915.

    Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.

      La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan retirado el pliego directamente del Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores de la Intendencia de Montevideo, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
      Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (www.montevideo.gub.uy entrar en Servicios on line – Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales www.comprasestatales.gub.uy.

      En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del pliego, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.

      ARTÍCULO 25°: REGISTRO DE PROVEEDORES.

      Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM. De no hallarse registrados al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. En caso de ser adjudicatario deberá concurrir a la Unidad Atención a Proveedores con la documentación necesaria y el número provisorio asignado, a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho Registro.
      Asimismo, a partir del 1º de Marzo de 2015, también se exigirá que los oferentes se encuentren inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales) para poder ser adjudicatarios.
      Una vez en estado “activos” en RUPE quedarán en condiciones de ser validados en el Registro de Proveedores de la IM.
      Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en RUPE, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.

      Para obtener más información sobre la inscripción RUPE visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento del RUPE.

      De lo contrario podrá consultar telefónica o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Edificio Sede, Planta Baja, Sector Santiago de Chile, tels. 1950 1894 – 1950 1895.

      ARTÍCULO 26º: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.

      La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
      Debiendo presentar los oferentes a partir del 31 de marzo de 2015, , la constancia de voto del firmante de su oferta en las Elecciones Nacionales de octubre y noviembre de 2014.-


    Para ver el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contrato de Suministros y Servicios no Personales" haga click aquí
    Para ver el "Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras" haga click aquí