![]() | ![]() SECRETARIA GENERAL Servicio de Compras . Palacio Municipal - Planta Baja, sector Sgo. de Chile. Tel. 1950 2012 - Fax 1950 1915 | ![]() . . |
![]() Licitación Abreviada Nº 273982/1 | ||
![]() PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRA EN EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA PARA LA CONTRATACION DE MANTENIMIENTO TECNICO PARA PLATAFORMA TELEFONICA NEC EN EL EDIFICIO SEDE DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.- | ||
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a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales. b) El presente pliego particular de condiciones. ARTÍCULO 2°: OBJETO. El objeto de la presente convocatoria es la contratación por veinticuatro (24) meses del Servicio de Mantenimiento Técnico No Integral de su plataforma Telefónica marca NEC, modelo NEAX 7400 ICS – IMX M160 instalada en el Edificio sede de la Intendencia de Montevideo, Planta de Fuerza y Voice Mail cuyas características mínimas se detallan en las especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como interés de ambas partes se requiere un informe primario (antes de comenzar el mantenimiento) del estado actual del equipo que involucra a los puntos indicados en este Artículo. Plataforma NEAX 7400 equipada de la siguiente forma: · 4 consolas de operadora · 1 consola para configuración y administración · 18 gabinetes (4 IMG) Placas: · El diagrama con la ubicación y tipo de las placas en los gabinetes se encuentra en el ANEXO I. · Cargador Rectificador ARGUS, modelo SM03, equipado con dos módulos redundantes de 48 VDC y 55 amp. · Banco de 4 baterías de Gel estacionarias marca AC DELCO de 12V 100A · Correo de voz NEAX Mail AD120 equipado con dos tramas digitales de conexión con la plataforma NEAX e integración MCI vía Ethernet. Requerimientos · Servicios de Operación y Mantenimiento (O&M) para el nivel terciario. Los niveles primarios y secundarios de soporte serán realizados por personal técnico de Intendencia de Montevideo. · Mantenimiento correctivo de nivel terciario, que deberá incluir reprogramaciones y reconfiguraciones del sistema. Deberá incluirse soporte técnico capacitado directamente por el fabricante (NEC CORPORATION). El proveedor deberá certificar estar autorizado por NEC para brindar soporte a la plataforma NEAX 7400 IMX de la Intendencia de Montevideo y deberá tener acceso al Centro de Asistencia del Fabricante las 24 horas los 365 días del año. · Disponibilidad de acceso a repuestos, partes y piezas originales, a ser suministrados por cuenta y orden de la Intendencia de Montevideo. · Suministro de actualizaciones de software que desarrolle NEC para el sistema NEAX 7400 ICS-IMX M160. · Actualizaciones de la documentación de O&M. · Servicio de Mantenimiento Preventivo, consistente en el análisis periódico del funcionamiento del sistema, orientado a la adopción de medidas preactivas que permitan optimizar la operación de la plataforma telefónica e incrementar los índices de disponibilidad del sistema. · Servicio de detección, localización y registro de las fallas, que pasarán a integrar el historial de la operativa del sistema, permitiendo el análisis funcional y la adopción de acciones preventivas. · Servicio de reparación y reposición del sistema. En caso de que la falla sea atribuible a la red de cableado, se informará al Personal Técnico de la Intendencia de Montevideo para su reparación. · Servicio de capacitación al nuevo Personal Técnico de la Intendencia de Montevideo a cargo del sistema. · Servicio de Help Desk al personal de la Intendencia de Montevideo a cargo del sistema. · Guardia técnica con disponibilidad 7 x 24 x 365. Datos de Contacto de la Guardia. El oferente deberá especificar los datos de contacto de la guardia: - Teléfono fijo (no se admite teléfono celular) para contacto las 24 horas 365 días al año. - Dirección de correo electrónico y/o Fax por los que también se recepcionarán los reclamos. - Teléfono fijo alternativos para fecha u horarios especiales (ej: 24 de diciembre, 1 de enero). Datos de contacto de la Intendencia de Montevideo - El contacto con la Intendencia de Montevideo se realizará a través del Jefe de Instalaciones de Redes, Sr. Marcelo García, teléfono 1950 8010 de Lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs o por el correo marcelo.garcia@imm.gub.uy. - El contacto alternativo con la Intendencia de Montevideo se realizará a través de la Mesa de Operaciones teléfono 19502345 / 19503417, y mediante la dirección de correo telecomunicaciones@imm.gub.uy. Tiempos de respuesta El proveedor deberá garantizar los siguientes tiempos de respuesta: - Tiempo máximo de respuesta en sitio entre la comunicación de una falla critica y el arribo de un técnico = 30 minutos. - Tiempo máximo de respuesta en sitio entre la comunicación de una falla no critica y el arribo de un técnico = 6 horas. El proveedor deberá garantizar los siguientes tiempos de solución de problemas: - Tiempo máximo de solución de un problema critico = 2 horas a partir del arribo al sitio. - Tiempo máximo de solución de un problema no critico = 24 horas a partir del arribo al sitio. Informes periódicos y de fallas Luego de una intervención técnica, el proveedor deberá informar a la Intendencia de Montevideo en forma escrita (vía e-mail) el Diagnostico y Solución del problema. Suministro de las actualizaciones de la documentación O&M en forma escrita (vía e-mail). Entregas mensuales de informes en donde deberá especificarse los siguientes puntos: · Identificación de fallas producidas en el mes. · Su tiempo de reparación. · Causa de la falla. · Unidad/des afectadas. · Medidas correctivas adoptadas. · Testeo e informe quincenal, mensual o según criterio y experiencia del oferente del rendimiento, fuera de tensión de UTE, del banco de baterías. En caso de que un técnico del proveedor determine que la causal del problema es un fallo en líneas de ANTEL o en el suministro de energía eléctrica, su intervención no generara gastos adicionales para la Intendencia de Montevideo. ARTÍCULO 3°: DATOS. Los oferentes establecerán en sus propuestas todas las especificaciones técnicas de lo ofrecido, incluyendo todo otro dato, que juzguen de interés para una mejor ilustración de lo ofertado. Se entenderá que todos los datos suministrados tienen el carácter de compromiso, vale decir que en el momento de la recepción, la Intendencia de Montevideo, exigirá una estricta correspondencia entre lo entregado y lo establecido en la propuesta. Durante la etapa de estudio de ofertas, la Intendencia de Montevideo podrá exigir al oferente la entrega de manuales o material bibliográfico adicional, a efectos de aclaración de dudas. ARTÍCULO 4°: ANTECEDENTES. La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los últimos 3 años. El oferente deberá adjuntar documentación que acredite que es representante oficial en el Uruguay de las marcas ofertadas. La no presentación de dicha documentación será motivo de rechazo de la oferta, a solo juicio de la Intendencia de Montevideo. ANTIGÜEDAD: El oferente deberá acreditar en su oferta, mediante presentación de documentación de D.G.I. (tarjeta de R.U.T.), una antigüedad en plaza en el giro, no menor de cinco (5) años. Cuando se trate de oferentes inscriptos en el Registro de Proveedores de la Intendencia de Montevideo, dicha antigüedad se podrá verificar en el mencionado Registro. El oferente deberá especificar el tiempo de representación del producto ofrecido. ARTÍCULO 5°: FORMALIDADES DE LAS PROPUESTAS. I) Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada, debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen inferior izquierdo de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía. Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX (19501915), no siendo de recibo si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura. Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura. II) MATERIAL GRÁFICO E ILUSTRATIVO Las propuestas deberán acompañarse de catálogos, folletos, etc. de lo ofrecido, documentación que deberá ilustrar sobre la forma de operar de los elementos, su funcionamiento, sus aplicaciones, su mantenimiento, sus dispositivos especiales, etc. Dicha documentación, en caso de no estar redactada en idioma español, en sus partes fundamentales, deberá estar traducida al mismo. La Intendencia de Montevideo, si a su juicio lo juzgare oportuno, podrá solicitar a los interesados, la traducción de aquellas partes que no lo hayan sido. Todos estos elementos serán presentados en UNA SOLA VIA, debidamente identificados y por separado de la propuesta en sí, a la que deberá agregarse por escrito, un detalle pormenorizado de todo este material, a efectos del control del mismo en el acto de apertura. Todos los elementos agregados a la propuesta, tales como catálogos, especificaciones técnicas, dibujos, fotografías, etc., se considerarán parte constitutiva de aquella y complemento de la información para definir las características de lo ofrecido, por cuya razón deberán ser individualizadas, testando todo aquello que no corresponda a lo ofertado. III) DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR POR EL OFERENTE EN EL ACTO DE APERTURA En el acto de apertura de propuestas los licitantes deberán exhibir: - Constancia de antecedentes de la empresa (art. 4). ARTÍCULO 6º: ALTERNATIVAS. Tales alternativas deberán estipular claramente los cambios que proponen, los precios correspondientes y el plazo de entrega. Estas propuestas serán consideradas detenidamente por parte de la Intendencia de Montevideo para estudiar la conveniencia que el cambio pueda representar para ella. ARTÍCULO 7°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 8°: PRECIO.
El pago de cada factura se realizará en Tesorería General, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de su presentación en la Contaduría General. En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, Ley 14.095-Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo. La factura por el ajuste de precios en moneda nacional, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido. No se liquidan intereses para pagos en moneda extranjera. DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once (11) y los veinte (20) días calendario de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al criterio de menor precio ofertado sin considerar descuento pronto pago.
El precio establecido en dólares estadounidenses, permanecerá fijo durante la vigencia del contrato. Los precios en moneda nacional se ajustarán en forma semestral, de acuerdo a la variación del Indice General de Precios al Consumo (IPC), establecido por la Dirección de Estadísticas, entre el mes anterior a la fecha de la apertura de la licitación y el vigente al mes anterior al semestre que corresponde el reajuste. ARTICULO 26º - DISPOSICIONES LABORALES. a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional. La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición. En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego. La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados. En caso que la Intendencia de Montevideo lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La Intendencia de Montevideo tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario. La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado. La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la Intendencia de Montevideo por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros. Los antes referidos gastos serán reembolsados a la Intendencia de Montevideo ajustados por el Indice de Precios al Consumo. ARTÍCULO 27º.- RECEPCION Y APERTURA DE PROPUESTAS. La recepción de ofertas se realizará en el local del Servicio de compras, sito en el Edificio Sede Avda. 18 de julio 1360, planta baja, sector santiago de Chile, en el día y hora indicados en la invitación. Para ver el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contrato de Suministros y Servicios no Personales" haga click aquí Para ver el "Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras" haga click aquí | ||
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