SECRETARIA GENERAL
Servicio de Compras
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Palacio Municipal - Planta Baja, sector Sgo. de Chile. Tel. 1950 2012 - Fax 1950 1915

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Licitación Pública249924/1

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE UN MÓVIL DE PRODUCCIÓN PARA TV CIUDAD, CON TODO EL EQUIPAMIENTO LLAVE EN MANO

    NORMATIVA
    En todo lo no previsto por el presente Pliego Particular, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las Contratos de Suministros y Servicios no Personales, inclusive la preferencia a los productos nacionales, prevista en el art. 9.5 del citado Pliego.
    Forman parte de este pliego el ANEXO MEMORIA TÉCNICA que se adjunta.

    ARTICULO 1º - OBJETO.
    El objeto de la presente convocatoria es la adquisición de un MÓVIL DE PRODUCCIÓN Y EQUIPOS DE COMUNICACIÓN para TV Ciudad de la Intendencia de Montevideo.
    Dicho Móvil y todo el equipamiento solicitado deberán cumplir como mínimo con las características técnicas especificadas en el ANEXO "MEMORIA TÉCNICA".
    Para la presentación de la propuesta, definición del presupuesto y posterior implementación del proyecto, los oferentes deberán tener en cuenta que el mismo es llave en mano e incluye el suministro del camión, todo el equipamiento y el armado en condiciones de normal funcionamiento del móvil de producción.
    La compra incluye la adquisición e instalación de los siguientes ítems, hasta las cantidades establecidas:
Ítem
Cantidad

Artículo

1

5

Cámaras de Video

2

1

Armado de equipo

3

1

Camión para Unidad de Producción

4

1

Equipo Satelital para Camión

      ARTICULO 2º - DATOS.
      Los oferentes deberán adjuntar a su oferta las características técnicas de lo ofrecido, mencionando especialmente las especificaciones establecidas en el ANEXO MEMORIA TÉCNICA, incluyendo si lo entienden conveniente folletos ilustrativos y cualquier otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de la propuesta.

      La información a presentar incluye, sin ser taxativo:

      - Documentación en donde conste la funcionalidad e integración del equipamiento.
      - Certificaciones de validación de los fabricantes o sus distribuidores autorizados.
      - Compromiso emitido por el fabricante de que la tecnología de los equipos ofrecidos contará con repuestos y respaldo técnico en plaza por al menos cinco años desde la fecha de compra.
      - Propuesta/s de distribución del equipamiento con planos a escala mínima 5/100, con todas las medidas según lo indicado en la Memoria Técnica. Esta propuesta se presentará en formato papel y digital.
      - Plan y cronograma detallado de los trabajos de armado y configuración, plan de pruebas y capacitación.
      - Y todos los requerimientos que se solicitan en la Memoria Técnica.

      Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, es decir, que en el momento de la recepción, la Intendencia exigirá una absoluta identidad entre lo establecido en el Anexo Memoria Técnica, lo establecido en la propuesta, demás elementos de estudio acompañados y lo entregado.

      ARTICULO 3º - MATERIAL GRÁFICO E ILUSTRATIVO
      Las propuestas deberán acompañarse de manuales de especificaciones, instalación, mantenimiento y operación, así como catálogos, folletos, etc.
      Dicha documentación deberá ilustrar sobre la forma de operar de los elementos, su funcionamiento, sus aplicaciones, su mantenimiento, sus dispositivos especiales, etc.
      Todos estos elementos serán presentados en UNA SOLA VÍA debidamente identificados y por separado de la propuesta en sí, a la que deberá agregarse, por escrito, un detalle pormenorizado de todo este material a efectos del control del mismo.

      ARTICULO 4º - PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA
      La oferta constará de una propuesta Técnica y una propuesta Económica (único sobre).
      La Propuesta Económica deberá ser preparada y organizada siguiendo el detalle y los requerimientos de la Memoria Técnica.

      Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada, debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen inferior de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía, y podrá estar escrito en inglés.
      Los ejemplares deberán tener un índice del contenido y se deberá adjuntar, además, un ejemplar en CD/DVD en formato PDF. De existir diferencias entre la documentación proporcionada en formato digital y papel, se tomará como válida la proporcionada en papel.
      En caso de aparecer enmendaduras, correcciones u otros cambios, en partes de la oferta, el oferente deberá salvarlas adecuadamente.
      Todos los elementos agregados a la propuesta, tales como catálogos, especificaciones técnicas, dibujos, fotografías, etc., se considerarán parte constitutiva de aquella y complemento de la información para definir las características de lo ofrecido, por cuya razón deberán ser individualizadas, testando todo aquello que no corresponda a lo ofertado.
      Las propuestas deberán ceñirse esencialmente a la MEMORIA TÉCNICA, y la Intendencia se reserva el derecho de rechazar cualquier propuesta condicionada a estipulaciones diferentes a las especificadas en este Pliego de Condiciones y en la Memoria Técnica.

      Las firmas interesadas podrán constituir consorcios y presentar una propuesta conjunta, resultando su responsabilidad empresarial indivisible y solidaria. En este caso, cada una de las integrantes deberá presentar los documentos solicitados que le corresponden, entregándolos en conjunto bajo la oferta del Consorcio pero identificándose claramente. Se incluirá también copia autenticada del contrato de constitución del Consorcio, con las inscripciones correspondientes; o, si se tratase de un consorcio en vías de constitución, se presentará la carta intención firmada por las partes y certificada por Escribano Público. En cualquiera de los casos se declarará el porcentaje de participación en el total de cada una de las empresas integrantes y se tendrá presente que en caso de resultar adjudicatarios se deberá cumplir con los Arts. 501 a 509 inclusive de la Ley 16.060 de Sociedades Comerciales, dentro del plazo de 60 días de notificada la resolución de adjudicación, ad referéndum del Tribunal de Cuentas.

      Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
      No serán de recibo si no llegaren a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.

      ARTICULO 5º - DISTINTAS OPCIONES Y ALTERNATIVAS
      Los proponentes podrán presentar las alternativas que deseen conteniendo las modificaciones que consideren ventajosas.
      Tales alternativas deberán estipular claramente los cambios que proponen, los precios correspondientes y el plazo de entrega.
      Especialmente podrán cotizar diferentes opciones de camiones, en cuanto podrán proponer diferentes marcas y modelos siempre que cumplan las características indicadas en la Memoria Técnica.
      Estas propuestas serán consideradas detenidamente por parte de la Intendencia para estudiar la conveniencia que pueda representar para ella.

      ARTICULO 6º - CONDICIONES ESPECIALES - ANTECEDENTES
      El oferente, o cada firma integrante de una asociación o consorcio, deberá incluir en esta sección de su propuesta información suficiente que demuestre su experiencia general como oferente, su diversificación profesional y geográfica y su capacidad organizativa y logística.
      En lo que respecta a la capacidad organizativa y logística, el oferente (o cada firma de la asociación o consorcio) deberá incluir la siguiente información:
      • La antigüedad de la empresa.
      • Si están organizadas como sociedades (partnerships), corporaciones, o como distribuidoras o subsidiarias de otras empresas no necesariamente de proveeduría.
      • El tiempo que el oferente ha estado operando.
      • La fecha del primer proyecto de la misma naturaleza que el planteado (venta, instalación de equipamiento, administración y mantenimiento).
      • El tamaño del oferente y el tipo y disponibilidad de personal e instalaciones.
      • La disponibilidad de personal clave permanente que asegure la adecuada supervisión y la calidad de los trabajos que se le encomiende.
      • El equipo de trabajo para la ejecución del proyecto y el equipo de técnicos responsable de la atención en período de garantía y en el mantenimiento, hasta cubrir 5 años.
      Para el caso de consorcios y distribuidores, dicha información deberá abarcar a todas las empresas integrantes del consorcio, o al fabricante (sucursal o filial) en su caso.
      Sobre la base de la información arriba descripta que incluya el oferente en su oferta, la Intendencia de Montevideo determinará si está capacitada y tiene la experiencia necesaria para llevar a cabo servicios de proveeduría de magnitud y complejidad comparables a los servicios requeridos. También la Intendencia de Montevideo determinará si el oferente tiene la capacidad para resolver aspectos específicos del proyecto, ya sean estos de orden técnico, administrativo o logístico.
      Experiencia técnica específica durante los últimos años
      El oferente deberá incluir en esta sección la relación de los contratos más importantes en Uruguay referidos al objeto de la presente licitación, similares técnicamente y con no más de cinco años de antigüedad. Para cada contrato que se presente en esta sección (deberán ser al menos dos) se deberá especificar la siguiente información:
      • El nombre del proyecto y su ubicación.
      • El nombre, dirección y ubicación del contratante, incluyendo persona de contacto.
      • Breve descripción del proyecto y de los servicios específicos prestados (indicando específicamente los ítems similares técnicamente que incluye).
      • El nombre y dirección de las firmas que conformaron la asociación o consorcio para prestar los servicios indicados.
      • Las fechas de inicio y terminación del contrato de proveeduría.

      La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de descalificar aquellas ofertas presentadas por empresas que a su juicio no tengan los antecedentes mínimos necesarios.


      Personal Clave Permanente
      El oferente deberá proporcionar una descripción del personal permanente que se prevea asignar al proyecto, señalando el nombre, títulos académicos y experiencia profesional y la nacionalidad o residencia permanente de cada experto. Deberá adjuntarse la documentación probatoria de los méritos declarados. Dichos datos deberán ser aportados tanto para el caso de ser personal propio de la oferente, como para personal dependiente de un subcontratista (sucursal o filial de fábrica).

      ARTICULO 7º - PRECIO
      Los precios cotizados serán firmes, sin reajuste de ningún tipo. Y se entenderá que el precio unitario se mantiene para cualquier cantidad, salvo indicación expresa.
      Teniendo en cuenta la naturaleza de los ítems que integran la compra, los oferentes deberán cotizar en condición PLAZA o en condición DDU calle Javier Barrios Amorín 1460, Montevideo, Uruguay, (Incoterms 2000).
      1) Precio en plaza, en moneda nacional o en dólares estadounidenses, comprendiendo la entrega en destino, pronta para entrar en funcionamiento y libre de todo otro gasto. Se deberá indicar si incluye impuestos; en caso que no se aclare se entenderá que dichos impuestos se encuentran incluidos.
      2) En moneda extranjera del país de origen, o dólares estadounidenses por mercadería cotizada en condición DDU (Delivered, Duty Unpaid - Entrega Derechos No Pagados), con entrega en calle Javier Barrios Amorín 1460, Montevideo, Uruguay, no incluyéndose recargos de importación (IVA, anticipo de IVA, IMADUNI, Recargos de Aduana y Ley Portuaria). En este caso se deberá indicar por separado: el costo, el flete, el seguro, y el transporte interno hasta el lugar de recepción, estableciéndose si el transporte internacional se efectuará por vía marítima, aérea o terrestre, según el siguiente detalle:

      Forma de cotización en condición no plaza:
      Precio FOB
      Flete internacional
      Seguro
      Total CIF
      Flete interno
      Total DDU
      Todos los precios cotizados en condición no plaza, deberán estar en la misma moneda.
      En caso que el oferente presente su oferta con procedencia Zona Franca, deberá aclarar el nombre del usuario de Zona Franca.
      Nota: En caso de cotización DDU, la Intendencia de Montevideo podrá optar por la compra FOB, CIF O DDU, entendidos los términos en todos los casos de modo genérico ("limpio a bordo del transporte", "Costo Seguro y flete", o "entrega en sitio indicado, impuestos no incluidos"), no indicando por el empleo de los términos, una modalidad específica de transporte (aéreo, marítimo, o terrestre).

      Imprevistos
      La cantidad presupuestada, calculada para el móvil de producción con todo el equipamiento, y los trabajos de armado, se incrementará en un 1,5% (uno con cinco por ciento) de la misma, de lo que resultará el monto total de la oferta.
      El referido porcentaje, que figurará en renglón separado con la denominación de "IMPREVISTOS" pertenece a la Intendencia y la Dirección de TV Ciudad podrá disponer de él para los trabajos imprevistos que se presenten y considere necesario ejecutar.

      ARTICULO 8º - FORMA DE PAGO.
      En Condición PLAZA
      La Intendencia de Montevideo abonará dentro de los 30 (treinta) días calendario contados a partir de la presentación de cada factura en Contaduría General. La Intendencia de Montevideo podrá pagar con cheques de pago diferido acordándose, en su momento, con el adjudicatario las condiciones de los mismos.
      En caso que el pago en moneda nacional se efectúe pasados los 30 (treinta) días contados a partir de la presentación de la factura en Contaduría, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15 Ley 14.095 - Circular 1695) vigente en el mes del vencimiento de los antes referidos 30 (treinta) días y solamente por los días que superen dicho plazo.
      No se liquidan intereses para pagos en moneda extranjera.
      La empresa deberá establecer el descuento pronto pago que ofrece para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días de presentada la factura en Contaduría de la Intendencia y el descuento que ofrece si cobra entre los 11 y los 20 días de presentada la factura. Dicho descuento será evaluado por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.

      En Condición NO PLAZA.
      Se abonará mediante Carta de Crédito. Dicha carta será pagadera en un 90% contra presentación de la documentación que permita el desaduanamiento de la mercadería y el restante 10% contra la entrega de la mercadería en calle Javier Barrios Amorín 1460, Montevideo, Uruguay (Oficina de lTV Ciudad) con presentación de nota expedida por la Intendencia de Montevideo que acredite la recepción de la mercadería. Todos los gastos bancarios fuera de la República Oriental del Uruguay, así como los ocasionados por prórrogas, modificaciones, o confirmación de la Carta de Crédito, serán por cuenta del beneficiario de la Carta de Crédito.
      La compañía aseguradora contratada deberá tener un agente en Montevideo al cual la Intendencia de Montevideo pueda dirigirse en caso de reclamos por cobros.
      El adjudicatario, una vez notificado de la resolución de adjudicación y efectuado el depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, contará con 10 días corridos para presentar la factura proforma. En caso de demoras, los días de atraso se descontarán del plazo de entrega.

      Articulo 9º - PLAZO DE ENTREGA.
      Para las cotizaciones en plaza: los oferentes establecerán el plazo de entrega del móvil de producción con todo el equipamiento y pronto para entrar en funcionamiento. Este plazo se contará a partir de la fecha de notificación de la resolución de adjudicación de propuesta y no podrá ser superior a 6 meses, en caso de no incluirse en la oferta, se entenderá que es el máximo permitido.

      Para condición DDU: los oferentes establecerán el plazo de entrega que se contará desde la fecha de la apertura de la carta de crédito hasta la puesta del móvil de producción con todo el equipamiento y pronto para entrar en funcionamiento, en calle Javier Barrios Amorín 1460, Montevideo, Uruguay. El plazo no puede ser mayor a 6 meses.

      No se computarán los días destinados a trámites de despacho (liberación) de aduana en Uruguay (son los días comprendidos entre el momento que se constate el arribo de la mercadería a zona fiscal, habiendo sido entregada toda la documentación necesaria para su liberación y el momento de efectiva liberación de la mercadería por la D.N.A). Tener en cuenta además, lo establecido en el artículo 10 respecto a la presentación de la factura proforma.

      ARTICULO 10º - GARANTIA DE BUEN FUNCIONAMIENTO.
      Los proponentes establecerán en sus ofertas el plazo de garantía de buen funcionamiento y conservación de acuerdo a lo establecido en el ANEXO MEMORIA TÉCNICA.
      El plazo de garantía será un factor importante para la valoración de las ofertas. Se indicarán claramente cuales son las exigencias para la validez de la garantía de buen funcionamiento. Posteriormente al llamado no se reconocerá ninguna condición que no esté incluida expresamente en la propuesta.
      Durante el término de esta garantía será de cuenta de la firma adjudicataria todos los gastos de mano de obra, insumos, etc. debidos a revisiones, inspecciones y operaciones de mantenimiento que sean exigidos para la validez de la misma.
      En caso de efectuarse sustituciones como consecuencia de defectos de fabricación, u otra causa cubierta por dicha garantía, el plazo de la misma se incrementará en el número de días transcurridos entre la reclamación por escrito a la firma adjudicataria y la entrega de la unidad a satisfacción.
      La firma adjudicataria deberá responder por la garantía de todos los elementos, no pudiendo transferir dicha responsabilidad a terceros.
      En forma opcional se podrá cotizar una extensión de garantía por un período mayor, lo cual será considerado al momento de evaluar las distintas ofertas.

      ARTICULO 11º - MANTENIMIENTO DE OFERTA.
      Las ofertas deberán ser mantenidas por un plazo mínimo de ciento ochenta (180) días calendario.

      ARTICULO 12º - GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
      Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas, cada oferente deberá constituir una garantía de mantenimiento de oferta, por un monto mínimo equivalente al 1% (uno por ciento) del total de la oferta. Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería de la Intendencia (art. 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
      Para poder hacer el depósito de garantía mantenimiento de oferta, el oferente debe estar inscripto como proveedor de la Intendencia de Montevideo, por lo que se recomienda a aquellos interesados en participar en esta licitación y que no estén inscriptos, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras, con anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas de la presente licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.

      ARTICULO 13º - DOCUMENTACIÓN.
      En el acto de apertura de propuestas, además de la oferta técnica, la oferta económica, y toda la información requerida en este pliego particular de condiciones y en la Memoria Técnica, los licitantes deberán presentar:
      1. Recibo de compra de pliego a nombre del oferente.
      2. Recibo de depósito de garantía de mantenimiento de oferta, expedido por Tesorería de la Intendencia, a nombre del oferente.
      3. Constancia del Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el Artículo 61 de la Ley 16074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente, por el oferente. (No se aplica para empresas extranjeras).
      4. En caso de ser el Oferente una persona jurídica, deberá adjuntarse a la oferta un certificado notarial, que acredite que el firmante de la misma tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad y quiénes son los directores y administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 6º de la Ley 17.957 y el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 art.13 en caso de corresponder.
      Para realizar observaciones en el acto de apertura de la licitación, si el que concurre no coincide con el firmante de la oferta, deberá presentar poder o carta poder otorgada ante Escribano Público con suficientes facultades para representar a la empresa.
      Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la documentación que acredite la personería y su vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso.
      5. Los Oferentes deberán constituir domicilio a los efectos de la licitación en el Departamento de Montevideo.

      ARTICULO 14º - CRITERIO DE COMPARACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
      Los ítems 2, 3 y 4 se adjudicarán en forma global, a un solo oferente.
      El ítem 1 correspondiente a las 5 Cámaras de Video podrá adjudicarse a un proveedor distinto al ajudicatario de los otros ítems.
      La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de no adjudicar alguno de los ítems.
      Para la comparación de las propuestas, todos los precios se convertirán a una misma moneda, pesos uruguayos, al tipo de cambio interbancario vendedor del cierre de la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay operado al día anterior al de la apertura de ofertas.

      Los errores serán rectificados de la siguiente manera:
      ▪ Si existiese una discrepancia entre palabras y cifras prevalecerá el monto expresado en palabras
      ▪ Si existiese una discrepancia ente el precio unitario y el precio total se tendrá en cuenta el más conveniente para la Administración, salvo que, a juicio de ésta, se trate de un error evidente, en cuyo caso se efectuará la corrección que corresponda, dejando constancia de ello.
      La Intendencia de Montevideo ajustará el precio establecido de acuerdo con el procedimiento indicado en el párrafo anterior. Si este precio fuese aceptado por el licitante, se considerará como el precio de la oferta. Si el licitante no aceptase la corrección, su oferta será desestimada.
      Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos y se demuestre que la empresa oferente tiene la experiencia necesaria para llevar a cabo servicios de proveeduría de magnitud y complejidad comparables a los servicios requeridos y tiene la capacidad para resolver aspectos específicos del proyecto, ya sean estos de orden técnico, administrativo o logístico.

      Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
      Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
      Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

      1. Calidad y prestaciones del equipamiento ofrecido
      2. Integración total del móvil de acuerdo a lo establecido en la Memoria Técnica
      2. Precio
      3. Antecedentes de la empresa y técnicos certificados
      4. Plazo de entrega, cronograma y gestión de riesgos
      5. Plazo y alcance del respaldo técnico y de la garantía de los equipos.

      La Intendencia se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso del llamado y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.

      ARTICULO 15º - ACLARACIONES
      La Intendencia de Montevideo, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones con respecto a sus ofertas.

      ARTICULO 16º - PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL
      A los efectos de la aplicación de lo previsto en el artículo 9.5 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en lo referente a la preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros, los proponentes que deseen acogerse a este régimen deberán indicar claramente el origen de los productos cotizados y su porcentaje de integración nacional, debiendo presentar el certificado de origen nacional expedido por la Cámara de Industrias del Uruguay.

      ARTICULO 17º - NEGOCIACIÓN CON LAS EMPRESAS.
      La Intendencia de Montevideo podrá al amparo de lo establecido en el artículo 57 del TOCAF solicitar mejoramiento de ofertas y/o realizar negociaciones reservadas y paralelas con la finalidad de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio.

      ARTICULO 18º - NOTIFICACIÓN.
      La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
      a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario.
      b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
      En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres días contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la Intendencia podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.
      En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.

      19º - APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN DEL EQUIPAMIENTO
      La propuesta o proyecto de distribución del equipamiento en el móvil requerirá la aprobación de los asesores de TV Ciudad, pudiendo éstos realizar las observaciones que consideren oportunas, y solicitar modificaciones, las que deberán ser ejecutadas por el adjudicatario.
      Una vez notificado de la resolución de adjudicación de la propuesta ganadora, si hubiere observaciones y/o solicitud de modificación de dicho proyecto de distribución del equipamiento, el Adjudicatario contará con un plazo de 10 días hábiles para la presentación del proyecto definitivo con inclusión de lo solicitado por los Técnicos de TV Ciudad.
      Si la Intendencia no se expidiera sobre el proyecto definitivo en el plazo de 5 días hábiles contados a partir de su presentación, se entenderá que existe aprobación tácita del mismo.
      La Intendencia se reserva la facultad de enviar inspecciones durante el proceso del armado o montaje del equipamiento, e incluso estar presente durante todo el proceso, pudiendo los técnicos municipales pedir los ajustes que entiendan convenientes, los que deberán ser acatados por el adjudicatario.

      ARTICULO 20º - GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
      De acuerdo a lo previsto por el articulo 55 del TOCAF, el adjudicatario deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para constituir dicha garantía, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. El monto de la garantía es el equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto de la contratación, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 18 del Pliego Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
      La garantía deberá estar vigente hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración Departamental mediante la entrega del documento al adjudicatario.
      Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar sanciones por incumplimiento.
      La garantía no podrá ser devuelta hasta la recepción definitiva y siempre que ambas partes suscriban en documento apropiado, que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación, a estos efectos, no se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato hasta que el Aval Técnico resulte aprobado por el SUCTA, sin observaciones, y el vehículo obtenga el CAT, accediendo a la Cédula de Identificación de la Dirección Nacional de Transporte del MTOP.

      ARTICULO 21º - RECEPCIÓN PROVISORIA.
      La recepción provisoria se efectuará dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega y puesta en funcionamiento del Móvil de Producción.
      Por la recepción provisoria se labrará y suscribirá un acta en presencia del adjudicatario o su representante y los respectivos representantes de la Intendencia.

      ARTICULO 22º - RECEPCIÓN DEFINITIVA.
      Se efectuará la recepción definitiva del Móvil de Producción dentro de los noventa (90) días calendario posteriores a la recepción provisoria, labrándose el acta correspondiente.

      ARTICULO 23º - CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
      La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada, será considerada como desistimiento, operándose la pérdida del depósito de garantía de fiel cumplimiento del contrato y la revocación de la adjudicación.

      ARTICULO 24º.SANCIONES
      La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.

      ARTICULO 25º - MULTAS.
      Se aplicará por demoras en la entrega, una multa equivalente al 0,1 % diario calculado sobre el monto del valor de lo que se debió entregar en fecha y no se entregó. Las referidas multas se aplicarán en forma automática, descontándose de los pagos pendientes.
      Asimismo, serán de cargo de la firma adjudicataria, los gastos por revocación o prórroga de apertura de la carta de crédito y todo otro gasto que se origine por incumplimiento de la entrega en el plazo establecido.

      ARTICULO 26º - CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL
      La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física ó jurídica que con ella haya contratado en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.
      Dicho certificado será expedido por la oficina de Gestión de Contribuyentes, ubicada en el Atrio de la calle Soriano (Art. 24 del Decreto 27.803 de la Junta Departamental de Montevideo).

      ARTICULO 27º - CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
      Solo los adquirentes del pliego podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta 5 (cinco) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de las ofertas.
      Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 hs, o por mail a ConsultaPliegosCompras@piso1.imm.gub.uy o vía FAX 1950 1915, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
      Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
      La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todas los interesados que hayan abonado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser consultadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (www.Montevideo.gub.uy entrar en Servicios online/cartelera de compras buscar por el número de la licitación).
      En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del pliego, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.

      ARTICULO 28º - RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
      La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, de la Intendencia de Montevideo, ubicado en el Sector Santiago de Chile del edificio sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, el día y hora establecidos en la hoja de invitación.


      ANEXO MEMORIA TECNICA.doc
    Para ver el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contrato de Suministros y Servicios no Personales" haga click aquí
    Para ver el "Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras" haga click aquí