Resolución N° 533/12/0113
Nro de Expediente:
3370-006725-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9,8940 a la unipersonal del señor Duglan Gustavo Ibañez, C.I.:1.712.524-1, R.U.T.: 215454550015 , responsable del establecimiento destinado a tapicería, sito en la calle Pascual Costa Nº 3879 Local 069. (Segunda Reincidencia) -

Montevideo, 12 de Diciembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a tapicería, sito en la calle Pascual Costa Nº 3879 Local 069, propiedad unipersonal del señor Duglan Gustavo Ibañez, C.I.:1.712.524-1, R.U.T.: 215454550015 , con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolucione Nº 202/11/0113 de fecha 19/VIII/2011 y Nº 237/12/0113 de fecha 27//VII/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, por lo que se solicita imponer una multa de U.R. 9,8940, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, (Segunda Reincidencia);
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a la unipersonal del señor Duglan Gustavo Ibañez, C.I.:1.712.524-1, R.U.T.: 215454550015 , responsable del establecimiento destinado a tapicería, sito en la calle Pascual Costa Nº 3879 Local 069, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora.- librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala