Resolución N° 0256/26
Nro de Expediente:
2025-1001-98-001678
 
ASESORÍA JURÍDICA
Fecha de Aprobación:
26/01/2026


Tema:
RECURSOS

Resumen:
PETICIÓN - NO SE HACE LUGAR A LA PETICIÓN ADMINISTRATIVA PROMOVIDA POR LA FUNCIONARIA SRA.CELINA PÉREZ SÁNCHEZ TENDIENTE A QUE SE LA HABILITE A PARTICIPAR DEL CONCURSO INTERNO N.º 1637-P/25 CUYA FINALIDAD ES LA DE CONFECCIONAR UNA LISTA DE PRELACIÓN PARA CUBRIR FUTUROS CARGOS DE INGRESO A LA CARRERA 5208 – ESCRIBANO/A PÚBLICO/A.-

Montevideo, 26 de Enero de 2026.-
 

                         VISTO: la petición administrativa promovida por la funcionaria Sra. Celina Pérez Sánchez, CI 5.014.522-0, tendiente a que se la habilite a participar del Concurso Interno N.º 1637-P/25 cuya finalidad es la de confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera 5208 – Escribano/a Público/a;

                         RESULTANDO: 1o.) que la peticionante expresa que ingresó a la Administración por concurso de oposición y méritos para cubrir un cargo de Administrativo/a, desempeñándose actualmente en el Equipo Técnico de Contencioso General, dependiente de la División Asesoría Jurídica, que la Dirección del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales aprobó las bases del Concurso Interno N.º 1637-P/25 para la carrera Escribano/a Público estableciendo como requisito excluyente tener la calidad de funcionario presupuestado, que asimismo manifiesta ser escribana pública y sin embrago se ve impedida de participar del referido concurso en tanto aún no reviste la calidad de presupuestada, por lo que solicita su habilitación, entre otras consideraciones;

2o.) que la Unidad Asesoría informa que el artículo D.36 del Volumen III del Digesto Departamental establece que transcurridos los 6 (seis) meses de provisoriato, la designación del funcionario en el cargo se convierte en definitiva y que al tratarse de un futuro cargo de presupuesto, la contratación se prorroga hasta que se acceda a su presupuestación, revistiendo mientras tanto como funcionaria contratada;

3o.) que el artículo R.241.1 del mismo volumen, establece que a los concursos internos podrán presentarse únicamente funcionarios presupuestados de la Intendencia que cumplan los requisitos establecidos en la bases de cada concurso;

4o.) que al tratarse de una funcionaria contratada, la peticionante queda expresamente excluida de poder presentarse al concurso interno de referencia;

5o.) que la Administración en el ejercicio de sus potestades discrecionales, ha promovido llamados internos fijando los requisitos necesarios apara poder postularse, requiriendo expresamente que los participantes ostenten la calidad de funcionarios presupuestados;

6o.) que en ese sentido las bases del llamado se encuentran ajustadas a derecho y no existe vulneración a ningún principio de raigambre constitucional como ser el de igualdad y el derecho a la carrera administrativa;

7o.) que en mérito a lo expuesto la Unidad Asesoría sugiere se propicie el dictado de resolución por la cual se desestime la petición administrativa promovida;

                         CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- No hacer lugar a la petición administrativa promovida por la funcionaria Sra. Celina Pérez Sánchez, CI 5.014.522-0, tendiente a que se la habilite a participar del Concurso Interno N.º 1637-P/25 cuya finalidad es la de confeccionar una lista de prelación para cubrir futuros cargos de ingreso a la Carrera 5208 – Escribano/a Público/a.-

2.- Pase al Departamento de Secretaría General para notificar a la interesada y demás efectos.-

 

 

 

JUSTO RAÚL ONANDI SCHIAVO, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-