Resolución N° 0248/26
Nro de Expediente:
2025-5220-98-000464
 
ASESORÍA JURÍDICA
Fecha de Aprobación:
26/01/2026


Tema:
RECURSOS

Resumen:
RECURSO - NO SE HACE LUGAR AL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR EL DR. NICOLÁS ANTÚNEZ GONZÁLEZ EN ALEGADA REPRESENTACIÓN DE INTRASER SA, CONTRA LA RESOLUCIÓN N.º 451/25/5220 DE 11/02/25.-

Montevideo, 26 de Enero de 2026.-
 

                         VISTO: los recursos interpuestos de reposición y apelación en subsidio por el Dr. Nicolás Antúnez González, CI 4.052.413-9, en alegada representación de INTRASER SA, RUT 210807500011, contra la Resolución N.º 451/25/5220 de 11/02/25, dictada por la Gerencia del Servicio de Convivencia Departamental, en ejercicio de atribuciones delegadas, por la cual se le aplica una sanción de UR 10 por infringir lo dispuesto por los artículos D.539 y R.424.99 del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental (por obstruir la vía pública en una obra);

                         RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Asesoría indica que desde el punto de vista adjetivo los recursos fueron interpuestos en tiempo, no así en forma, en tanto el impugnante no acreditó la representación invocada pese a la vista conferida a tales efectos;

2o.) que desde el punto de vista sustancial la citada Unidad expresa que si bien el recurrente se reservó el derecho de fundamentar los recursos interpuestos con posterioridad, a pesar de la vista conferida a tales efectos, no lo realizó, mientras que correspondía únicamente el de reposición por haber actuado el Servicio de Convivencia Departamental en ejercicio de atribuciones delegadas;

3o.) que efectuado el análisis de las actuaciones emerge que no existirían razones que ameriten revisar el acto administrativo atacado;

4o.) que en mérito a lo expuesto la Unidad Asesoría sugiere se propicie el dictado de resolución por la cual se desestime el recurso de reposición interpuesto;

                         CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Dr. Nicolás Antúnez González, CI 4.052.413-9, en alegada representación de INTRASER SA, RUT 210807500011, contra la Resolución N.º 451/25/5220 de 11/02/25, dictada por la Gerencia del Servicio de Convivencia Departamental, en ejercicio de atribuciones delegadas, por la cual se le aplica una sanción de UR 10 (unidades reajustables diez), por infringir lo dispuesto por los artículos D.539 y R.424.99 del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental (por obstruir la vía pública en una obra).-

2.- Pase al Servicio de Convivencia Departamental para notificar al interesado y demás efectos.- 

 

 

JUSTO RAÚL ONANDI SCHIAVO, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-