Resolución N° 0083/26
Nro de Expediente:
2024-6370-98-000180
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
12/01/2026


Tema:
ADJUDICACIONES

Resumen:
ADJUDICACIÓN: SE ADJUDICA A LA EMPRESA BARRACA PANAMERICANA S.A. LA ADQUISICIÓN DE BIENES DEL PLAN DE SANEAMIENTO URBANO DE MONTEVIDEO, ETAPA VI, “SUMINISTRO Y ENTREGA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA EL PROGRAMA DE CONEXIONES INTRADOMICILIARIAS (PCI), CASABÓ Y PASO DE LA ARENA”, CONTRATO DE PRÉSTAMO BID Nº 5410/OC-UR, EN UN TODO DE ACUERDO CON LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE RIGIERON LA RESPECTIVA LICITACIÓN.-

Montevideo, 12 de Enero de 2026.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la adquisición de bienes del Plan de Saneamiento Urbano, Etapa VI – contrato de Préstamo BID No. 5410/OC-UR, “Suministro y entrega de materiales de construcción para el Programa de Conexiones Intradomiciliarias (PCI), Casabó y Paso de la Arena”;

RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 5360/24 de fecha 23 de diciembre de 2024, se aprobaron los Pliegos de Condiciones de la Licitación Pública Nacional para la obra de referencia, así como el Anuncio Específico de Adquisiciones y se autorizó a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento Urbano (UEPSU) a señalar las fechas para la recepción de ofertas, apertura y consultas previas;

2o.) que surge del acta de fecha 26 de febrero de 2025 que se realizaron las mencionadas actividades y se presentaron cuatro empresas al citado llamado, procediéndose a la apertura de sus ofertas técnicas y económicas, todas las cuales quedaron habilitadas para participar de la licitación;

3o.) que fueron notificados todos los participantes del llamado de la intención de adjudicación, a la vez que se puso de manifiesto el expediente y se confirió vista por el plazo legal;

4o.) que se recibió el descargo por parte de un oferente, el cual fue respondido y resuelto, culminando en la modificación del informe de la Comisión de Adjudicación;

5o.) que estudiadas las ofertas por la UEPSU, se aconseja adjudicar la presente adquisición a la empresa “Barraca Panamericana S.A.”, la cual cumple sustancialmente con los requisitos establecidos y su oferta económica es la mas conveniente;

6o.) que la Comisión Asesora compartiendo lo informado, aconsejó la prosecución de las actuaciones en el sentido indicado;

7o.) que el Sector Contable de la UEPSU del Departamento de Desarrollo Ambiental efectuó las Solicitudes de Pedido de Financiamiento Externo (SPFE) No. 180.680 por la suma total de $ 16:704.996,46 (pesos uruguayos dieciséis mil millones setecientos cuatro mil novecientos noventa y seis con 46/100);

CONSIDERANDO: 1o.) que por el informe UR-L1183-P00020 de fecha 3 de diciembre de 2024 el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) otorgó la no objeción a la documentación remitida;

2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental se manifiesta de conformidad con lo informado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.-Adjudicar a la empresa Barraca Panamericana S.A. la adquisición de bienes del Plan de Saneamiento Urbano de Montevideo, etapa VI, “Suministro y entrega de materiales de construcción para el Programa de Conexiones Intradomiciliarias (PCI), Casabó y Paso de la Arena”, Contrato de Préstamo BID No. 5410/OC-UR, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y demás documentos que rigieron la respectiva licitación y por los siguientes montos:

“Suministro y entrega de materiales de construcción para el Programa de Conexiones Intradomiciliarias (PCI), Casabó y Paso de la Arena”

Adjudicataria

“Barraca Panamericana S.A.”

  1. Total oferta en pesos sin IVA

$

 

12:447.836,41

 

(1)

  1. Impuesto al Valor Agregado (IVA ) 22%

$

2:738.524,01

  1. x 0.22

  1. Subtotal de Adjudicación en pesos ($) Incluyendo IVA 22%

$

15:186.360,42

(3) = (1) + (2)

  1. 10% Imprevistos en pesos incluyendo IVA 22%

$

1:518.636,04

(4) = (3) x 0.1

  1. Total Adjudicación en pesos ($) Incluyendo Imprevistos (10%) e IVA (22%)

$

16:704.996,46

(5) = (3) + (4)

 

2o.-Encomendar a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento Urbano que curse comunicación de la presente resolución al Banco Interamericano de Desarrollo.

3o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Secretaría General; cumplido, pase por su orden a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento Urbano y a Contaduría General.

 

 

MARIO ESTEBAN BERGARA DUQUE, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

DIEGO MARTÍN OLIVERA COUTO, SECRETARIO GENERAL (I).-