VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el texto del convenio a suscribirse entre esta Intendencia (IdeM) y la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP);
RESULTANDO: 1o.) que el convenio cuya aprobación se dispone, tiene por objeto establecer un marco de cooperación entre la IdeM y la CUDECOOP, generando acuerdos de promoción, formación y servicios, que tengan incidencia en la gestión ambiental del departamento de Montevideo;
2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental promueve la aprobación del texto del convenio a suscribirse entre ambas instituciones;
3o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos formuló algunas sugerencias al texto propuesto, las cuales fueron recogidas y consignadas en aquel cuya aprobación se propicia;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental estima pertinente el dictado de la resolución en el sentido indicado;
2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema, asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO RESUELVE:
1o.-Aprobar el texto de convenio a suscribirse entre esta Intendencia y la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los … días del mes de …. de ……, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante “IdeM”), representada en este acto por ………….., en su calidad de ……….., con domicilio en Av. 18 de Julio No. 1360, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 211763350018. Y POR OTRA PARTE: la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (en adelante “CUDECOOP”), representada en este acto por ………………. y …………………., en sus calidades de …………….. y ……………….; y en representación estatutaria, con domicilio en la calle 18 de Julio No. 948 oficina 502 de esta ciudad, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 215251030017 siendo los nombrados mayores de edad, acuerdan lo siguiente: PRIMERO – ANTECEDENTES: I) La IdeM tiene como cometido hacer visible el interés de avanzar y profundizar en el desarrollo ambiental, social y productivo, como también promover y fomentar el cooperativismo, que apuesta al crecimiento e inclusión social. Por Resolución No. 3632/00, de fecha 2 de octubre del año 2000, se han proseguido, junto a CUDECOOP, los lineamientos descritos. II) CUDECOOP, constituida formalmente el 2 de junio de 1988 y conformada como Cooperativa de tercer grado en el marco de la Ley General de Cooperativas (No. 18.407), tiene como objeto representar al movimiento cooperativo uruguayo, siendo la máxima entidad en este sentido. Representa a cooperativas de base en todo el país pertenecientes a diversos sectores de actividad, a través de sus entidades miembro, favoreciendo las condiciones para su desarrollo y generando nuevas iniciativas articuladoras de colaboración e intercambio entre las entidades del sector y los organismos públicos. SEGUNDO – OBJETO: El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de cooperación entre la IdeM y la CUDECOOP, generar acuerdos de promoción, formación y servicios, que tengan incidencia en la gestión ambiental del departamento de Montevideo. Y habilita la generación de nuevos acuerdos a sus representados, con la IdeM, que tiendan a fortalecer vínculos, generar soluciones con inclusión social de los clasificadores y aportar a la educación medioambiental. Se orienta también a fomentar la prevención en la generación de residuos, incrementar su valorización, impulsar la adopción de mejores prácticas de gestión y sensibilizar en el compromiso socio-ambiental. TERCERO – OBJETIVOS ESPECÍFICOS: I) Alinear esfuerzos institucionales que permitan desarrollar propuestas vinculadas a la planificación del desarrollo ambiental, social y productivo, y al desarrollo cooperativo en el Departamento. II) Acordar criterios para lograr una mayor y mejor clasificación en origen en las diferentes clases de cooperativas. III) Promover una cultura ambiental, partiendo de la identificación de las buenas prácticas para lograr una reducción de residuos, como el apoyo a la innovación y la educación cooperativa para la mejor gestión de los mismos. IV) Elaborar y coordinar proyectos de trabajo acordes a las diferentes modalidades cooperativas, que contemplen aspectos vinculados a la limpieza y a la gestión de residuos con inclusión. V) Adecuar los procedimientos administrativos para una mayor inclusión de proyectos cooperativos. VI) Generar propuestas que reconozcan y promuevan buenas prácticas ambientales, con oportunidades laborales que prioricen la inclusión de clasificadores y vecinos del barrio en que se lleven adelante. VII) Desarrollar instrumentos de comunicación y apoyo técnico que mejoren la gestión, formación y compromiso. VIII) Identificar y acordar entre ambas partes, otros objetivos específicos que contribuyan a mejorar el relacionamiento y la gestión, como la creación de mesas de trabajos específicos para cada modalidad cooperativa. CUARTO – OBLIGACIONES DE LAS PARTES: I) Obligaciones de la IdeM: a) Asegurar el soporte técnico para la definición de criterios, planes, instrumentos de comunicación, mecanismos voluntarios de incentivo y todo otro contenido técnico a desarrollar en el marco de este convenio. b) Generar instancias de participación y articulación para el trabajo en conjunto con las diferentes clases de cooperativas y sus organizaciones de representación. c) Designar un equipo de referencia que mantenga comunicación fluida con CUDECOOP y coordine la implementación de las acciones conjuntas. II) Obligaciones de CUDECOOP: a) Promover entre sus representados la adhesión a los lineamientos establecidos en el marco del presente convenio. b) Difundir los criterios, planes e instrumentos definidos y facilitar la participación activa de las cooperativas en las acciones e instancias de trabajo conjunto. c) Designar un equipo de referencia que mantenga comunicación fluida con la IdeM y coordine la participación del sector en la implementación de las acciones acordadas. QUINTO – PLAZO: El presente convenio entrará en vigencia a partir de su suscripción y por el plazo de dos años, renovándose por igual período previo informe favorable de la IdeM dentro de un plazo de 30 días previos a la finalización del mismo. SEXTO – RESPONSABILIDAD: Las partes convienen que el personal de cada una de ellas que participe en la ejecución del objeto del presente convenio, se entenderá laboral y exclusivamente relacionado con la parte que lo empleó, por ende, asumirá esta su responsabilidad por este concepto y en ningún caso se considerará a la otra parte como empleador solidario y/o sustituto. SÉPTIMO - EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO: La evaluación y seguimiento se realizará de forma conjunta a través de una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la IdeM y de CUDECOOP. Dicha comisión será responsable de elaborar planes anuales de acción, monitorear avances y proponer proyectos que generen soluciones para ambas partes. Como también la creación de diferentes equipos de trabajo para llevar adelante, los proyectos que se generen en el intercambio. OCTAVO – CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE: Las obligaciones asumidas y las acciones que se desarrollen en el marco del presente convenio no eximen a ninguna de las partes del cumplimiento de la normativa vigente que les resulte aplicable, la cual deberá ser observada en todo momento de forma independiente a este instrumento. NOVENO – RESCISIÓN DEL CONVENIO: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de cualquiera de las partes dará lugar al inicio, previa constatación de dicho incumplimiento, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación de este y dentro de un plazo de diez (10) días siguientes, la parte incumplidora no lo rectificara a satisfacción de la otra, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. En caso de incumplimiento de alguna de las partes serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que CUDECOOP declara conocer y aceptar. Asimismo, se podrá rescindir de común acuerdo el presente Convenio. DÉCIMO - MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. DÉCIMO PRIMERO – COMUNICACIÓN: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que otorgue certeza de su realización. DÉCIMO SEGUNDO – DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes convienen en fijar como domicilios especiales, a todos los efectos judiciales y extrajudiciales del presente convenio, los expresados como suyos en la comparecencia. DÉCIMO TERCERO, REPRESENTACIÓN: CUDECOOP acredita la representación mediante el certificado notarial expedido por el/la Escribano/a ………….., de fecha ………… Y en prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
2o.-Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de suscribir el convenio que se aprueba en el numeral que antecede.
3o.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Limpieza y Gestión de Residuos; cumplido, pase por su orden, al Servicio de Escribanía para la formalización del presente convenio y a la División Asesoría Jurídica para su registro.
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