VISTO: la petición administrativa formulada por el funcionario Sr. Carlos Ortiz, CI 3.314.242-9, por la cual requiere que se le asigne el Grado Salarial SIR 15 conforme a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto N.° 38.156 que modificó el artículo D. 79.33 del Volumen III “Relación Funcional” del Digesto Departamental;
RESULTANDO: 1o.) que el peticionante señala que ingresó a esta Intendencia por concurso de oposición y méritos en el año 1990 (Resolución N.° 3172/90), que a su vez, en el año 2009 aprobó los concursos internos N.° 626 - J1 y J2/09 y 628 - J3/09, siendo designado para cubrir la jefatura vacante (J3) en el Museo Blanes y posteriormente, a partir del año 2019, se le asignó la función de Dirección (D1) en el Museo del Azulejo, entendiendo que por el Decreto N.° 38.156 que modificó el artículo D.79.33, del Volumen III “Relación Funcional” del Digesto Departamental, le corresponde a su asignación de tareas el Grado Salarial SIR 15, entre otras consideraciones;
2o.) que la Unidad Asesoría recogiendo el informe del Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas señala que por Resolución N.º 3970/19, de 12/08/19, y sus sucesivas renovaciones, se asignó al funcionario un puesto de Dirección del Museo del Azulejo, Carrera D1, Grado SIR 14, de conformidad con lo dispuesto en los artículos D.131.1, R.351.2 y siguientes del Volumen III “Relación Funcional” del Digesto Departamental;
3o.) que continúa informando que el artículo 33 del Decreto N.° 38.156 es de aplicación para los cargos de presupuesto que integran el dimensionado de puestos de conducción;
4o.) que en ese sentido, el cargo de Director del Museo del Azulejo no se encuentra creado en el dimensionado de puesto de conducción;
5o.) que conforme a lo indicado, el cargo en el que se desempeña el peticionante no se encuentra incluido en la descripción tipificada de la norma citada;
6o.) que la Administración ha actuado en fiel cumplimiento a las reglas de derecho, no advirtiéndose elementos que pudieran afectar la validez del acto impugnado;
7o.) que en mérito a lo expuesto la Unidad Asesoría sugiere se propicie el dictado de resolución por la cual se desestime la petición presentada;
CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- No hacer lugar a la petición administrativa formulada por el funcionario Sr. Carlos Ortiz, CI 3.314.242-9, por la cual requiere se le asigne el Grado Salarial SIR 15 conforme a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto N.° 38.156, de fecha 28/10/22, que modificó el artículo D. 79.33 del Volumen III del Digesto Departamental.-
2.- Pase al Departamento Gestión Humana y Recursos Materiales para notificar al interesado y demás efectos.-
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