VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Resolución No. 3285/21 de fecha 3 de setiembre de 2021;
RESULTANDO: 1o.) que por el citado acto administrativo se convalidó lo actuado y se aprobó el texto de convenio a suscribirse en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UDELAR) y esta Intendencia con la finalidad de mantener los consultorios jurídicos para personas de muy bajos recursos;
2o.) que el referido convenio fue suscrito el 20 de diciembre de 2021 y tenía por objeto la prestación de asistencia jurídica gratuita incluyendo no solo el asesoramiento sino también la asistencia en juicio, a través de la instalación de 6 (seis) consultorios jurídicos descentralizados y 2 (dos) clínicas de litigios estratégicos, y la designación de un docente de consultorio jurídico para integrar el equipo de abordaje de la temática específica de abuso sexual infantil y maltrato de niños, niñas y adolescentes que funciona en las Policlínicas de Casavalle, Tirapare y Paso de la Arena;
3o.) que las partes acuerdan modificar únicamente el literal b) de la cláusula tercera aprobada por el numeral 1º de la Resolución 3285/21, respecto a las obligaciones que esta Intendencia asumió en el referido convenio, únicamente por el período comprendido entre el 1 de noviembre 2025 y el 31 de marzo 2026, meses en los que se transferirá la suma de $ 740.960,oo (pesos uruguayos setecientos cuarenta mil novecientos sesenta) -por concepto de salarios y overhead-, sin perjuicio del ajuste correspondiente a partir de enero, y la suma de $ 374.136,oo (pesos uruguayos trescientos setenta y cuatro mil ciento treinta y seis) por concepto de aguinaldo en el mes de diciembre;
4o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal expresa que el monto a trasferir se dispondrá a través del pedido I364690001;
5o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el texto de adenda que se pretende aprobar;
6o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos perteneciente a la División Asesoría Jurídica, formuló observaciones al texto propuesto, las que fueron recogidas y consignadas en el presente, cuya aprobación se propicia;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social prestó su conformidad y remite las actuaciones a fin de propiciar el dictado de resolución en el sentido indicado;
2o.) que se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aprobar el texto de adenda de convenio de consultorios jurídicos a suscribirse entre la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UDELAR) y esta Intendencia, por la cual se modifica únicamente el literal b) de la cláusula tercera del texto de convenio aprobado por el numeral 1º de la Resolución No. 3285/21 de fecha 3 de setiembre de 2021, en los siguientes términos:
ADENDA CONVENIO CONSULTORIOS JURÍDICOS
ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y FACULTAD DE DERECHO (UDELAR)
En la ciudad de Montevideo, el día …………... de …………... de dos mil …………... comparecen:
POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, representada en este acto por el/la Sr/Sra. …………..., en su calidad de …………..., inscripta en el Registro Único Tributario (RUT) de la Dirección General Impositiva (DGI) con el No. 211763350018, con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nro. 1360, de esta ciudad.-
Y POR OTRA PARTE: La Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UDELAR) en adelante la Facultad, representado en este acto por el/la Sr/Sra. …………..., titular de la cédula de identidad número …………... y por el/la Sr/Sra. …………..., titular de la cédula de identidad número …………..., en sus calidades de …………… y de …………… respectivamente, inscripto en el Registro Único Tributario (RUT) de la Dirección General Impositiva (DGI) con el No. …………... con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nro. 1824 de esta ciudad, quienes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO - ANTECEDENTES: El 20 de diciembre de 2021 la IdeM y la Facultad de Derecho suscribieron un convenio, cuyo texto fue aprobado por resolución Nº 3285/21 de fecha 3 de setiembre de 2021, el cuál tiene por objeto la prestación de asistencia jurídica gratuita , así como la asistencia en juicio, a través de la instalación de 6 (seis) consultorios jurídicos descentralizados y dos clínicas de litigación estratégica;
SEGUNDO - OBJETO: Por la presente adenda las partes acuerdan modificar la cláusula tercera, numeral 1), literal B), respecto a las obligaciones que la IdeM asumió en el referido convenio, únicamente por el período comprendido entre el 1 de noviembre 2025 y el 31 de marzo 2026, meses en los que se transferirá la suma de $ 740.960,oo (pesos uruguayos setecientos cuarenta mil novecientos sesenta) -por concepto de salarios y overhead-, sin perjuicio del ajuste correspondiente a partir de enero, y la suma de $ 374.136,oo (pesos uruguayos trescientos setenta y cuatro mil ciento treinta y seis) por concepto de aguinaldo en el mes de diciembre.-
TERCERO: La presente adenda no altera las restantes cláusulas oportunamente otorgadas en el convenio relacionado en la cláusula de antecedentes, las cuales se mantienen vigentes y válidas. Para constancia y como prueba de conformidad las partes firman 3 (tres) ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha arriba indicados en el acápite.-
2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el convenio que se aprueba por el numeral anterior.-
3.- Establecer que el resto de las cláusulas del convenio se mantienen en las mismas condiciones tal cual fue aprobado.-
4.- Disponer que el monto que se transferirá sera con cargo a través de la solicitud de pedido I364690001.-
5.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, de Desarrollo Social y de Desarrollo Urbano, a las Divisiones de Políticas Sociales, de Asesoría Jurídica y de Tierra y Habitat, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal (Desarrollo Social), a las Unidades de Gestión Presupuestal de Desarrollo Social y de Desarrollo Urbano, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto y pase a la Unidad de Atención a Acreedores (Contaduría General) a sus efectos.-