Resolución N° 0271/26
Nro de Expediente:
2022-9770-98-000005
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/01/2026


Tema:
CONTRATOS DE COMODATO

Resumen:
COMODATO PRECARIO. SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN TEXTO DE CONTRATO DE COMODATO PRECARIO A CELEBRARSE CON EL SR. ROBERTO WALTER SOSA SCATTINI Y LA SRA. MARÍA LOURDES CHAGAS MENESES A FIN DE REGULARIZAR LA TENENCIA DE LA VIVIENDA UBICADA EN EL PREDIO EMPADRONADO CON EL N.º 421.305, SITO CON FRENTE A LA CALLE ING. ARQ. IGNACIO PEDRALBES N.º 1403 Y CNO. EDISON N.º 4030.-

Montevideo, 26 de Enero de 2026.-
 

                         VISTO: estos obrados relacionados a la vivienda ubicada en el predio empadronado con el N.º 421.305, sito con frente a la calle Ing. Arq. Ignacio Pedralbes N.º 1403 y Cno. Edison N.º 4030;

                         RESULTANDO: 1º) que las Sras. Julia y Mabel Pose son las adjudicatarias de la finca mencionada, tal como consta en la ficha censal del realojo "25 de agosto" de fecha 10/06/2004;

                                                                          2º) que el Servicio Tierras y Viviendas informa que: a) las titulares hacen expresa su renuncia debido a mudanza a otra vivienda; b) en el año 2019 se realizó un primer relevamiento de ocupantes del predio 1 destinado al Proyecto de Ribera del Miguelete, ubicado en la esquina de Pedro Fuentes y Moretti, manteniéndose una entrevista con los únicos ocupantes, la pareja compuesta por el Sr. Roberto Sosa y la Sra. María Lourdes Chagas; c) en entrevista realizada el 14/08/24 se le propone a la pareja ser realojados a la vivienda sita en Cno. Edison N.º 4030; d) se coordinó la mudanza para el 31/10/24 en forma posterior a los arreglos de la vivienda llevados a cabo por parte de la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI; e) en informe del mes de diciembre de 2024 se expone que los adjudicatarios están conformes con la vivienda y f) por lo expuesto, se propicia la suscripción de un comodato precario con el Sr. Roberto Walter Sosa Scattini y la Sra. María Lourdes Chagas Meneses, respecto a la finca mencionada;

                                                                          3º) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;

                         CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Resolución N.º 3390/19 del 15/07/19, es pertinente la adjudicación del inmueble en las condiciones aconsejadas;

                                                                         2º) que a los efectos de la firma del convenio se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280 de la Constitución de la República;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Autorizar la suscripción de un texto de contrato de comodato precario a celebrarse entre esta Intendencia y el Sr. Roberto Walter Sosa Scattini y la Sra. María Lourdes Chagas Meneses, CI Nos. 2.020.593-1 y 3.778.995-8 respectivamente, conforme al modelo aprobado por la Resolución N.º 3390/19 del 15/07/19 a fin de regularizar la tenencia de la vivienda ubicada en el predio empadronado con el N.º 421.305, sito con frente a la calle Ing. Arq. Ignacio Pedralbes N.º 1403 y Cno. Edison N.º 4030.-

2º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano la facultad de suscribir el contrato de comodato precario que se autoriza por el numeral que antecede.-

3º.- Establecer que el Servicio de Tierras y Viviendas deberá indicar en la notificación correspondiente, en caso de ser necesario, el estado del inmueble en inventario que se firmará por separado de ese acto.-

4º.- Comuníquese a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Tierras y Hábitat y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

 

JUSTO RAÚL ONANDI SCHIAVO, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-