Resolución N° 0090/26
Nro de Expediente:
2025-4022-98-000031
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/01/2026


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
OBRAS.SE AUTORIZA PREVIO PAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE AL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN Y REPOSICIONES DE LA GESTIÓN, EL INICIO ANTICIPADO DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN QUE COMPRENDEN TAREAS DE ALBAÑILERÍA Y SANITARIA EN EL PREDIO EMPADRONADO CON EL N.° 50.365, SITO CON FRENTE A CNO. BUFFA N.º 2850, CON DESTINO DEPÓSITO Y LOGÍSTICA, PROPIEDAD DE RECORD TOOLS SA.-

Montevideo, 12 de Enero de 2026.-
 

                         VISTO: la solicitud para el inicio anticipado de las obras de construcción que comprenden tareas de albañilería y sanitaria en el predio empadronado con el N.° 50.365, sito con frente a Cno. Buffa N.º 2850, con destino depósito y logística, propiedad de Record Tools SA;

                         RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Estudios de Impacto Territorial informa que: a) la solicitud se enmarca en la evaluación de Estudio de Impacto Territorial actualmente en curso mediante el expediente N.º 2025-5219-98-000745; b) el emprendimiento opera actualmente en el padrón N.° 42.450; c) se ha adquirido un predio cercano, el padrón N.° 50.365, donde tiene proyectada la construcción de una nueva nave logística; d) se proyecta la construcción en etapas de depósitos contiguos, cada uno equipado con zonas de carga y descarga conectadas entre sí mediante una calle interna que desemboca en la vía pública, donde se ubicará una caseta de control con baño; e) el área total utilizada por el emprendimiento en ambos predios es de 78.120 m2 compuesta por 60.433 m2 construidos y 17.687 m2 a cielo abierto; f) la presente gestión solicita iniciar obras con una superficie de 21.649 m2 a construir y 14 m de altura y 4.185 m2 a ocupar a cielo abierto con pavimento;

                                                       2º) que la citada Unidad admite la solicitud condicionada a que: a) no se podrán generar externalidades en la vía pública y el tránsito vehicular con tareas vinculadas a la etapa de obra, debiendo quedar contenida dentro del predio, toda maniobra, espera, tareas de carga y descarga de materiales; b) en caso de generar residuos de obra que no sean reutilizados en el predio como declara la empresa, se deberá obligatoriamente iniciar el trámite de autorización correspondiente a la disposición final de residuos de obra en un plazo perentorio y previo al inicio de ellas, según lo establecido por la normativa departamental vigente en materia ambiental, debiendo ser aprobado por el Departamento de Desarrollo Ambiental; c) el proyecto ejecutivo para medidas de control de escurrimiento (MCE) pluvial que se presente en el permiso de construcción deberá adecuarse al aprobado en el expediente N.° 2025-9073-98-000136; d) no se admiten las condiciones propuestas para la descarga de la MCE; e) previo a la descarga de la MCE fuera del padrón, se deberá construir un difusor para replicar las condiciones de descarga naturales del predio;

                                                       3º) que la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción propicia el dictado de resolución autorizando el inicio anticipado de obras, condicionado a que: a) se ajusten a las normas de accesibilidad e higiene; b) sea responsabilidad del propietario/a y técnico/a, efectuar el ajuste en caso de corresponder,  en la instancia de la presentación del permiso de construcción de acuerdo a los informes finales de los expedientes en curso; c) la gestión presenta planos de sanitaria, por lo que deberán solicitarse las inspecciones correspondientes; d) previo al inicio de las obras se deberá obtener la autorización para la disposición final de residuos no domiciliarios, así como presentar la declaración de gestión de residuos no domiciliarios aplicable a obras civiles, asegurando que el transporte de todos los residuos generados sea realizado exclusivamente por empresas transportistas registradas y habilitadas para tal fin, en cumplimiento del Decreto N.º 38.198 y de las Resoluciones N.º 3451/17 y 100/23/6300, así como de la normativa nacional vigente en la materia; e) otorgar un plazo de 150 días calendario para la presentación del permiso de construcción;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano comparte lo aconsejado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Autorizar, previo pago de la tasa correspondiente al permiso de construcción y reposiciones de la gestión, el inicio anticipado de las obras de construcción que comprenden tareas de albañilería y sanitaria en el predio empadronado con el N.° 50.365, sito con frente a Cno. Buffa N.º 2850, con destino depósito y logística, propiedad de Record Tools SA, condicionado a que:

  • no se generarán externalidades en la vía pública y el tránsito vehicular con tareas vinculadas a la etapa de obra, debiendo quedar contenida dentro del predio, toda maniobra, espera, tareas de carga y descarga de materiales;
  • en caso de generar residuos de obra que no sean reutilizados en el predio como declara la empresa, se deberá obligatoriamente iniciar el trámite de autorización correspondiente a la disposición final de residuos de obra en un plazo perentorio y previo al inicio de ellas, según lo establecido por la normativa departamental vigente en materia ambiental, debiendo ser aprobado por el Departamento de Desarrollo Ambiental;
  • el proyecto ejecutivo para medidas de control de escurrimiento (MCE) pluvial que se presente en el permiso de construcción deberá adecuarse al aprobado en el expediente N.° 2025-9073-98-000136;
  • no se admiten las condiciones propuestas para la descarga de la MCE;
  • previo a la descarga de la MCE fuera del padrón, se deberá construir un difusor para replicar las condiciones de descarga naturales del predio;
  • se deberán ajustar a las normas de accesibilidad e higiene;
  • el/la propietario/a y técnico/a serán responsables de efectuar los ajustes necesarios, en caso de corresponder, en la instancia de la presentación del permiso de construcción y de acuerdo a los informes finales de los expedientes en curso;
  • se deberán solicitar las inspecciones sanitarias correspondientes;
  • previo al inicio de las obras se deberá obtener la autorización para la disposición final de residuos no domiciliarios, así como presentar la declaración de gestión de residuos no domiciliarios aplicable a obras civiles, asegurando que el transporte de todos los residuos generados sea realizado exclusivamente por empresas transportistas registradas y habilitadas para tal fin, en cumplimiento del Decreto N.º 38.198 y de las Resoluciones Nos. 3451/17 y 100/23/6300, así como de la normativa nacional vigente en la materia.-

2º.- Otorgar un plazo de 150 (ciento cincuenta) días calendario a partir de la notificación de la presente resolución para la presentación del permiso de construcción correspondiente.

3º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano la facultad de conceder nuevos plazos para la presentación del permiso de construcción.-

4º.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio Contralor de la Edificación, a la Unidad de Estudios de Impacto Territorial y pase a la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción.-

MARIO ESTEBAN BERGARA DUQUE, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

DIEGO MARTÍN OLIVERA COUTO, SECRETARIO GENERAL (I).-