VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Municipio A;
RESULTANDO: 1º.) que solicita la designación interina de la funcionaria Lic. María Virginia Mercader en el puesto DS1101-1 - Director/a Coordinador/a de Municipio, Grado SIR 19, con motivo de la renuncia al cargo presentada por la funcionaria Sra. Mariela Scasso, para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 1º de enero de 2026, aceptada según Resolución Nº 1683/25/5000 de fecha 15 de diciembre de 2025;
2º.) que la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación se manifiesta de conformidad;
3º.) que el Servicio de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana informa que no existen impedimentos normativos para acceder a lo solicitado, al amparo de los Arts. D.135, R.351.6 y ss del Vol III del Digesto Departamental;
4º.) que la División Gestión y Desarrollo de Personas sugiere acceder a lo solicitado;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente dictar resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Designar interinamente en el puesto DS1101-1 - Director/a Coordinador/a de Municipio, clasificado en el Escalafón Conducción, Subescalafón Dirección, Carrera DS1, Nivel de Carrera II, Grado SIR 19, a la funcionaria Lic. María Virginia Mercader, CI Nº 3.168.676, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026.-
2º.- Establecer que la funcionaria percibirá la diferencia de sueldo existente entre su nivel de retribución y el correspondiente al del puesto que pasa a ocupar en forma interina a partir de los 30 (treinta) días consecutivos del desempeño de la nueva función, de conformidad con lo establecido en los Arts. D.135, R.351.6 y ss del Vol III del Digesto Departamental.-
3º.- Comuníquese al Municipio A, para la notificación correspondiente, a las Divisiones Gestión y Desarrollo de Personas y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal, y previa intervención de Contaduría General pase por su orden a los Servicios de Administración de Gestión Humana y Gestión de Retribuciones, a sus efectos.-
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