VISTO: la necesidad de adecuar la integración del ámbito de coordinación de las políticas y acciones que esta Intendencia adopta para la atención de la población migrante;
RESULTANDO: 1o.) que en los últimos años ha aumentado la población en situación de movilidad humana en el departamento de Montevideo, especialmente de origen latinoamericano;
2o.) que la situación de vulnerabilidad que muchas veces estas personas atraviesan ha llevado a esta Intendencia a implementar acciones para abordar las problemáticas más frecuentes y que se han ofrecido servicios de orientación y el acceso a servicios comunitarios;
3o.) que en ese marco por Resolución Nº 0431/24, de 22/01/24, se creó una Comisión Especial al amparo del artículo 278 de la Constitución de la República, que está integrada por representantes de las distintas dependencias de esta Intendencia cuyas competencias se vinculan directa o indirectamente con la atención de la población migrante con el fin de procurar un abordaje integral;
4o.) que se entiende necesario adecuar la integración de la comisión referida en el resultando precedente;
CONSIDERANDO: la conformidad de las Direcciones de la División Relaciones Internacionales y Cooperación y del Departamento de Secretaría General;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Modificar los numerales 1º y 2º de la Resolución Nº 0431/24, de 22/01/24 y su modificativa, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
“ 1.- Crear una Comisión Especial al amparo del artículo 278 de la Constitución de la República, que se denominará -Movilidad Humana Transfronteriza- y que tendrá por cometido principal la coordinación de las políticas departamentales en materia de población en situación de movilidad humana.
2.- Establecer que la Comisión Especial se integrará por representantes de las siguientes dependencias:
- Dirección General del Departamento de Desarrollo Social
- Dirección General del Departamento de Recursos Financieros
- División Políticas Sociales
- División Salud
- División Derechos Humanos
- División Relaciones Internacionales y Cooperación;
- División Tierras y Hábitat;
- División Asesoría para la Igualdad de Género;
- División Promoción Económica;
- Servicio de Atención a la Ciudadanía.
- Museo de las Movilidades e Identidades (MUMI);
- Secretaría para la Equidad Étnico Racial y Población Migrante;
- Unidad de Coordinación Metropolitana;
- Unidad de Participación y Planificación"
Una vez que cada dependencia haya sugerido la designación de quién integrará la Comisión Especial en su representación, se elevarán las actuaciones al Sr/a. Intendente/a para su consideración.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Especial podrá integrar representantes de otras dependencias y/o invitar a participar ocasionalmente a otras personas internas o externas a la Intendencia, acorde a los temas que se traten”.-
2.- Comuníquese a los Departamentos de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Cultura, Recursos Financieros, a las Divisiones Políticas Sociales, Salud, Relaciones Internacionales y Cooperación, Tierras y Hábitat, Derechos Humanos, Asesoría para la Igualdad de Género, Promoción Económica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación -a sus efectos-, a la Secretaría para la Equidad Étnico Racial y Poblaciones Migrantes, al Servicio de Atención a la Ciudadanía, a la Unidad de Coordinación Metropolitana, al Museo de las Migraciones y pase a la Unidad de Comisiones a sus efectos.- |