Resolución N° 973/15
Nro de Expediente:
5230-001665-14
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
2/3/2015


Tema:
DIGESTO

Resumen:
Se sustituye el artículo R. 91 del Capítulo V "De las notificaciones" del Título I "Del procedimiento administrativo" Parte Reglamentaria del Libro II "Del procedimiento" del Volumen II "Procedimiento. Competencia" del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 5 de la Resolución No. 4209/12 de 1 de octubre de 2012.-

Montevideo, 2 de Marzo de 2015.-
 
          VISTO: la necesidad de modificar la normativa departamental contenida en el procedimiento administrativo relativa al plazo de diligenciamiento de las notificaciones;
          RESULTANDO: 1o.) que el Sector Expedición y Correo de Servicios Internos del Palacio solicita se ajuste la normativa establecida en el Digesto Departamental respecto al procedimiento de las notificaciones;
          2o.) que la Gerencia Ejecutiva de Servicios de Apoyo en el mismo sentido solicita se promueva la modificación de la normativa referida a las notificaciones, dado que el nuevo procedimiento establecido con la Administración Nacional de Correos implica algunos cambios y constituye el más significativo la extensión del plazo de 10 a 15 días hábiles para el diligenciamiento de los envíos bajo puerta;
          3o.) que de conformidad a lo planteado la Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales informa que corresponde modificar el artículo R. 91 del Volumen II del Digesto Departamental;
          4o.) que el Equipo Técnico de Actualización Normativa no tiene objeciones desde el punto de vista formal con la propuesta y elabora el correspondiente proyecto de resolución;
          CONSIDERANDO: que el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales y la División Asesoría Jurídica


          estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Sustituir el artículo R. 91 del Capítulo V "De las notificaciones" del Título I "Del procedimiento administrativo" Parte Reglamentaria del Libro II "Del procedimiento" del Volumen II "Procedimiento. Competencia" del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 5 de la Resolución No. 4209/12 de 1 de octubre de 2012, el que quedará redactado de la siguiente forma:
          Artículo R.91. Plazo para el diligenciamiento de la notificaciones.
          Una vez recibido el formulario de notificación en tiempo y forma, la Oficina de Notificaciones dispondrá de un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles a partir del día siguiente de recibido el formulario para su diligenciamiento, devolviendo a la dependencia remitente la vía Actuación del formulario antes del decimosexto día hábil con un procedimiento similar al de su recepción.
          Las notificaciones que no se efectúen a través de la Oficina de Notificaciones deberán practicarse dentro de los 10 (diez) día hábiles siguientes a la fecha del acto a notificar.
          2. Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a Servicios Internos del Palacio, Gerencia Ejecutiva de Servicios de Apoyo y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-