Resolución N° 968/19
Nro de Expediente:
2018-4701-98-000252
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
18/2/2019


Tema:
OTROS

Resumen:
Sustituir los Arts. R.424.227.2 Y R.424.227.4, en lo referente a la integración de la Comisión Asesora de Descargos de Infracciones de Tránsito.

Montevideo, 18 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Tránsito referidas a la integración y modo de funcionar de la Comisión Asesora de Descargos de Infracciones de Tránsito;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 3598/17 de fecha 14 de agosto de 2017 se estableció la integración y modo de funcionamiento de la citada Comisión;
        2º) que el espíritu inicialmente planteado por la norma, pretendía que dicho cuerpo trabajase regularmente con 7 (siete) miembros, requiriendo al menos de 4 (cuatro) integrantes para funcionar, siendo esta última la cantidad mínima de firmas para aprobar el dictamen correspondiente y que cada expediente de descargos pueda proseguir su trámite;
        3º) que la Asociación Nacional de Consumidores por la Seguridad Vial (ANCOSEV) institución que fuera designada oportunamente por la resolución antes mencionada, renunció a la integración;
        4º) que desde su puesta en funcionamiento la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV) no comunicó la designación de representantes en dicha Comisión, por lo cual no se concretó su integración;
        5º) que en tal sentido la Comisión está integrada como máximo por 5 (cinco) miembros, por lo cual se entiende necesario, para no retrasar su trabajo, dictar un nuevo acto administrativo que contemple la reducción de integrantes para el cumplimiento de los objetivos perseguidos y disminuir además el número mínimo de firmas exigidas para emitir el asesoramiento correspondiente frente a los descargos que se reciben;
        6º) que en virtud de lo expuesto el Equipo Técnico de Actualización Normativa elabora el correspondiente proyecto de resolución, disponiendo la sustitución de los artículos R.424.227.2 y R.424.227.4 del Título XIII.I “De la revisión de las sanciones aplicadas en materia de tránsito”, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del Tránsito Público” del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 2º de la Resolución Nº 3598/17 de 14 de agosto de 2017;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad y la División Asesoría Jurídica estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Sustituir el artículo R.424.227.2 del Título XIII.I “De la revisión de las sanciones aplicadas en materia de tránsito”, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del Tránsito Público” del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 2º de la Resolución Nº 3598/17 de 14 de agosto de 2017, el que quedará redactado de la siguiente forma:
        “Artículo R.424.227.2.- (Integración) Esta comisión asesora estará integrada por 5 miembros y sus respectivos suplentes:
        a) tres miembros designados por el Departamento de Movilidad, uno de ellos será quien presidirá la comisión.
        b) un miembro designado por la División Asesoría Jurídica.
        c) un miembro de la sociedad civil conocida como Centro Protección de Choferes.
        d) Los miembros de la comisión que no sean funcionarios/as de esta Administración actuarán en carácter honorario.”
        2.- Sustituir el artículo R.424.227.4 del Título XIII.I “De la revisión de las sanciones aplicadas en materia de tránsito”, Parte Reglamentaria del Libro IV “Del Tránsito Público” del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 2º de la Resolución Nº 3598/17 de 14 de agosto de 2017, el que quedará redactado de la siguiente forma:
        “Artículo R.424.227.4.- (Plazo, quórum mínimo y mayoría para resolver). La comisión tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos para expedirse, a partir de la fecha de recepción del respectivo expediente, resolverá por mayoría simple de sus integrantes, requiriendo un mínimo de 3 (tres) de ellos para funcionar, en caso de empate para la resolución de la decisión el voto del presidente de la comisión será doble, debiendo ser necesaria en ese caso, su presencia para resolver.”
        3.- Comuníquese a las Divisiones Asesoría Jurídica, Tránsito y Transporte, y pase al Departamento de Movilidad
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-