Resolución N° 5912/10
Nro de Expediente:
4001-004570-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
27/12/2010


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se establece que la Comisión Municipal de Coordinación del Arbolado y Areas Verdes que funcionarán en la órbita de cada Gobierno Municipal, serán presididas por el Alcalde y estarán integradas por las personas que se indican y en las condiciones que se establecen.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: que por Resoluciones Nº 5849/10 y 5851/10, de 20/12/10, se dispuso la descentralización de las tareas de mantenimiento de las áreas verdes de escala municipal y del arbolado, así como las competencias del Servicio de Areas Verdes de la División Espacios Públicos y Edificaciones, en el marco de lo establecido en la Ley 18.567 de Descentralización y Participación Ciudadana y de los Decretos Nº 33.209 y Nº 33.322;
        RESULTANDO: 1º) que en atención a lo establecido en el Art 22, Numeral XX del Decreto Nº 33.209 y en el Art 1º Numeral V y VI del Decreto Nº 33.322, se establece que los gobiernos municipales deberán realizar el mantenimiento de las plazas y espacios verdes barriales y el mantenimiento del arbolado, sin perjuicio de las atribuciones y competencias de las autoridades departamentales y nacionales al respecto;
        2º) que en las mencionadas Resoluciones se constituye una Comisión Municipal de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes en la órbita de cada Gobierno Municipal, que debe presentar propuestas y planes ante los Concejos Muncipales, la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano y la Intendenta Departamental de Montevideo, debiéndose reglamentar sus cometidos e integración;
        CONSIDERANDO: que en el ámbito de la Asesoría de Desarrollo Muncipal y Participación se acordó con los Alcaldes y Alcaldesas de los Muncipios, la División Espacios Públicos y el Departamento de Acondicionamiento Urbano, la definición de las tareas que desarrollarás

        dichas Comisiones de Coordinación, según se detalla;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Establecer que la Comision Municipal de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes que funcionarán en la órbita de cada Gobierno Municipal, serán presididas por el Alcalde, y estarán integradas con: los ingenieros agrónomos y técnicos responsables del arbolado y áreas verdes de ámbito local, un representante de la División Espacios Públicos y Edificaciones y un representante del Servicio de Áreas Verdes.-
        2.- Cada Comisión Municipal presentará sus propuestas y planes ante los Concejos Muncipales, la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano y la Intendenta/e Departamental de Montevideo.-
        3.- Las competencias de las Comisiones Municipales de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes serán, respecto al tema arbolado: a) Proponer los protocolos de procedimientos técnicos para el mantenimiento del arbolado;
        b) Proponer y aconsejar los criterios técnicos generales para la elaboración de los pliegos y memorias para las diferentes licitaciones para el mantenimiento del arbolado;
        c) Proponer las bases para la elaboración presupuestal municipal, según cantidad de árboles, características del arbolado, antigüedad, condiciones urbanas de las distintas jurisdicciones territoriales;
        d) Proponer Planes de Plantaciones y Poda, en atención a las definiciones generales y de ámbito municipal.-
        4.- Las competencias de las Comisiones Municipales de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes serán, respecto al mantenimiento de los espacios públicos: a) Proponer y aconsejar los criterios técnicos generales para la elaboración de los pliegos y memorias para las diferentes licitaciones o convenios para el mantenimiento de los espacios públicos a nivel municipal;
        b) Proponer las bases para la elaboración presupuestal municipal, según cantidad y características de los espacios públicos existentes y a crear en el territorio del municipio;
        c) Proponer obras de mejora, vigilancia y acondicionamiento de espacios públicos ubicados en el ámbito territorial del municipio, en el marco de los planes generales
        5.- Las Comisiones Municipales de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes se reunirá al menos una vez al mes, llevará actas de los temas tratados y resoluciones o sugerencias tomadas e informará a las autoridades departamentales y municipales de las mismas.-
        6.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a la Divisiones Información y
        Comunicación, Asesoría Jurídica, a la Contaduría General y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-