Resolución N° 574/01
Nro de Expediente:
6610-000025-01
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
12/2/2001


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se sustituye el texto del artículo R. 1213 del Título III "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público".-

Montevideo, 12 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 4764/00, de fecha 18 de diciembre de 2000;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se establece en su numeral 1° la modificación del art. R. 1198.10 del Volumen X del Digesto Municipal;
        2o.) que el numeral 2° de la mencionada resolución dispone que la norma se aplicará indistintamente para la instalación de quioscos fijos y rodantes, estableciéndose la derogación de toda disposición en contrario;
        3o.) que la Unidad de Actualización Normativa entiende que corresponde sustituir el artículo R. 1213 del Título III "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público", Capítulo I "De los Quioscos" de la Sección II "De los quioscos rodantes destinados a la venta de productos alimenticios" del Volumen X de la referida recopilación de normas, atendiendo a lo que establece el numeral 2° de la Resolución N° 4764/00;
        CONSIDERANDO: que la División Jurídica presta su conformidad y entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Sustituir el texto del artículo R. 1213 del Título III "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público", Capítulo I "De los Quioscos" de la Sección II "De los quioscos rodantes destinados a la venta de productos alimenticios" del Volumen X del Digesto Municipal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
        Art. R. 1213.- En cuanto al depósito en garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones, para la instalación de quioscos rodantes, se aplicará lo establecido en el artículo R. 1198.10.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General a fin de cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a todos los Departamentos; a la Unidad Central de Planificación Municipal y pase a la Unidad de Actualización Normativa a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-