Resolución N° 5666/05
Nro de Expediente:
4001-007953-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/12/2005


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 687/96 del 21/II/96, habilitación instituciones para otorgar certificado de aptitud psico-física de conductores amateurs.-

Montevideo, 19 de Diciembre de 2005.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la habilitación a instituciones médicas, para otorgar el certificado de aptitud psico-física de conductores amateurs;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 687/96 del 21/II/96 se dispuso: a) la apertura de un registro de servicios de salud a fin de obtener la habilitación para otorgar el certificado de aptitud sico-física de conductores amateurs; b) se estableció un plazo de 30 días a partir de la publicación del llamado para la presentación de interesados y c) las instituciones que cumplieran los requisitos establecidos serían habilitadas por 2 años, a efectos de prestar este servicio;
        2º) que por Resolución Nº 3.147/96 del 15/VII/96 se habilitó con carácter precario y revocable, sin el plazo estipulado en la precitada resolución, a las instituciones que oportunamente se presentaron al llamado, resolución que sirvió de antecedentes para las posteriores habilitaciones individuales que se fueron realizando;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano, teniendo en cuenta que la División Tránsito y Transporte por una cuestión de mejor servicio y a efectos de facilitar la evaluación de las empresas interesadas para el otorgamiento de la habilitación, está dando trámite a las gestiones individuales en el sentido apuntado, estima que corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 687/96 del 21/XII/96;
        2º) que se recabó la




        conformidad del Servicio de Contralor de Conductores;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 687/96 del 21/II/96.-
        2º.- La Instituciones de asistencia médica colectiva y otras prestadoras de servicios de salud privados interesadas en obtener la habilitación para otorgar el certificado de aptitud psico-física de conductores amateurs (motos y vehículos) en aquellos aspirantes cuyas edades oscilen entre los 16 y 65 años, deberán presentar la solicitud correspondiente ante la División Tránsito y Transporte, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: a) constancia de habilitación del Ministerio de Salud Pública para la prestación de servicios de salud; b) planta física adecuada: consultorio médico con un largo de 5 mts. (o 2,50mts. si cuenta con espejo y cartel de optotipos visuales invertido), sala de espera; instrumental básico de consultorio médico y sala de espera, más cartel de optotipos (letras) y teléfono adscrito al servicio; c) presentación de propuesta de trabajo en base a atención diaria mínima de 4 (cuatro) horas y 20 (veinte) horas semanales, según examen médico básico, consistente en una investigación somera de antecedentes y examen clínico incluyendo pesquisa de agudeza visual y auditiva, no requiriéndose exámenes de laboratorio, ni radiológico y d) presentación del nombre de al menos dos médicos (titular y suplente) quienes brindarán la consulta en dicho servicio, los que deberán recibir orientación por parte de médicos del Servicio de Contralor de Conductores de la Intendencia Municipal de Montevideo.-
        3º.- Las Instituciones que cumplan los requisitos establecidos serán habilitadas con carácter precario y revocable, estando autorizadas a cobrar un arancel equivalente a 1 U.R. (una unidad reajustable).-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, al Servicio de Prensa, Comunicación y Relaciones Públicas, a la División Tránsito y Transporte y


        al Servicio de Contralor de Conductores y pase a la Unidad de Salud de Tránsito.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-