VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Asesoría para la Igualdad de Género tendientes a delimitar sus cometidos y establecer la creación de una estructura orgánica a su interna, que ratifique las distintas líneas de acción que viene llevando adelante;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 4872/16, de 24 de octubre de 2016, se creó la citada División la que de acuerdo con el numeral 1º. dependerá directamente de la dirección general del Departamento de Secretaría General;
2o.) que desde su creación la referida División ha cumplido un rol de asesoramiento y liderazgo en el desarrollo de las políticas de igualdad que comprometen a toda la institución en sus diferentes áreas de actuación;
3o.) que no obstante, en la mencionada resolución, no se establecieron expresamente los cometidos de la División Asesoría para la Igualdad de Género y en consecuencia se promueve en la actualidad la aprobación de sus cometidos y su incorporación al Digesto Departamental;
4o.) que, por otra parte, la referida resolución tampoco previó la estructura de la mencionada División y se entiende propicia la oportunidad para establecerla, promoviendo la creación de dos Servicios con sus respectivos objetivos, para el desarrollo de sus cometidos;
5o.) que se entiende que tanto la explicitación de los cometidos, como la conformación de una estructura orgánica, son necesarias para fortalecer el rol de la División en el Gobierno Departamental y dar relevancia a la igualdad de género en el diseño e implementación de las políticas de gobierno, así como visibilizar y otorgar mayor eficiencia a las líneas estratégicas definidas, como ser: “Por una Vida libre de Violencia de Género” y “Transversalidad y Empoderamiento”;
6o.) que el Servicio Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas de la División Administración de Personal trabajó en coordinación con la División Asesoría para la Igualdad de Género, a efectos de presentar una redacción con el ajuste de las denominaciones de los servicios a crear, conforme lo previsto en el Decreto Nº 37.973 que aprobó la normativa relativa a “Igualdad de género y no discriminación para el ámbito de la Intendencia de Montevideo, la Junta Departamental de Montevideo y los Municipios de Montevideo”;
7o.) que analizado el proyecto, el Equipo Técnico de Actualización Normativa comparte la necesidad de incorporar en el Volumen II del Digesto Departamental un nuevo artículo R.19.31.1 con los cometidos de la División Asesoría para la Igualdad de Género y asimismo en cuanto a la estructura orgánica de la División, corresponde sea incluida en el artículo R.3 del Volumen II del Digesto Departamental, en virtud de lo cual efectúa al proyecto algunos ajustes de redacción, por razones de técnica legislativa;
CONSIDERANDO: 1o.) lo establecido en la Resolución Nº 4872/16 de 24 de octubre de 2016;
2o.) lo previsto en el Decreto Nº 37.973 sancionado con fecha 31 de marzo de 2022 y promulgado fictamente el 16 de abril de 2022;
3o.) que los Departamentos de Gestión Humana y Recursos Materiales y Secretaría General se manifiestan de conformidad y estiman oportuno el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Incorporar el artículo R.19.31.1 en el Capítulo I “De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias”, Título II “De la competencia de los órganos de la Intendencia”, Parte Reglamentaria, Libro I “De la organización y de la competencia” del Volumen II “Procedimiento.Competencia” del Digesto Departamental, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo R.19.31.1.- A la División Asesoría para la Igualdad de Género compete:
1- Asesorar al ejecutivo departamental para una efectiva integración del principio de igualdad y no discriminación en las políticas sustantivas y de gestión humana que le correspondan.
2- Diseñar, implementar y evaluar la política de transversalidad de la igualdad de género de Montevideo.
3- Diseñar, implementar y evaluar políticas de promoción de la participación, el empoderamiento y la autonomía de las mujeres sin distinción de identidad de género.
4- Diseñar, implementar y evaluar políticas para la erradicación de la violencia basada en género en el Departamento de Montevideo.
5- Incorporar la dimensión territorial e interseccional en el diseño e implementación del conjunto de políticas que tiene a su cargo la División.
6- Contribuir al cumplimiento del principio general de “Igualdad de Oportunidades y Derechos entre hombres y mujeres” establecido en el artículo 4º numeral X del Decreto Nº 33.209 de 28 de diciembre de 2009 y de lo dispuesto en el Decreto Nº 37.973 de 16 de abril de 2022.
7- Realizar el seguimiento, monitoreo y rendición de las políticas de igualdad de género del Departamento de Montevideo.”
2º.- Modificar parcialmente el literal A) del numeral 2o. de la Resolución Nro. 4264/10 de 15 de setiembre de 2010 y sus modificativas, estableciendo que de la División Asesoría para la Igualdad de Género, creada por Resolución Nº 4872/16 de 24 de octubre de 2016, dependerán en línea directa los siguientes Servicios:
- Prevención y Respuesta a la Violencia de Género
- Empoderamiento y Transversalidad para la Igualdad de Género.
Dependerán asimismo de la División Asesoría para la Igualdad de Género, las siguientes áreas:
- Administración
- Comunicación
- Evaluación y Monitoreo
- Capacitación.
3º.- Establecer que el Servicio Prevención y Respuesta a la Violencia de Género de la División Asesoría para la Igualdad de Género, que se crea en el numeral 2º de la presente resolución, tendrá los cometidos que a continuación se detallan:
A) Diseñar e implementar políticas para una vida libre de violencia de género en el departamento de Montevideo.
B) Desarrollar estrategias, programas y acciones de prevención para una vida libre de violencia de género en el Departamento de Montevideo.
C) Gestionar la respuesta del Gobierno Departamental de Montevideo a la violencia de género, a través de la creación, sostenimiento, monitoreo y evaluación de servicios especializados; articulando con el sistema intra e interinstitucional y actores territoriales necesarios, para la atención de todas las formas de la violencia de género estipuladas en la Ley N° 19.580 de 22 de diciembre de 2017.
D) Diseñar estrategias, programas y acciones para el abordaje integral de la violencia de género en ámbitos específicos como espacios públicos y ámbitos culturales.
E) Incorporar la dimensión territorial e interseccional en el diseño e implementación del conjunto de políticas que tiene a su cargo el Servicio.
F) Asesorar y coordinar acciones frente a la violencia de género detectada en la Institución con las dependencias que correspondan.
4º.- Establecer que el Servicio Empoderamiento y Transversalidad para la Igualdad de Género de la División Asesoría para la Igualdad de Género, que se crea en el numeral 2º de la presente resolución, tendrá los cometidos que a continuación se detallan:
A) Definir y coordinar el diseño e implementación de la política de transversalidad de la igualdad de género de Montevideo, para dotar a las políticas departamentales y municipales del enfoque y los componentes necesarios para contribuir de manera efectiva a la igualdad de género.
B) Coordinar la elaboración, implementación, monitoreo y evaluación de planes, estrategias y herramientas de gestión de la política de igualdad de género del gobierno de Montevideo, y su articulación con las herramientas y procesos de planificación y presupuesto de la Intendencia y Municipios de Montevideo.
C) Promover la creación, permanencia y fortalecimiento del entramado de género y en particular de los equipos de igualdad departamentales y municipales como ámbitos sustanciales para la inclusión de la perspectiva de igualdad de género en las políticas de Montevideo.
D) Diseñar e implementar políticas específicas de igualdad de género, que promuevan la participación, el empoderamiento y la autonomía de las mujeres sin distinción de identidad de género u orientación sexual.
E) Diseñar e implementar programas para la promoción de masculinidades no hegemónicas para promover el cambio cultural.
F) Incorporar la dimensión territorial e interseccional en el diseño e implementación de las políticas que tiene a su cargo el servicio.
5º. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, a Contaduría General, al Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, al Equipo Técnico de Actualización Normativa y pase a la División Asesoría para la Igualdad de Género a sus efectos.-
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