Resolución N° 4938/11
Nro de Expediente:
4740-062607-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/10/2011


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica el Numeral 2o.- de la Resolución No. 4671/11 de octubre de 2011, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "2o.- Los valores establecidos en el Numeral 1o.- deberán ser actualizados con iguales criterios y porcentajes que se apliquen en los ajustes salariales de los funcionarios de esta Intendencia, a partir del primer día del mes siguiente al que se produce dicho ajuste.-".

Montevideo, 27 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 4671/11 de 11 de octubre de 2011 se fijo el precio, por la prestación del servicio especial de Inspectores de Tránsito, cuando a juicio de la Administración la operativa a realizar así lo requiera, por concepto de utilización de guinchado, de móviles de tránsito y horas realizadas en días feriados y fin de semana;
        RESULTANDO: 1o.) que en el Numeral 2o.- se dispuso que los valores establecidos son los vigentes a agosto de 2011 y que deberán ser actualizados en forma conjunta y con iguales criterios y porcentajes que se apliquen en los ajustes salariales de los funcionarios de esta Intendencia;
        2o.) que el Director de la División Tránsito y Transporte no comparte lo establecido en el Numeral 2o.- de la referida Resolución y sugiere sea redactado nuevamente a los efectos de que no surjan diferentes interpretaciones sobre dicho punto;
        3o.) que la División Administración de Ingresos expresa que los precios fijados en el Numeral 1o.- de la Resolución No. 4671/11 fueron propuestos por la División Tránsito y Transporte en el mes de agosto 2011. No obstante, por demoras en la tramitación de estas actuaciones, la resolución se dictó el 11 de octubre;
        4o.) que ello no implica la generación de retroactividad alguna sino que en el Numeral 2o.- de la referida norma se quiso expresar que estos valores son a pesos de agosto 2011 y no incluyen el ajuste que pudiese corresponder por el incremento salarial que opera en octubre, por lo tanto, hasta el dictado de dicha Resolución, los precios que se cobraron a las empresas que solicitaron el servicio especial de Inspectores de Tránsito fueron los anteriores ya que los establecidos en la Resolución No. 4671/11 no estaban vigentes;
        5o.) que otro aspecto a considerar es el de la fecha en la que se aplica el incremento de la tarifa. Ésta debe incrementarse a partir del primer día del mes siguiente al que se produce el ajuste salarial a los efectos de que dentro de un mismo mes no se apliquen tarifas diferentes;
        6o.) que a efectos de dejar claramente establecido el espíritu de la norma dictada, corresponde modificar el Numeral 2o.- de la misma el que quedaría redactado de la siguiente manera: "los valores establecidos en el Numeral 1o.- deberán ser actualizados con iguales criterios y porcentajes que se apliquen en los ajustes salariales de los funcionarios de esta Intendencia, a partir del primer día del mes siguiente al que se produce dicho ajuste";
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Modificar el Numeral 2o.- de la Resolución No. 4671/11 de octubre de 2011, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "2o.- Los valores establecidos en el Numeral 1o.- deberán ser actualizados con iguales criterios y porcentajes que se apliquen en los ajustes salariales de los funcionarios de esta Intendencia, a partir del primer día del mes siguiente al que se produce dicho ajuste.-".-
        2o.- Comuníquese al Departamento de Movilidad, a las Divisiones Asesoría Jurídica, de Información y Comunicación, al Servicio de Vigilancia y pase a la División Tránsito y Transporte.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-