Resolución N° 4870/23
Nro de Expediente:
2023-4111-98-000016
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/10/2023


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
SISTEMA CONSTRUCTIVO. SE APRUEBA EL SISTEMA CONSTRUCTIVO NO TRADICIONAL DENOMINADO SISTEMA MODULAR CASAS FISCHER DESTINADO A VIVIENDAS INDIVIDUALES DE UNA PLANTA, COMPUESTAS POR PANELES PREFABRICADOS.-

Montevideo, 11 de Octubre de 2023.-
 

                VISTO: la solicitud de aprobación del sistema constructivo no tradicional denominado Sistema Modular Casas Fischer;

                RESULTANDO: 1º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) se trata de un sistema modular destinado a viviendas individuales de una planta, compuestas por paneles prefabricados, los cuales conforman los cerramientos verticales portantes y la cubierta superior; b) el sistema está compuesto por paneles modulares tipo sándwich (acero galvalume - poliisocianurato con densidad 45kg/m3 - acero galvalume), totalizando un espesor de 60 mm; c) se presentó el certificado de incorporación al registro de sistemas constructivos no tradicionales emitido por parte del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial; d) la documentación presentada se encuentra avalada por el Instituto de la Construcción de la Facultad de Arquitectura de la Universidad de la República; e) se presentaron ensayos y estudios realizados en laboratorios e instituciones del exterior y f) por lo expuesto propicia su autorización condicionado a lo que se establece en el informe que luce en obrados;

                                          2º) que la Gerencia de Permisos de Construcción comparte lo informado por el Servicio actuante;

                 CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente acceder a lo solicitado;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Aprobar el sistema constructivo no tradicional denominado Sistema Modular Casas Fischer destinado a viviendas individuales de una planta, compuestas por paneles prefabricados según gráficos y especificaciones técnicas que lucen en obrados sujeto a las siguientes condiciones:

  1. los proyectos que se presenten con este sistema constructivo así como las especificaciones de su fabricación y ejecución en obra, deben asegurar el cumplimiento estricto de las condiciones descriptas en la información proporcionada en los recaudos de esta solicitud, cumpliendo con todos los requisitos normativos y legales aplicables;
  2. el sistema no se acepta para su uso generalizado: solo se podrá utilizar en la construcción de viviendas de interés social del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial en una planta, unifamiliares y aisladas, separándose de las medianeras o divisorias una distancia mínima de 3 (tres) metros y en caso de más de una vivienda en el predio la separación entre ellas será de 5 (cinco) metros (Digesto Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título VII, Art. 1743);
  3. toda modificación o reparación que se realice requiere de la actuación de profesionales calificados, lo que deberá quedar claramente expresado en planos del permiso de construcción, considerando que cualquier actuación en las unidades (internas o externas) pueden afectar la estabilidad de la construcción;
  4. la totalidad de los cerramientos exteriores que conforman el sistema deben cumplir con lo establecido por Resolución N.º 2928/09 del 20/VII/09 sobre eficiencia energética;
  5. con la entrega de la vivienda y para la inspección final de obra se debe agregar un manual de uso y mantenimiento, memoria de cálculo estructural indicando las condiciones de diseño del proyecto y las hipótesis de trabajo que lo sustentaron y certificado de responsabilidad profesional que garantice la calidad del producto, acorde con las especificaciones detalladas en la gestión;
  6. la totalidad de las instalaciones sanitarias deberán cumplir con la normativa vigente y los procedimientos de control (inspecciones parciales y finales) correspondientes para todo tipo de construcción, no aceptándose los “paneles hidráulicos” sellados en fábrica.

2º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General para su transcripción a las Facultades de Ingeniería y de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de la República, a la Gerencia de Permisos de Construcción y pase al Servicio Contralor de la Edificación.

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-