Resolución N° 4187/15
Nro de Expediente:
6001-001252-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
14/9/2015


Tema:
ESTRUCTURA

Resumen:
Se crea la Unidad de Gestión Territorial, que tendrá carácter multidisciplinar y dependerá de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.-

Montevideo, 14 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la creación de la Unidad de Gestión Territorial dependiente de la División Planificación Territorial;
        RESULTANDO: 1o.) que en los últimos veinte años se han desarrollado una serie de instrumentos de planificación y ordenamiento del territorio, entre las cuales se encuentra el Plan Montevideo, a partir de cuya aprobación se han desarrollado herramientas de gestión y ejecución, así como instrumentos jurídicos, administrativos y técnicos nuevos, que apuntan a dinamizar la relación entre los planes y el desarrollo de la ciudad y el territorio;
        2o.) que la gestión territorial es la que hace posible que las acciones en el territorio se materialicen de manera articulada entre los distintos actores conforme a políticas, estrategias o planes territoriales y se traduce en la identificación de los instrumentos idóneos a aplicar en la materialización de la planificación territorial, definiendo cómo habrán de ser aplicados, estableciendo plazos, competencias y responsabilidades en el proceso de la gestión y en sus múltiples escalas;
        3o.) que a los efectos de alcanzar niveles más operativos, así como cumplir más eficazmente con los objetivos establecidos, se procura fortalecer el rol de esta Intendencia en la gestión de los planes y las acciones que se despliegan en el territorio tanto desde el ámbito público como desde el sector privado;
        4o.) que en tal sentido la Dirección de la División Planificación Territorial considera conveniente la creación de la Unidad de Gestión Territorial, conformada a partir de la Oficina de Gestión ya existente en la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Crear la Unidad de Gestión Territorial, que tendrá carácter multidisciplinar y dependerá de la División Planificación Territorial del Departamento de Planificación.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Planificación la integración de la Unidad creada en el numeral anterior.-
        3.- Establecer que los cometidos de dicha Unidad serán los de desarrollar e implementar los instrumentos de planificación, gestión y ejecución territorial previstos en la normativa vigente, así como los que se creen en el futuro, con el fin de llevar a cabo de un modo eficaz: 1) la gestión de planes de diversa escala (plan parcial, local u otros instrumentos de planificación) que comprenden el desarrollo de infraestructuras, espacio público o equipamientos que son estratégicos o estructurales para cumplir con las metas del plan; 2) la gestión, coordinación y/o promoción de programas o proyectos de detalle (urbano-territoriales) que se generen tanto por iniciativa pública como privada; 3) la articulación necesaria con los distintos actores tanto del ámbito privado como en los que atañe a iniciativas públicas que involucren a los diferentes nivel de gobierno y a otras instituciones.-
        4.- Disponer que para el cumplimiento de sus cometidos la Unidad deberá:
        a) Establecer procedimientos para la implementación y aplicación de instrumentos de planificación, gestión y ejecución territorial;
        b) Articular la actuación territorial con los distintos Departamentos de esta Intendencia, con la Comisión Permanente del Plan, con la Comisión de Inversiones y con otros ámbitos de coordinación transversal, con el fin de propiciar una visión global en el tratamiento de los planes, programas y proyectos, promoviendo mayor integración de las distintas visiones sectoriales en el tratamiento de las propuestas, a cuyos efectos podrá conformar equipos de trabajo con integrantes de distintas áreas o servicios;
        c) Coordinar la actuación territorial con las autoridades locales, particularmente con los Municipios, a través de la Unidad de Integración de la Planificación;
        d) Articular la actuación territorial de los diferentes organismos e instituciones públicas;
        e) Apoyar la elaboración del Programa de Acción Territorial (PAT) a efectos de establecer un orden de prioridad de los distintos planes y proyectos territoriales de acuerdo a la agenda de gobierno, con el fin de obtener el compromiso de los departamentos involucrados para su cumplimiento;
        f) Colaborar en la aplicación de instrumentos que propendan a la mejora de la gestión de la institución en lo que comprenda a actuaciones que inciden en el territorio, procurando el uso racional de los recursos disponibles para la ejecución de los distintos planes y proyectos territoriales, en el marco del orden de prioridad que establezca la agenda de gobierno;
        g) Articular, impulsar y apoyar las iniciativas de los actores privados y la sociedad civil sobre el territorio;
        h) Desarrollar y sistematizar nuevas formas de relacionamiento público-privado que potencien los resultados de las políticas públicas y permitan un trámite ágil y adecuado de las iniciativas y acoten la incertidumbre respecto de la duración de los procedimientos administrativos;
        i) Analizar y proponer instrumentos financieros o fuentes de financiamiento externas para el desarrollo de los planes, proyectos y actuaciones de diversa escala en el territorio, así como estudiar los procedimientos para la equidistribución de cargas y beneficios en casos de mayor aprovechamiento y recuperación de valorizaciones generadas por los diferentes instrumentos de planificación, gestión y ejecución;
        j) Administrar el Fondo Especial de Gestión Urbana y Rural (FEGUR) según los criterios establecidos por la normativa vigente y las directivas y prioridades establecidas por el Intendente y la Comisión Permanente del Plan.-
        5.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a la Contaduría General, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación y pase al Departamento de Planificación.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-