Resolución N° 4036/21
Nro de Expediente:
2021-9591-98-000073
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/10/2021


Tema:
PROMULGACIONES DE DECRETO

Resumen:
PROMULGACIÓN DE DECRETO - SE PROMULGA EL DECRETO Nº 37.865 Y SE PRORROGA POR EL PLAZO DE 9 MESES EL CUMPLIMIENTO DE LO EXIGIDO EN EL ARTÍCULO 5º DEL DECRETO 37.455 RELATIVO A LA COMERCIALIZACIÓN ELECTRÓNICA DE ALIMENTOS.-

Montevideo, 25 de Octubre de 2021.-
 

                         VISTO: el Decreto Nº 37.865 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el  7 de octubre de 2021, por el cual de conformidad con la Resolución Nº 3407/21, de 13/9/21, se faculta a este Ejecutivo para prorrogar por el plazo de 9 (nueve) meses el cumplimiento de lo exigido en el artículo 5º del Decreto 37.455 de fecha 28 de mayo de 2020 y su respectiva reglamentación aprobada por Resolución N° 48/21 de fecha 11 de enero de 2021, que establece que las empresas que comercializan electrónicamente alimentos envasados deberán proporcionar en el medio electrónico donde efectúan la oferta, los datos que contiene el rótulo del alimento conforme la normativa vigente y de forma fácilmente legible, no siendo suficiente un enlace a otra base de datos;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Promúlgase el Decreto Nº 37.865 sancionado el 7 de octubre de 2021.-

2º. Prorrogar por el plazo de 9 (nueve) meses, a partir de la fecha de la presente resolución, el cumplimiento de lo exigido en el artículo 5º del Decreto 37.455 de fecha 28 de mayo de 2020 y su respectiva reglamentación aprobada por Resolución N° 48/21 de fecha 11 de enero de 2021, sobre la comercialización electrónica de alimentos, que establece que las empresas que comercializan electrónicamente alimentos envasados deberán proporcionar en el medio electrónico donde efectúan la oferta, los datos que contiene el rótulo del alimento conforme la normativa vigente y de forma fácilmente legible, no siendo suficiente un enlace a otra base de datos.-

3º. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a Contaduría General, a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación,  Salud,  al Servicio de Regulación Alimentaria, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al Registro y al Departamento de Desarrollo Social, a sus efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-