Resolución N° 3621/00
Nro de Expediente:
6610-000205-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
2/10/2000


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se modifica el inciso 3º del artículo R. 119 del Volumen II del Digesto Municipal.-

Montevideo, 2 de Octubre de 2000.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 2.450/00 de 13 de julio de 2000, por la cual se aprobó la nueva estructura orgánico-administrativa de la Intendencia Municipal de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que con tal motivo, la Unidad de Actualización Normativa se encuentra abocada a la tarea de actualización del articulado del Digesto Municipal, en lo referente a la adecuación de la denominación de las distintas dependencias municipales, conforme a lo dispuesto en la referida Resolución;
        2o.) que el artículo R. 119 del Volumen II del Digesto Municipal en su inciso 3º establece que "El Director del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales, o los funcionarios de su dependencia que al efecto cometa, deberá formular las denuncias por ilícitos penales, dando cuenta al Intendente Municipal dentro del plazo de veinticuatro horas";
        3o.) que de acuerdo con lo establecido por la Resolución Nº 2.450/00, el Departamento de Actividades Productivas y Comerciales no existe más, y la ex-División Casinos pasó a depender de la División Administración de Personal;
        4o.) que en atención a lo expuesto, la Unidad de Actualización Normativa entiende que correspondería modificar el texto del inciso 3º del artículo R. 119 del Volumen II del citado cuerpo normativo, estableciendo que corresponderá al Director de la División Administración de Personal, o a los funcionarios de su dependencia que al efecto cometa, formular las denuncias por ilícitos penales, dando cuenta al Intendente Municipal dentro del plazo de veinticuatro horas;
        CONSIDERANDO: que la División Jurídica manifiesta su conformidad a la modificación propuesta y entiende pertinente dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el inciso 3º del artículo R. 119 del Volumen II del Digesto Municipal, estableciendo que corresponderá al Director de la División Administración de Personal, o a los funcionarios de su dependencia que al efecto cometa, formular las denuncias por ilícitos penales, dando cuenta al Intendente Municipal dentro del plazo de veinticuatro horas.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General, a fin de cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a la División Administración de Personal; a Casinos Municipales; y pase a la Unidad de Actualización Normativa, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-