VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Administración de Personal;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 2870/19 de fecha 10 de junio de 2019 se reglamentó el inciso cuarto del Artículo D.98.1 del Volumen III del Digesto, relativo a la modificación de la Carrera de los/as funcionarios/as pertenecientes a los Subescalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 - Oficial del Escalafón Obrero, previo cumplimiento de los requisitos definidos para cada carrera y subescalafón;
2º.) que asimismo se establecieron las carreras comprendidas en dicho proceso, así como los requisitos exigidos;
3º.) que por Resolución Nº 3339/19 de fecha 8 de julio de 2019 se modificó el literal a) del Art. 4º de la reglamentación aprobada por Resolución Nº 4206/14 de fecha 22 de setiembre de 2014, por el cual se establecen las condiciones para participar en el proceso de Certificación de Conocimientos y Habilidades;
4º.) que por Resolución Nº 3754/19 de fecha 29 de julio de 2019 se aprobó el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades para funcionarios/as del Escalafón Obrero, Subescalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 – Oficial, para el período 2019;
5º.) que por Resolución Nº 1570/20 de fecha 20 de abril de 2020 se mantuvieron las Resoluciones N° 2870/19 y N° 3339/19 en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos y se mantuvo para el período 2020, en todos sus términos, el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades aprobado por Resolución Nº 3754/19 de fecha 29 de julio de 2019;
CONSIDERANDO: 1º.) que la División Administración de Personal entiende pertinente mantener la vigencia de la mencionada reglamentación y del Programa de Capacitación de Conocimientos y Habilidades, para el periodo 2021;
2º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Establecer que para el período 2021 se mantiene la reglamentación aprobada por Resoluciones N° 2870/19 y N° 3339/19 de fecha 10 de junio de 2019 y 8 de julio de 2019 respectivamente, en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos.-
2º.- Mantener para el período 2021, en todos sus términos, el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades aprobado por Resolución Nº 3754/19 de fecha 29 de julio de 2019.-
3º.- Comuníquese a la Secretaría General para su conocimiento, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la División Asesoría Jurídica y a la Contaduría General, quienes lo pondrán en conocimiento de sus respectivas dependencias, y pase al Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas.-
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