Resolución N° 3408/19
Nro de Expediente:
2019-6400-98-000057
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
15/7/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
Ampliar el Área de Promoción denominada Bulevar José Batlle y Ordóñez - Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera y Proyecto "Entorno Mercado Modelo".-

Montevideo, 15 de Julio de 2019.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Área de Promoción Bulevar José Batlle y Ordoñez – Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera y el Proyecto “Entorno Mercado Modelo”;
          RESULTANDO: 1º) que el Área de Promoción Bulevar José Batlle y Ordoñez – Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera se encuentra graficada en la Lámina Nº II.17 de la Cartografía de la Memoria de Ordenación del Plan de Ordenamiento Territorial;
          2º) que en el Art. 45 de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible aprobadas por Decreto Nº 34.870 de fecha 25 de noviembre de 2013, se define dentro de los Territorios Estratégicos a los Ejes Urbanos, entre los cuales se encuentra en el numeral 1 el Eje Urbano Bulevar José Batlle y Ordóñez – Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera, así como las intervenciones territoriales específicas previstas en los ejes transversales, dentro de las que se menciona en el numeral 3 literal d) el “Ordenamiento del ámbito entorno del Mercado Modelo, ex Cilindro Municipal, ex Casa de Gobierno”; por lo que el Proyecto denominado “Entorno Mercado Modelo” se encuentra dentro de la referida área de promoción;
          3º) que en el desarrollo del Proyecto “Entorno Mercado Modelo” se definió un ámbito de actuación delimitado por la acera sur de Av. José Pedro Varela, desde José Bonaparte hasta Av. Dámaso Antonio Larrañaga; acera oeste de Av. Dámaso Antonio Larrañaga, desde Av. José Pedro Varela hasta Pernas; acera oeste de Pernas, desde Av. Dámaso Antonio Larrañaga hasta Brazo Largo; acera norte de Brazo Largo desde Pernas hasta Mª. Stagnero de Munar; acera oeste de Mª. Stagnero de Munar desde Brazo Largo hasta Apóstoles; acera norte de Apóstoles desde Mª. Stagnero de Munar hasta Felipe Sanguinetti; acera oeste de Felipe Sanguinetti, desde Apóstoles hasta Juan F. Martínez; acera norte de Juan F. Martínez, desde Felipe Sanguinetti hasta Carlos Crocker; acera oeste Carlos Crocker, desde Juan F. Martínez hasta Avellaneda; acera norte de Avellaneda, desde Carlos Crocker hasta Tomás Gomensoro; acera este de Tomás Gomensoro, desde Avellaneda hasta Chiávari; acera sur de Chiávari, desde Tomás Gomensoro hasta José Bonaparte; acera este de José Bonaparte desde Chiávari hasta Av. José Pedro Varela;
          4º) que en consecuencia, varias de las manzanas comprendidas en el ámbito de actuación del Proyecto Mercado Modelo no formarían parte del Área de Promoción Bulevar José Batlle y Ordoñez – Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera;
          5º) que conforme a lo anterior, el grupo de trabajo creado por Resolución Nº 4822/12 de fecha 5 de noviembre de 2012, entiende conveniente actualizar los límites del Área de Promoción Bulevar José Batlle y Ordoñez – Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera, a fin de que guarde la debida coherencia con el instrumento de planificación territorial en desarrollo, antes referido;
          6º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo trató las presentes actuaciones, informando que considera favorable ampliar la referida Área de Promoción de modo que quede comprendida la totalidad del ámbito de actuación del Proyecto Mercado Modelo;
          7º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado;
          CONSIDERANDO: 1º) lo dispuesto por los Artículos D.223.8 literal A) y D.223.63 del Volumen IV del Digesto;
          2º) que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
          1º. Ampliar el Área de Promoción denominada Bulevar José Batlle y Ordóñez - Avenida Dr. Luis Alberto de Herrera graficada en la Lámina Nº II.17 de la Cartografía de la Memoria de Ordenación del Plan de Ordenamiento Territorial, incorporando las manzanas comprendidas por:
          a) acera oeste de Pernas, desde Av. Dámaso Antonio Larrañaga hasta Brazo Largo;
          b) acera norte de Brazo Largo desde Pernas hasta Mª. Stagnero de Munar;
          c) acera oeste de Mª. Stagnero de Munar desde Brazo Largo hasta Apóstoles;
          d) acera norte de Apóstoles desde Mª. Stagnero de Munar hasta Felipe Sanguinetti;
          e) acera oeste de Felipe Sanguinetti, desde Apóstoles hasta Juan F. Martínez;
          f) acera norte de Juan F. Martínez, desde Felipe Sanguinetti hasta Av. Dámaso Antonio Larrañaga;
          g) acera este de Av. Dámaso Antonio Larrañaga, donde cierra el polígono a incorporar.-
          2º. Comuníquese a los Departamentos de Desarrollo Urbano y Secretaría General para cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a la División Asesoría Jurídica; a la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la División Planificación Territorial.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-