Resolución N° 3156/23
Nro de Expediente:
2019-2300-98-000013
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
03/07/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE RETIFICA LA VIGENCIA DEL NUMERAL 6º DE LA RESOLUCIÓN Nº 5387/19, DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2019.-

Montevideo, 03 de Julio de 2023.-
 

                         VISTO: que por Resolución Nro. 5387/19, de fecha 11 de noviembre de 2019, que aprobó la reglamentación del artículo 9º del Decreto Nro. 36.852, de fecha 25 de octubre de 2018, se delegó al amparo de lo dispuesto en el articulo 280 de la Constitución de la República, en las Direcciones Generales de los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros, adoptar las resoluciones que dispongan en forma fundada la no aplicación de las retroactividades alcanzadas por la norma que se reglamentó;

                         RESULTANDO:  1o.) que en el marco de la actualización del catastro comercial que el Servicio de Administración de Saneamiento está llevando adelante y conforme a los trabajos del área de Mantenimiento y Producción de Cuentas Corrientes que mediante nuevas herramientas informáticas procesará la vinculación de la información entre Obras Sanitarias del Estado – Intendencia de Montevideo, la Unidad Comercial sugiere gestionar que se deleguen esas competencias a la División Saneamineto;

2o.) que se sustenta la mencionada sugerencia en el hecho de facilitar la gestión administrativa derivado de que los desarrollos informáticos mencionados ut supra, permitiendo que se realicen altas de tarifas de saneamiento de manera masiva, potenciando así su rápida incorporación a los procesos de facturación:

3o.) que las Direcciones Generales de los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros entienden conveniente contar con la facultad de delegar la mencionada competencia, como mecanismo hábil para dar cumplimiento a los principios de economía, celeridad y eficiencia que rigen el desarrollo del procedimiento administrativo, recogidos en el literal f) del artículo R.24 del Volumen II del Digesto Departamental;

4o.) que a los efectos de evitar cualquier duda interpretativa respecto de la vigencia del numeral 6º de la Resolución Nº 5387/19, en virtud de los dispuesto por la Resolución Nº 4234/20 de 25/11/20 que dejo sin efectos las facultades delegadas conferidas hasta el presente mandato, se entiende necesario ratificar su vigencia;

                         CONSIDERANDO: que el Departamento de Desarrollo Ambiental, el Departamento de Recursos Financieros y la División Asesoría Jurídica se manifiestan de conformidad y estiman oportuno el dictado de resolución en tal sentido;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Consignar que lo dispuesto en el numeral 6º de la Resolución N.º 5387/19, de fecha 11 de noviembre de 2019, no resulto alcanzado por lo dispuesto por Resolución N.º 4234/20 de 25/11/20.-

2.- Ampliar el numeral 6º de la Resolución Nº 5387/19, de fecha 11 de noviembre de 2019 y delegar en las Direcciones Generales de los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Recursos Financieros, la facultad de delegar a su vez en las Direcciones de Divisiones o Servicios del respectivo Departamento, la potestad de adoptar las resoluciones que dispongan en forma fundada la no aplicación de las retroactividades alcanzadas por el artículo 7º del Decreto Nro. 32.957, de fecha 28 de mayo de 2009, con el agregado dispuesto y su agregado dispuesto por el articulo 9º del Decreto Nro. 36.852, de fecha 24 de diciembre de 2018.-

3.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Desarroollo Ambiental, a la División Saneamiento, a los Servicios de Ingresos Inmobiliarios. de Gestión Integrada de Cobro y pase a la División Administración de Ingresos.- 

 

 

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-