Resolución N° 2948/18
Nro de Expediente:
2017-1486-98-000002
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
2/7/2018


Tema:
REGLAMENTACION

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 1330/07 de fecha 16 de abril de 2007 y su modificativa Nº 2419/07 de fecha 5 de julio de 2007 y se hace efectiva la aplicación de la nueva Reglamentación de Evaluación Inicial aprobada por Resolución Nº 4266/16 de fecha 19 de setiembre de 2016.-

Montevideo, 2 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la reglamentación del proceso de Evaluación Inicial;
        RESULTANDO 1º.) que la Resolución Nº 4266/16 de fecha 19 de setiembre de 2016 modificó el Reglamento de Evaluación Inicial aprobado por las Resoluciones Nos. 1330/07 de fecha 16 de abril de 2007 y 2419/07 de fecha 5 de julio de 2017 racionalizando las exigencias en atención a las diferentes carreras;
        2º.) que la Resolución Nº 5454/09 de fecha 17 de diciembre de 2009 dispuso también un período a prueba de desempeño práctico por el término de 6 (seis) meses para los/las funcionarios/as vencedores/ras de los procesos de selección para la provisión de cargos pertenecientes a las Carreras comprendidas dentro del Escalafón de Conducción, Sub-Escalafones Dirección y Jefatura, durante el cual ejercerán el cargo en forma provisional;
        3º.) que la Resolución Nº 2503/10 de fecha 8 de junio de 2010 extendió este periodo a prueba sujeto a evaluación de desempeño al resto de Escalafones;
        4º.) que la Resolución Nº 583/12 de fecha 6 de febrero de 2012 aprobó un Protocolo de consideración de las distintas situaciones que puedan generarse entre otros en el proceso de Evaluación Inicial;
        5º.) que la Unidad Selección y Carrera Funcional informa que se han culminado las etapas de adaptación y desarrollo informático del Sistema de Calificaciones acorde a las pautas establecidas por la Resolución Nº 4266/16 de fecha 19 de setiembre de 2016;
        6º.) que el Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas advierte también que en la Resolución Nº 4266/16 citada se padeció error en la denominación del Escalafón al que pertenecen las Carreras 4201 Actor, 4205 Músico Instrumentista - Banda Sinfónica y 4206 Músico Instrumentista - Orquesta Filarmónica, por lo que solicita efectuar la correspondiente corrección por la denominación “Escalafón Cultural y Educativo – Sub-Escalafón Cultural y Educativo C2 - Carreras 4201 Actor, 4205 Músico Instrumentista - Banda Sinfónica y 4206 Músico Instrumentista - Orquesta Filarmónica”;
        CONSIDERANDO: 1º.) que el Servicio de Administración de Gestión Humana propone ajustar la normativa sobre Evaluación Inicial y derogar la Resolución Nº 1330/07 y su modificativa Resolución Nº 2419/07 para el ingreso de funcionarios/as, incluyendo aquellos que se hayan producido a partir del mes de junio de 2017 inclusive, comprendiendo además los casos que eventualmente quedaren amparados en los literales a, b, c y d del Art. D.36 del Volumen III del Digesto a partir de dicha fecha;
        2º.) que asimismo propone aplicar durante el periodo de prueba sujeto a evaluación de desempeño de los concursos internos dispuestos por las Resoluciones Nos. 5454/09 y 2503/10 los mismos factores de Evaluación Inicial dispuestos por la Resolución Nº 4266/16 actualmente recogidos en los Arts. R.238.38.4 al R.238.38.7 del Volumen III del Digesto, manteniendo la vigencia del procedimiento establecido en los Arts R.232.1.1 y R.232.1.2 del mismo cuerpo de normas;
        3º.) que la División Administración de Personal comparte lo sugerido y el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales entiende pertinente el dictado de la

        respectiva resolución;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nos. 1330/07 de fecha 16 de abril de 2007 y su modificativa 2419/07 de fecha 5 de julio de 2007.-
        2º.- Hacer efectiva la aplicación de la nueva Reglamentación de Evaluación Inicial aprobada por Resolución Nº 4266/16 de fecha 19 de setiembre de 2016 para todo los ingresos de funcionarios/as a la Administración a partir del 1º de junio de 2017 incluidos los anteriores a dicha fecha que eventualmente hubieran quedado comprendidos en los literales “a”, “b”, “c” y “d” del Art. D.36 del Volumen III del Digesto;
        3º.- Modificar el numeral 3 del Art. 2º de la Resolución Nº 583/12 del 6 de febrero de 2012 para los ingresos que se hayan producido a partir del mes de junio de 2017 inclusive, comprendiendo además los ingresos anteriores que eventualmente quedaren comprendidos en los literales a, b, c y d del Art. D.36 a partir de dicha fecha que quedará con la siguiente redacción:
        “3- Evaluación Inicial. Solo se computará el puntaje de Evaluación Inicial si la/el funcionaria/o no tiene puntaje de Evaluación del Desempeño culminada o Calificación General vigente con la salvedad indicada en el numeral 2. De encontrarse el o la funcionaria dentro de lo dispuesto por el Art. D. 36 del Volumen III del Digesto, se computará a estos efectos una Evaluación Inicial ficta de 80 (ochenta) puntos”;
        4º.- Extender la aplicación de los factores de Evaluación Inicial establecidos por la Resolución Nº 4266/16, recogidos en los Arts. R.238.38.4 al 238.38.7 del Volumen III del Digesto al periodo de prueba sujeto a evaluación de desempeño dispuesto por las Resoluciones Nos 5454/09 y 2503/10 de los/as funcionarios/as vencedores/as de concursos internos, manteniéndose el procedimiento establecido en los Arts. R.232.1.1 y R.232.1.2 del mismo cuerpo de normas;
        5º.- Modificar a partir del 1º de junio de 2017 la redacción del Art. R.238.38.4 del Volumen III del Digesto aprobada por Resolución Nº 4266/16 y agregar al mismo cuerpo de normas el Art. R.238.38.4.1, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
        “Articulo R.238.38.4 - La evaluación del desempeño inicial se efectuará en cada Escalafón de acuerdo a 8 (ocho) de los siguientes factores a excepción de aquellas Áreas, Carreras o Sub-Escalafones que se indicarán:
        ADAPTABILIDAD
        Este factor en forma genérica se refiere a la capacidad para adaptarse a la nueva situación laboral, el entorno, las condiciones de trabajo, las funciones asignadas, el relacionamiento con el vecino o usuario, asimilación de la nueva función social, la disposición de servicio, etc.
        APRENDIZAJE E INICIATIVA
        Este factor se refiere al interés en la mejora permanente, la atención y aplicación de conceptos, actitudes, metodologías y procedimientos brindados y sugeridos por los jerarcas respectivos. Actúa proactivamente por iniciativa propia, innovador, implementa ideas nuevas.
        INICIATIVA Y CREATIVIDAD
        Refiere al interés en la mejora permanente y la iniciativa para prever y hacerse cargo de los problemas con autonomía en su área de competencia, con un adecuado uso y administración de los recursos disponibles. Anticipa oportunidades especificas o posibles crisis.
        ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        Este factor se refiere a la regularidad y continuidad de la asistencia, puntualidad y permanencia efectiva en el lugar de trabajo y/o función asignada.
        DISCIPLINA
        Este factor se refiere a la actitud asumida en cuanto a la observación y cumplimiento de las normas reglamentarias y de las decisiones e instrucciones emanadas de las autoridades competentes, la conducta funcional (si ha sido objeto de observaciones y/o sanciones), así como el aseo y el arreglo personal de acuerdo a las tareas que realiza.
        RENDIMIENTO
        Este factor se refiere a la calidad, cantidad y/o volumen del trabajo realizado. Debe tenerse en cuenta la rapidez, oportunidad y seguridad en la ejecución y entrega y de ser requerido, el cumplimiento de objetivos, tiempos y plazos.
        RESPONSABILIDAD
        Este factor se refiere al grado de compromiso personal, actitud de servicio con que asume y lleva a cabo sus obligaciones.
        TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        Este factor se refiere a la cooperación que presta o solicita en forma espontánea a otros/as funcionarios/as, grupos y/o equipos de trabajo, a las relaciones interpersonales, con superiores, supervisados, pares, público y/o comunidad, en el debido marco de respeto y cortesía. Se ponderará además el grado de coparticipación en el logro de los objetivos del Área de trabajo.
        ATENCIÓN AL CIUDADANO
        Este factor refiere a la calidad, celeridad y predisposición de servicio y atención, tanto al público como a usuarios/as internos, en función de las tareas asignadas.
        CALIDAD DE TRABAJO
        Este factor se refiere a la confiabilidad demostrada en la ejecución de los trabajos, en términos de:
        - Aplicación y actualización de los conocimientos teórico prácticos de las actividades atinentes a su función;
        - Calidad de los resultados alcanzados (precisión, presentación, claridad, prolijidad, consistencia y cumplimiento de normas, métodos e instrucciones, según lo que mejor se adapte a cada caso);
        - Forma de atención y orientación al público y la diligencia en el tratamiento de los temas.
        HABILIDAD PARA LA SUPERVISIÓN
        Refiere a las habilidades y aptitudes para lograr resultados en cantidad, calidad, oportunidad, tiempo y forma a través del trabajo propio y de los/as supervisados/as. Deben tenerse en cuenta las habilidades para conducir, para cumplir las metas y objetivos establecidos, para promover el trabajo en equipo y para lograr el consenso y respeto del personal.
        TOMA DE DECISIONES
        Capacidad para la toma de decisiones ante situaciones que requieren de su intervención, analizando adecuadamente las alternativas y soluciones, asumiendo las responsabilidades que impliquen.
        PLANIFICACIÓN
        Análisis y/o determinación de objetivos y recursos en función de los lineamientos institucionales planteados. Estudio de alternativas para el cumplimiento de los objetivos, medición y corrección. Adaptación a nuevas circunstancias y determinación de estrategias viables para acceder a los objetivos planteados.
        CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
        Este factor refleja el nivel de cumplimiento en tiempo y forma de los objetivos planteados en la planificación.
        TÉCNICA INDIVIDUAL, APRENDIZAJE, INICIATIVA Y CREATIVIDAD
        Se refiere a la capacidad técnica que muestra el/la funcionario/a en el estudio, interpretación o ejecución de las obras completas o parciales en las que deba participar, considerado individualmente.
        De corresponder, la iniciativa para sugerir o resolver problemas o situaciones no previstas, actualización de conocimientos atinentes a su función.
        TÉCNICA COLECTIVA Y RELACIONAMIENTO
        Se refiere a la capacidad técnica que muestra el/la funcionario/a en la interpretación o ejecución de las obras completas o parciales en las que deba participar considerando su desempeño e integración al grupo o colectivo respectivo.
        También la cooperación que presta o solicita en forma espontánea al resto de los/as integrantes, las relaciones interpersonales, con superiores, supervisados/as, pares, público y/o comunidad, en el debido marco de respeto y cortesía. Se ponderará además el grado de participación en el logro de los objetivos del Área de trabajo.
        ENSAYO
        Este factor se refiere a la adhesión del/la funcionario/a a los planes de ensayo dispuestos por sus responsables, considerando la puntualidad, asistencia, concentración y respeto.
        Articulo R.238.38.4.1 - Para cada Escalafón se utilizará un Tipo de Evaluación en el que dichos factores ponderarán diferente según se establece en el Art. R.238.38.6 y de acuerdo al siguiente detalle, pudiendo además, la División Administración de Personal, disponer Tipos de Evaluación específicos en función de Áreas, Sub-Escalafones o Carreras que lo ameriten:
        ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO
        · Factor 1: APRENDIZAJE E INICIATIVA
        · Factor 2: ATENCIÓN AL CIUDADANO
        · Factor 3: RENDIMIENTO
        · Factor 4: RESPONSABILIDAD
        · Factor 5: ADAPTABILIDAD
        · Factor 6: TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 7: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        · Factor 8: DISCIPLINA
        ESCALAFÓN OBRERO - Sub-Escalafones O1, O2 y O3.
        · Factor 1: ADAPTABILIDAD
        · Factor 2: RESPONSABILIDAD
        · Factor 3: DISCIPLINA
        · Factor 4: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        · Factor 5: TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 6: RENDIMIENTO
        · Factor 7: ATENCIÓN AL CIUDADANO
        · Factor 8: APRENDIZAJE E INICIATIVA
        ESCALAFÓN OBRERO - Sub-Escalafón O4 y ESCALAFÓN ESPECIALISTA PROFESIONAL Sub-Escalafones E1 y E2.
        · Factor 1: RESPONSABILIDAD
        · Factor 2: RENDIMIENTO
        · Factor 3: ADAPTABILIDAD
        · Factor 4: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        · Factor 5: TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 6: ATENCIÓN AL USUARIO
        · Factor 7: APRENDIZAJE E INICIATIVA
        · Factor 8: DISCIPLINA
        ESCALAFÓN ESPECIALISTA PROFESIONAL -Sub-Escalafón E3; ESCALAFÓN CULTURAL Y EDUCATIVO (Excepto Carreras 4201/4205/4206) y ESCALAFÓN PROFESIONAL Y CIENTÍFICO.
        · Factor 1: CALIDAD DE TRABAJO
        · Factor 2: RENDIMIENTO
        · Factor 3: TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 4: RESPONSABILIDAD
        · Factor 5: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        · Factor 6: ATENCIÓN AL CIUDADANO
        · Factor 7: APRENDIZAJE E INICIATIVA
        · Factor 8: ADAPTABILIDAD
        ESCALAFÓN CULTURAL Y EDUCATIVO
        Sub-Escalafón C2- Carreras 4201/4205/4206
        Este Tipo de Evaluación Inicial se aplicará a los Actores (4201), Músicos Instrumentistas – Banda Sinfónica (4205) y Músicos Instrumentistas – Orquesta Sinfónica (4206), que se incorporen a dichas áreas, considerando los siguientes factores específicos:
        · Factor 1: ADAPTABILIDAD
        · Factor 2: RENDIMIENTO
        · Factor 3: TÉCNICA INDIVIDUAL, APRENDIZAJE INICIATIVA Y CREATIVIDAD
        · Factor 4: TÉCNICA COLECTIVA Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 5: ENSAYO
        · Factor 6: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA
        · Factor 7: RESPONSABILIDAD
        · Factor 8: DISCIPLINA
        ESCALAFÓN DE CONDUCCIÓN
        · Factor 1: PLANIFICACIÓN
        · Factor 2: TRABAJO EN EQUIPO Y RELACIONAMIENTO
        · Factor 3: CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
        · Factor 4: HABILIDAD PARA LA SUPERVISIÓN
        · Factor 5: TOMA DE DECISIONES
        · Factor 6: INICIATIVA Y CREATIVIDAD
        · Factor 7: RESPONSABILIDAD
        · Factor 8: ASIDUIDAD Y PERMANENCIA”
        6°.- Comuníquese a la Secretaría General, a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a todas las Divisiones, y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana para su conocimiento y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-