Resolución N° 2947/11
Nro de Expediente:
4740-062607-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/6/2011


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se establece a partir de la fecha de la presente Resolución por concepto de contrato de funcionarios inspectores o conductores, una remuneración equivalente a lo que se percibe por concepto de viáticos, distinguiendo entre días hábiles, fines de semana y feriados.-

Montevideo, 30 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: la facultad conferida a la Intendencia de Montevideo por el Art. 1o. del Decreto No. 23.857, de 17 de diciembre de 1987;
        RESULTANDO: 1o.) que la División Tránsito y Transporte a través del Servicio de Vigilancia informa que en la actualidad el monto establecido para los servicios prestados por inspectores de tránsito es diferente si se trata de un viático o de un contrato con particulares;
        2o.) que para el caso de los contratos de funcionarios inspectores no se contempla la diferencia de precio y por ende de remuneración entre lo percibido en días hábiles, fines de semana y feriados;
        CONSIDERANDO: que la División Tránsito y Transporte estima oportuno el dictado de resolución al respecto;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. A partir de la fecha de la presente Resolución, por concepto de contrato de funcionarios inspectores o conductores, se fija una suma que implique la percepción por el funcionario de una remuneración equivalente a lo que se percibe por concepto de viáticos, distinguiendo entre días hábiles, fines de semana y feriados.-
        2. La actualización de los valores que se establezcan se hará en forma conjunta y con igual criterio que los ajustes salariales de los funcionarios de la Intendencia.-
        3. Al calcular el monto a fijar, se deberá considerar que el 50% del producido del precio es lo que se destina al pago de la compensación extraordinaria de los funcionarios que presten el servicio, conforme lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto No. 23.957, en la redacción dada por el artículo 1o. del Decreto No. 28.072.-
        4. Comuníquese al Departamento de Movilidad, a las Divisiones Asesoría Jurídica, de Información y Comunicación, al Servicio de Vigilancia y pase a la División Tránsito y Transporte.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-