Resolución N° 2522/17
Nro de Expediente:
2017-4200-98-000004
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
12/6/2017


Tema:
CREAR

Resumen:
Crear con carácter honorario, el Consejo Artístico del Teatro Solís (CATS).-

Montevideo, 12 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: la conveniencia de crear el Consejo Artístico del Teatro Solís, el cual tendrá carácter honorario;
        RESULTANDO: 1) que la actual administración de la Intendencia de Montevideo ha tomado entre sus prioridades el desarrollar al máximo la actividad transversal y colaborativa entre las diversas Unidades y Servicios de los distintos Departamentos.
        2) que existe una profunda y arraigada relación entre los elencos estables y el Teatro Solís, así como un natural alineamiento entre sus misiones y cometidos institucionales;
        3) que los cuerpos estables cuentan con direcciones artísticas que poseen experiencia en sus respectivas áreas de actividad, así como también cuentan con referencias de proyectos artísticos que tienen particular incidencia en la programación artística del Teatro;
        4) que la Dirección del Teatro Solís ha planteado en diversas ocasiones su necesidad y acuerdo con recibir apoyo para desarrollar tanto las políticas generales como los productos específicos, que configuran la programación del Teatro;
        5) que el Departamento de Cultura considera que el trabajo en equipos de personal calificado mejora tanto el resultado artístico y cultural como económico de la gestión de las Unidades;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende pertinente proveer de
        conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE
        1o.-Crear con carácter honorario el Consejo Artístico del Teatro Solís (CATS).-
        2o.-Establecer que los cometidos de dicho Consejo serán de asesoramiento trabajando en conjunto con la Dirección del Teatro Solís en la:
        - programación de contenidos artísticos para las diversas salas y espacios
        - programación de contenidos socio – culturales
        - definición de ciclos, temporadas, encuentros, seminarios, talleres, actividades educativas y socioculturales
        - definición de residencias artísticas
        - planificación de llamados y convocatorias a proyectos y/o coproducciones
        - coordinación con las áreas de dirección técnica y económica financiera a fin de que todo proyecto cuente con los avales de viabilidad correspondientes.-
        3o.-Disponer que el Consejo estará integrado en forma permanente por las Direcciones del Teatro Solís, de la Comedia Nacional, de la Orquesta Filarmónica de Montevideo y de la Banda Sinfónica de Montevideo, así como por un/a delegado/a designado/a por la Dirección General de Cultura.-
        4o.-Determinar que el Consejo deberá reunirse al menos una vez al mes, estableciendo con por lo menos 4 (cuatro) meses de anticipación del fin de cada año la programación general del siguiente año, pudiendo requerir del asesoramiento a profesionales nacionales o extranjeros que el CATS considere pertinente a los efectos de recabar proyectos y/o propuestas externas.-
        5o.-Establecer que el Consejo sesionará con mayoría simple de miembros. Las resoluciones se adoptarán por mayoría simple de presentes. Las mismas no tendrán carácter vinculante, sino de asesoramiento y cada voto deberá ser fundado, dejándose constancia en actas.-
        6o.-Disponer la obligatoriedad de llevar un Libro de Actas en el cual deberá dejarse constancia de todo lo trabajado y de las resoluciones adoptadas por el Consejo.-
        7o.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, Promoción Cultural y pase -por su orden- a la Unidad Teatro Solís y a la División Promoción Cultural a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-