Resolución N° 2395/08
Nro de Expediente:
4001-001034-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
2/6/2008


Tema:
VARIOS

Resumen:
Exonerar en un 100% el monto correspondiente a Tasa de Regularización en las solicitudes de Permisos de Construcción correspondientes a regularización de obras realizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2007, que sean presentadas antes del 30 de junio de 2009 y exonerar en un 100% la Tasa por Tolerancia, para los casos de obras sin permiso cuyo valor real no exceda los $ 348.000,oo (Arts. 18º, 19º y 20º del Decreto Departamental Nº 32.265 del 30/X/07).-

Montevideo, 2 de Junio de 2008.-
 
        VISTO: que el Art. 18º del Decreto Departamental Nº 32.265 del 30/X/07, promulgado por Resolución Nº 170/08 de 8/I/08, establece que las obras que no posean Permiso de Construcción son pasibles de la aplicación del impuesto a la Edificación Inapropiada;
        RESULTANDO: que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones informa que: a) esto ha significado una modificación en su aplicación, pasando a abarcar todos los padrones del suelo urbano del Departamento, con excepción de aquellos cuyo destino sea vivienda y su valor real catastral sea inferior o igual a $ 176.923, actualizables anualmente; b) en tal sentido se faculta a esta Intendencia Municipal a reducir hasta un 100% y hasta el 30/VI/09 el monto correspondiente a Tasas de Regularización de Obras y Construcciones y las correspondientes a Tolerancias siempre que el valor real de la obra sin permiso no excedan los $ 358.000,oo (Art. 19º y 20º del mencionado Decreto) y c) por lo expuesto promueve su reglamentación;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde procede de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Exonerar en un 100% (cien por ciento) el monto correspondiente a Tasa de Regularización en las solicitudes de Permisos de Construcción correspondientes a regularización de obras realizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2007, que sean presentadas antes del 30 de junio de 2009.-
        2º.- Exonerar en un 100% (cien por ciento) la Tasa por Tolerancia, para los Permisos de Construcción referidos en el Numeral 1º, para casos de obras sin permiso cuyo valor real no exceda los $ 348.000,oo (trescientos cuarenta y ocho mil pesos uruguayos).-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-