Resolución N° 2389/21
Nro de Expediente:
2021-8010-98-000080
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
05/07/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
FIJAR PRECIOS - FIJAR LOS PRECIOS POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL EX CLUB NEPTUNO COMO LOCACIÓN PARA EL RODAJE DE PRODUCCIONES AUDIOVISUALES.-

Montevideo, 05 de Julio de 2021.-
 

                         VISTO: estas actuaciones promovidas por la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual relacionadas con la propuesta de precios para uso de las instalaciones del ex Club Neptuno como locación para rodajes audiovisuales;

                         RESULTANDO:       1o.) que se considera al inmueble como una locación de alto interés para el sector audiovisual para los servicios de producción de series internacionales, set de múltiples usos y de alquiler de mobiliario;

                                                            2o.) que de acuerdo al tarifario por el uso de locaciones aprobado por Resolución N° 671/13 del 12 de febrero de 2013, se estima su costo similar al precio estipulado para oficinas, escaleras y pasillos del Palacio Municipal;

                                                            3o.) que por tratarse de una locación que no genera por su uso perjuicios en el espacio público, ni alteraciones de oficinas o dependencias departamentales, la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual entiende que el valor de la tarifa puede ser menor en caso de servicios de producción, al no generar impacto negativo;

                                                            4o.) que las instalaciones del club se encuentran en los Padrones Nº 2.432 y Nº 141.004 (Manzana Nº 2 de la ciudad de Montevideo), de propiedad de este Gobierno Departamental, habiendo sido cedido su uso al Club Neptuno en el año 1935.El ultimo plazo de concesión venció el 25 de abril de 2010, habiendo mantenido actividad en calidad de comodatario precario hasta el cese de su actividad.y que la posesión del inmueble y sus instalaciones fueron entregados a esta Intendencia  por el síndico designado en el concurso ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 2° Turno de Montevideo y la administración se encuentra a cargo del Departamento de Secretaría General a partir del 14 de julio del 2020, por lo cual le compete a dicho departamento expedirse sobre la propuesta planteada;

                                                            5o.) al mismo tiempo el inmueble genera para esta Intendencia un costo fijo en seguridad y limpieza a cargo del Servicio de Convivencia definidos como costos operativos;

                                                            6o.) a tales efectos la unidad gestionante eleva una propuesta de los precios de uso de la mencionada locación que se adjunta (Tarifas Neptuno), en los que se incluye un canon por los costos operativos fijados por el Servicio de Convivencia Departamental;

                                                      7o.) que la Asesora Legal del Departamento de Cultura informa que debido a las condiciones edilicias se ha realizado un informe de seguridad que se adjunta a la presente resolución, de la cual se desprende que el inmueble cuenta con afecciones constructivas y estructurales;

                                                            8o.) que por lo tanto para gestionar el uso del Club Neptuno como locación, se deberá recabar la conformidad de las oficinas técnicas respectivas y deberá estar condicionado a los requerimientos de seguridad edilicia determinados caso a caso y en ese sentido ante cada solicitud del Club Neptuno como locación se deberá recabar la conformidad de las oficinas técnicas respectivas;

                                                             9o.) que si la Intendencia de Montevideo constata que no se está cumpliendo con la disposición del párrafo anterior o que se está circulando por sectores no autorizados o no se está cumpliendo con el plan de control de riesgos presentado por el arquitecto de parte, podrá en forma inmediata, sin aviso previo y unilateralmente rescindir el contrato debiendo el solicitante retirarse del edificio sin que se genere ningún tipo de compensación por este hecho;

                                                            10o.) que el Asesor Jurídico del Departamento de Secretaría General entiende que la sugerencia efectuada por la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual resulta razonable y está proporcionada en relación a los costos de arrendamiento de otros espacios públicos;

                                                            11o.) que algunos de los sectores de la edificación se encuentran en una situación estructural muy comprometida (sectores rojos), el resto de la edificación tiene patologías propias de la falta de

mantenimiento. El ingreso de agua durante los periodos de lluvia, la falta de acciones de protección de los elementos constructivos hace que el edificio se vaya deteriorando en forma progresiva; no pudiendo prever al mediano plazo

situaciones de degradación que puedan generar un riesgo para los ocupantes;

                                                          12o.) Con el fin de evitar situaciones no deseadas para el uso como locación de rodajes audiovisuales se implementó la necesidad de contar con un Plan de Gestión de Riesgos Edilicios el cual será

responsabilidad de la Productora quien lo comunicará al Área de Seguridad Edilicia y deberá estar avalado por Arquitecto o Ingeniero Civil registrado ante la IdeM;

                                                           13o.) que es requisito que previo a la realización del plan, el técnico actuante tenga una reunión en el lugar con el Sector  Seguridad Edilicia para transmitir el conocimiento adquirido por este sector;

                                                            13o.) que sin perjuicio de esto esta Intendencia se reserva la posibilidad de controlar que el plan se cumpla o realizar las observaciones o aclaraciones que entienda pertinentes y el no cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Gestión de Riesgos Edilicios debería tener consecuencias jurídicas;

                                                            14o.) que la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual informa  que los rodajes que se realizan en el Ex Club Neptuno se llevan a cabo cumpliendo con los términos y consideraciones expresadas por el Sector Seguridad Edilicia;

                         CONSIDERANDO:   1o.) los informes jurídicos de los Asesores Legales del Departamento de Secretaría General y Cultura y el Informe de Seguridad Edilicia;

                                                            2o.) que se encuentra vigente la Resolución N° 47/13 del 3 de enero de 2013 que aprobó el reglamento de uso de los diferentes espacios, edificios, y paseos públicos de la ciudad de Montevideo que sean utilizados como locación con fines relacionados con la producción audiovisual;

                                                            3o.) que el Departamento de Cultura se manifiesta de conformidad;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.- Aprobar las siguientes tarifas de uso de las instalaciones del ex Club Neptuno para producciones cinematográficas y audiovisuales propuestas por la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual de acuerdo al siguiente detalle:

PRECIOS PARA RODAJES PUBLICITARIOS

Tarifa en horas de uso

HORA DE RODAJE: 4 UR

COSTO OPERATIVO por hora: 2 UR

BASE DE PRODUCCIÓN: 2 UR la hora

COSTO OPERATIVO por hora de base de producción: 2 UR

PRECIOS PARA RODAJES SERVICIOS DE PRODUCCIÓN PARA SERIES

Precio único para jornadas de 8 o más horas. En caso de jornadas cortas se cobra 3 UR por hora de rodaje, 1 UR por hora de montaje de arte y 1 UR por hora de base de producción.

JORNADA DE RODAJE: 30 UR

COSTO OPERATIVO por jornada durante rodaje: 8,5 UR

JORNADA DE MONTAJE O DESMONTAJE DE SET: 8 o 10 UR

COSTO OPERATIVO por jornada de montaje o desmontaje: 3 UR

JORNADA DE BASE DE PRODUCCIÓN: 5 UR

COSTO OPERATIVO: 2 UR

En el caso de cover-set en tiempos prolongados, se cobrará lo mismo para las jornadas de rodaje y de montaje y desmontaje.

Se agregan las siguientes tarifas:

JORNADA DE DISPONIBILIDAD para cover-set sin uso y con hasta tres sets armados: 3,5 UR

COSTO OPERATIVO por jornada de disponibilidad: 1,5 UR

PRECIOS DE MOBILIARIO A UTILIZAR COMO ARTE en rodajes de series fuera de Club Neptuno

Se estima el precio tomando como base ítems similares contemplados en la resolución 671/13 (“bancos de plaza – 1 UR”), con la consideración de que es mobiliario que no se utiliza y está en su mayoría deteriorado. No se calcula en base a días sino por unidad, quedando a criterio de UGFA el costo de uso por periodos largos. Lo que no sea contemplado en los siguientes artículos quedará a criterio de UGFA y Convivencia. Lo recaudado de mobiliario será un 50% para UGFA y un 50% para Convivencia Departamental.

1 LOCKER de Vestuario: 1 UR

1 Banco de vestuario: 1 UR

1 Aparato de gimnasio: 1 UR

2o.- Disponer que el uso como locación del ex Club Neptuno deberá estar condicionado a los requerimientos de seguridad edilicia, determinados caso a caso y en ese sentido ante cada solicitud, se deberá recabar la conformidad de las oficinas técnicas respectivas.

3o.- Establecer que es responsabilidad de cada productora elaborar un Plan de Gestión de Riesgos Edilicios que deberá estar avalado por un arquitecto o ingeniero civil registrado ante esta Intendencia y deberá ser comunicado con anticipación al inicio de las actividades al Sector Seguridad Edilicia de la División Espacios Públicos y Edificaciones, de acuerdo a lo establecido en el Informe de Seguridad Edilicia de fecha 5 de mayo de 2021 luciente en obrados.-

4o.- Establecer que lo generado por el uso de este espacio con destino a producciones fílmicas o audiovisuales, será volcado a la cuenta extrapresupuestal  "Programa de Apoyo a la Coproducción del Sector Audiovisual", dependiente del Departamento de Cultura, Unidad de Locaciones Montevideanas”.

5o.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, Recursos Financieros y Desarrollo Urbano; a la Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones y Prensa y Comunicación; a los Servicios Contralor de la Edificación - Seguridad Edilicia y Convivencia Departamental; a la Asesora Legal del Departamento de Cultura y pase a la Unidad Gestión y Fomento Audiovisual a sus efectos.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-