VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Ambiental aprobada por Resoluciones Nos. 4264/10 de 15 de setiembre de 2010, 6112/18 de 31 de diciembre de 2018 y 1840/22 de 11 de mayo de 2022;
RESULTANDO: 1o.) que acorde a las políticas de gestión ambiental que viene desarrollando dicho Departamento, se requiere realizar un trabajo educativo y de sensibilización que involucre a todos los vecinos y vecinas en el cuidado ambiental del departamento de Montevideo, siendo necesaria la adecuación de programas específicos orientados a organizaciones sociales, cooperativas, colectivos, centros educativos y personas comprometidas con el ambiente, cuyo objetivo es la prevención y la promoción de soluciones colectivas a eventuales conflictos ambientales que se generen a nivel local;
2o.) que esta Administración se propone una mejora radical de la limpieza de Montevideo, con soluciones diferenciadas para los diversos barrios de todo el departamento y que incluyen la mejora del servicio de recolección de residuos domiciliarios, recuperación, valorización de materiales reciclables y voluminosos, fortalecimiento de las capacidades de gestión de esta Intendencia y planes de inclusión social, lo que implica en forma imprescindible un fuerte acompañamiento de la dimensión social;
3o.) que con fecha 20 de julio de 2020 se dictó la Resolución N.º 2600/20, por la cual se creó una "Unidad Social", dependiente de la Dirección del Servicio Obras de Saneamiento cuyo objetivo es apoyar el Programa de Conexiones Intradomiciliarias, al Fondo de Saneamiento, al Servicio de Obras de Saneamiento, a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento y al Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento, siendo además la contraparte social frente al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el Plan de Saneamiento en ejecución;
4o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental considera pertinente un cambio en la estructura orgánico-administrativa que permita potenciar, transversalizar e institucionalizar el trabajo social que se realiza, con el objetivo de atender la dimensión social en forma integral, abordando las distintas áreas de trabajo, incluyendo el apoyo a los cometidos de la División Limpieza, la Gerencia de Gestión Ambiental y otras áreas que integran su estructura orgánica;
5o.) que a efectos de optimizar los recursos, se entiende oportuno la creación de la Unidad Socio-Ambiental, quien dependerá en línea directa de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental, conjuntamente con la creación dentro de dicha Unidad, de un área que se denominará Despliegue Territorial;
6o.) que se propone incorporar a la nueva Unidad, las compentencias de educación ambiental del Equipo Técnico de Educación Ambiental, dejándolo a éste sin efecto como tal y también a la Unidad Social, estableciendo que el Sistema de Gestión Ambiental de Playas (SGA) pase a depender de la Gerencia de Gestión Ambiental;
CONSIDERANDO: 1o.) que para realizar dichos cambios es imprescindible modificar la actual estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Ambiental y dejar sin efecto la Resolución 1840/22 de 11 de mayo de 2022;
2o.) que la Dirección General del citado Departamento y los Directores de las Divisiones Limpieza y Saneamiento se manifiestan de conformidad;
3o.) que el Departamento de Secretaría General estima pertinente dictar resolución al respecto;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 1840/22 de 11 de mayo de 2022.-
2°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 2600/20 de 20 de julio de 2020, mediante la cual se creó la “Unidad Social” dependiente de la Dirección del Servicio Obras de Saneamiento, incorporando sus cometidos a la “Unidad Socio-Ambiental”, que se crea en el numeral 4o. de la presente resolución.-
3º.- Dejar sin efecto el Equipo Técnico de Educación Ambiental (ETEA) perteneciente a las Áreas de Planeamiento, Coordinación, Monitoreo y Apoyo, incorporando las competencias de educación ambiental a la “Unidad Socio-Ambiental” que se crea en el numeral 4o. de la presente resolución.-
4º.- Crear la “Unidad Socio-Ambiental”, la que dependerá jerárquicamente del Departamento de Desarrollo Ambiental cuyos cometidos serán potenciar, transversalizar e institucionalizar el trabajo social que se realiza en dicho Departamento, con el objetivo de atender la dimensión social en forma integral, abordando las distintas áreas de trabajo, incluyendo el apoyo a los cometidos de las Divisiones Limpieza, Saneamiento, la Gerencia de Gestión Ambiental y otras áreas que integran su estructura orgánica.-
5º.- Establecer que la “Unidad Socio-Ambiental” que se crea por el numeral anterior, será la contraparte social de los Planes de Saneamiento Urbano de Montevideo, frente al Banco Interamericano de Desarrollo.-
6º.- Crear dentro de la Unidad Socio-Ambiental el área “Despliegue Territorial”, que tendrá por cometido el abordaje operativo en territorio de los nuevos proyectos, así como ser el nexo con otras áreas operativas de esta Intendencia.-
7º.- Establecer que el Sistema de Gestión Ambiental de Playas (SGA) pasará a depender de la Gerencia de Gestión Ambiental.-
8º.- Modificar parcialmente el literal H) del numeral 2°) de la Resolución N° 4264/10 en la redacción dada por la Resolución N° 6112/18 de 31 de diciembre de 2018, relativo a la estructura orgánico-administrativa del Departamento de Desarrollo Ambiental, acorde a lo establecido en la parte expositiva de la presente resolución, manteniendo incambiada la estructura orgánica del resto de las dependencias del referido Departamento.-
9°.- Encomendar a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento que curse comunicación de la presente resolución al Banco Interamericano de Desarrollo.-
10°.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a Contaduría General, a las Divisiones Limpieza, Saneamiento, Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Información y Comunicación y pase al Departamento de Desarrollo Ambiental para realizar las notificaciones correspondientes.-
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