Resolución N° 1951/16
Nro de Expediente:
1001-014065-16
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/5/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se sustituye el numeral 1 del Artículo 3º de la reglamentación aprobada por el numeral 2º de la Resolución Nº 5182/01, de 31 de diciembre de 2001, referente a la evaluación por la Comisión Asesora de Inversiones de las propuestas tendientes a desarrollar e incentivar las inversiones en el Departamento de Montevideo, el que quedará redactado de la forma que se establece.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: las Resoluciones N° 68/07, de 5 de enero de 2007 y 4992/15, de 26 de octubre de 2015, referidas a la creación, integración y funcionamiento de la Comisión Asesora de Inversiones;
        RESULTANDO: 1°) que el cometido fundamental de dicha Comisión es analizar las propuestas tendientes a desarrollar e incentivar las inversiones en el Departamento de Montevideo desde el punto de vista de su factibilidad económico-financiera, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, los urbanísticos, jurídicos y de desarrollo sostenible;
        2°) que para los casos en que se entienda adecuado calificar de Interés Departamental alguna de las propuestas recibidas, resulta conveniente que ésta sea directamente efectuada por la Comisión Asesora de Inversiones, con la participación, eventualmente, de los Alcaldes de los respectivos Municipios así como de los funcionarios mencionados en el numeral 2° de la Resolución N° 4992/15;
        3°) que del mismo modo, corresponde extender la intervención de la citada Comisión, de modo de abarcar también la evaluación de las propuestas presentadas en el marco de lo establecido por el Artículo 8° del Decreto N° 26.207, de 13 de diciembre de 1993, en la redacción establecida por el Artículo 1° del Decreto N° 27.957, de 30 de marzo de 1998, referente a la realización de obras públicas departamentales, mejor aprovechamiento de los espacios públicos, o la prestación de servicios que requieran infraestructuras ubicadas en bienes públicos departamentales (Artículo D.2241.34 del Digesto Departamental, Volumen VIII, “Contratos de la Administración”, Parte Legislativa);
        CONSIDERANDO: lo establecido en el Artículo 278 de la Constitución de la República y la pertinencia de modificar el Artículo R. 1007 del mismo Volumen del Digesto Departamental, reglamentario de los decretos precedentemente mencionados;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Sustituir el numeral 1 del Artículo 3º de la reglamentación aprobada por el numeral 2º de la Resolución Nº 5182/01, de 31 de diciembre de 2001 (Artículo R.1007 numeral 1 del Digesto Departamental, Volumen VIII “Obras”, Parte Reglamentaria) el que quedará redactado del siguiente modo:
        "1. La Comisión Asesora de Inversiones evaluará las propuestas presentadas y aconsejará en forma fundada sobre la conveniencia de declararlas de interés departamental y llamar a licitación para la ejecución de las mismas."
        2. Delegar en la Comisión Asesora de Inversiones las siguientes facultades:
        a) declarar de interés departamental las propuestas presentadas ante esta Intendencia, en el marco de las previsiones de los Decretos N° 26.207, de 13 de diciembre de 1993 y N° 27.957, de 30 de marzo de 1998;
        b) aprobar los pliegos de condiciones y efectuar los llamados correspondientes, de acuerdo a lo establecido en los decretos citados;
        c) declarar asimismo de interés departamental las propuestas presentadas ante esta Intendencia tendientes a desarrollar e incentivar inversiones en el Departamento de Montevideo, de conformidad con el cometido asignado por el numeral 1° de la Resolución N° 68/07, de 5 de enero de 2007.
        3. A los efectos del ejercicio de las facultades referidas, la Comisión Asesora se integrará, si correspondiera, con los funcionarios mencionados en el numeral 2° de la Resolución N° 4992/15, de 26 de octubre de 2015 y con los Alcaldes de los Municipios respectivos, según los impactos específicos que pudieran derivarse de las propuestas en análisis.
        4. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Información y Comunicación, Asesoría Jurídica, a la Contaduría General y pase al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional a sus efectos.
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-