Resolución N° 1905/07
Nro de Expediente:
8914-000039-07
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
1/6/2007


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar plano de mensura y fraccionamiento del padrón Nº 420817, y modificaciones al límite del Suelo Urbano, del Sector 10, Norte de Camino Carrasco y Artículos del Plan Montevideo.

Montevideo, 1 de Junio de 2007.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones referidas a la solicitud de aprobación del Plano de Mensura y Fraccionamiento del inmueble empadronado con el Nº 420817, propiedad de la firma Datylco S.A.;
          RESULTANDO: 1º) que el referido inmueble se encuentra ubicado en el Sector 10, norte de Camino Carrasco del Suelo Suburbano o Potencialmente Urbanizable según clasificación definida en el Decreto Nº 28242, "Plan Montevideo";
          2º) que la Intendencia Municipal de Montevideo de conformidad con el Decreto de la Junta Departamental Nº 29471 de fecha 17 de mayo de 2001 y modificativo Nº 29714 de fecha 22 de noviembre de 2001, aprobó el Programa de Actuación Urbanística de Sector 10 (PAU 10) y delimitó una Unidad de Actuación autorizando el inicio del proceso urbanizador previsto en el Art. D. 85 del Plan Montevideo;
          3º) que el fraccionamiento del padrón Nº 420817 al que refieren estas actuaciones forma parte del proceso urbanizador actualmente en ejecución y cuyo desarrollo se realiza de acuerdo al Régimen Específico cuyos contenidos básicos se establecen en el Decreto Nº 29471 antes referido;
          4º) que por Resolución Nº 4463/05 de fecha 3 de octubre de 2005, establecida en exp. Nº 6410-000979-05 fueron aprobadas las alineaciones de las calles que conforman el amanzanamiento que fuese proyectado en los padrones Nº 420452 y 420453 (actuales padrones Nº 420817 y 420818) graficadas en al plano Nº 20526 del Servicio de Regulación Territorial;
          5º) que según consta en informe del Servicio de Escribanía a fs. 20 del exp. Nº 6410-003171-06 con fecha 7 de febrero de 2007 fueron escrituradas a favor de la Intendencia Municipal de Montevideo las fracciones señaladas con las letras K, L y M del Plano del Ing. Agrim. Aldo Cassinelli inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 39723 el 28 de noviembre de 2006 y que corresponden con las áreas destinadas a calles y Espacios Libres que afectan al padrón Nº 420817;
          6º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) las manzanas se grafican y acotan en un todo de acuerdo al plano de alineaciones Nº 20526 aprobado en Resolución Nº 4463/05 de fecha 3 de octubre de 2005;
          b) las servidumbres de escurrimiento y desagüe de aguas pluviales se expresan correctamente;
          c) los lotes cuentan con abastecimiento de agua corriente de O.S.E.;
          d) los lotes proyectados cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto Nº 29471 y su modificativo Nº 29714 en cuanto a frentes, fondos y superficies mínimas con excepción del solar 14 de la manzana D que no tiene el fondo mínimo de 30 metros como consecuencia del estrangulamiento que sufre la manzana por parte de la calle Nº 3 en su confluencia con la calle Nº 1;
          e) de acuerdo al Art. D. 118 del P.O.T., podría aprobarse el referido lote por tratarse de un predio irregular;
          7º) en exp. Nº 8914-000198-06 se calculó el Precio Compensatorio correspondiente al Mayor Aprovechamiento referente al padrón Nº 420817 de acuerdo a las pautas y directivas establecidas en informe del Servicio de Catastro y Avalúo (fs. 21 a 32 del exp. Nº 6400-001482-04 y Acta de Compromiso de fecha 28 de diciembre de 2004);
          8º) que previo a la aprobación del Plano de Afectaciones de fecha 22 de noviembre de 2006, Datylco S.A. abonó por concepto del 10 % del Precio Compensatorio la suma de $ 1:586.982 (pesos uruguayos un millón quinientos ochenta y seis mil novecientos ochenta y dos), sugún consta en certificado de pago expedido por la Oficina de Gestión del P.O.T.;
          9º) en exp. Nº 6400-000394-07, con fecha 9 de marzo de 2007, Datylco S.A., haciendo uso de la opción que le confiere el literal d) de la cláusula Segunda del Acta de Compromiso de fecha 28 de diciembre de 2004, comunicó a la División Planificación Territorial que el 90 % restante del Precio Compensatorio sería abonado en efectivo, propuesta aprobada por Resolución Nº 41/07/6000 del 8 de mayo de 2007 del Director General del Departamento de Planificación;
          10º) que Datylco S.A. ha cancelado el saldo del 90 % del Precio Compensatorio según consta en certificado de pago expedido por la Oficina de Gestión del P.O.T. de fecha 29 de mayo de 2007;
          11º) que por Resolución Nº 3124/03 del 8 de agosto de 2003 y modificativa Nº 3381/03 del 26 de agosto de 2003 fue aprobada la propuesta presentada de distribución de cargas correspondiente a la Unidad de Actuación;
          12º) que se ha dado cumplimiento a la ejecución de todas las obras de infraestructura (vialidad, saneamiento y alumbrado público) cuyos Proyectos Ejecutivos fueron aprobados por Resoluciones Nº 3124/03, 1422/06 y 1665/06 de fechas 8 de agosto de 2003, 2 de mayo de 2006 y 23 de mayo de 2006 respectivamente y que fuesen recibidas provisoriamente según las resoluciones y actas que lucen de fs. 12 a fs. 17;
          13º) que en referencia al padrón Nº 420817 se han ejecutado todas las obras locales de pavimentación, agua corriente y saneamiento exigidas por Resoluciones Nº 174/07 y 272/07 de fechas 15 de enero de 2007 y 22 de enero de 2007 respectivamente y que fuesen recibidas provisoriamente según resulta de las actas y resolución agregadas de fs. 18 a fs. 22;
          14º) que realizada inspección in situ se ha verificado que las calles y espacios libres interiores al actual padrón Nº 420817, salvo los tramos de las calles Nº 1 y 3 a los cuales dan frente los lotes 18 de la manzana B, 15 de la manzana D y 7 de la manzana C, se hallan libres de obstáculos;
          15º) que la Dirección de la División Planificación Territorial informó que corresponde aprobar el proyecto de fraccionamiento, autorizando la excepción del solar 14 de la manzana D como predio irregular;
          CONSIDERANDO: 1º) la facultad conferida por el Art. 19 del Decreto Nº 29471 de fecha 17 de mayo de 2001;
          2º) que el Director General del Departamento de Planificación estima conveniente el dictado de resolución al respecto;
          LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Aprobar el Plano de Mensura y Fraccionamiento del padrón Nº 420817 de los Ing. Agrim. Aldo Cassinelli y Gabriel Barreiro de marzo de 2007 que luce a fs. 3 del expediente Nº 8914-000039-07.-
          2.- Librar al uso público las calles cuyas alineaciones fueran aprobadas con fecha 3 de octubre de 2005, graficadas en el plano Nº 20526 del Servicio de Regulación Territorial, con excepción de los tramos de las calles Nº 1 y 3 a los cuales dan frente los lotes 18 de la manzana B, 15 de la manzana D y 7 de la manzana C.-
          3.- Incorporar a Suelo Urbano, bajo Régimen General de Suelo Urbano, al predio padrón Nº 420817, de acuerdo a la facultad otorgada a la Intendencia Municipal de Montevideo según Decreto de la Junta Departamental Nº 29471 del 17 de mayo de 2001.-
          4.- Disponer que el padrón Nº 420817 se incorpora al área Carrasco de la Zonificación Terciaria, en el Area Costera de la Zonificación Secundaria.-
          5.- Modificar el límite del Suelo Urbano, previsto en el Art. D. 25 del Decreto de la Junta Departemental Nº 28242 del 16 de setiembre de 1998, agragando al final de la redacción actual, el siguiente texto:
          "CARRASCO, integrado por:
          Padrón Nº 420817".-
          6.- Modificar el límite del Sector 10, Norte de Camino Carrasco, del Suelo Suburbano o Potencialmente Urbanizable, previsto en el Art. D. 29 del Decreto de la Junta Departemental Nº 28242 del 16 de setiembre de 1998, agragando al final de la redacción actual, el siguiente texto:
          "Se excluye el padrón Nº 420817".-
          7.- Modificar el Art. D. 223 del Decreto de la Junta Departemental Nº 28242 del 16 de setiembre de 1998, agragando al final de la redacción actual, el siguiente texto:
          "Para el predio padrón Nº 420817 rigen las condiciones establecidas en los Decretos Nº 29471 del 17 de mayo de 2001 y Nº 29714 del 22 de noviembre de 2001".-
          8.- Adecuar la cartografía del Plan Montevideo, Decreto de la Junta Departemental Nº 28242 del 16 de setiembre de 1998, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.-
          9.- Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano y de Descentralización; a las Divisiones Planificación Territorial, Saneamiento, Vialidad y Región Este; a los Servicios de Regulación Territorial, de Catastro y Avalúo y de Construcciones Viales; a las Unidades del Plan de Ordenamiento Territorial y de Normas Técnicas y Edilicias y pase a la Oficina de Gestión Territorial del Plan Montevideo.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ARQ. HERBERT ICHUSTI , Secretario General.-