Resolución N° 1775/06
Nro de Expediente:
8552-000096-06
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
29/5/2006


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se deja sin efecto el artículo R.167, de la Parte Reglamentaria, Título Unico, Capítulo II "De la Jornada", Sección II "Disposiciones Especiales", del Volumen III "De la Relación Funcional", del Digesto Municipal

Montevideo, 29 de Mayo de 2006.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones referidas a la jornada de trabajo que deben cumplir los funcionarios vacunadores;
          RESULTANDO: que la Resolución No. 6896/67, de 29 de agosto de 1967, fuente del artículo R.167 del Volumen III de Digesto Municipal, fue derogada por la Resolución No. 348 Bis/90, del 15 de marzo de 1990, por tratarse esta última de una norma de igual rango y de carácter general, y que el horario especial previsto para la categoría de funcionarios vacunadores quedó derogado por el Decreto Departamental No. 26.795 de 10 de agosto de 1995, por tratarse ésta de una norma de rango superior;
          CONSIDERANDO: que compartiendo lo expuesto, la Asesoría Jurídica aconseja dejar sin efecto el artículo R.167 del Volumen III del Digesto Municipal;
          LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Dejar sin efecto el artículo R.167, de la Parte Reglamentaria, Título Unico, Capítulo II "De la Jornada", Sección II "Disposiciones Especiales", del Volumen III "De la Relación Funcional", del Digesto Municipal.-
          2.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Asesoría Jurídica, a la Contaduría General, a la División Salud, a los Servicios Administración de Recursos Humanos, de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos, y Liquidación de Haberes, y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, a sus efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-