VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vigencia de las licencias de conducir con vencimiento a partir del 1 de febrero de 2020 y los antecedentes presentados por aspirantes;
RESULTANDO: que la Comisión Asesora de Tránsito en uso de las facultades conferidas por el Plenario del Congreso de Intendentes dispuso: a) prorrogar por el plazo de 90 días a partir del 16 de marzo del 2020, la vigencia de las licencias de conducir (PUNC y anteriores) que hayan vencido desde el 1 de febrero de 2020; b) mantener vigente por 180 días desde sus respectivos vencimientos, los documentos y antecedentes presentados por aspirantes al PUNC; y c) durante el período de excepción de la emergencia sanitaria la vigencia de las acreditaciones por extravío o robo de documentos mediante constancia policial, emitidas por la policía para habilitar la conducción de vehículos para la o las categorías que fueron otorgadas, y mientras estén vigentes las prórrogas dispuestas;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende oportuno el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Prorrogar por el plazo de 90 días a partir del 16 de marzo del 2020, la vigencia de las licencias de conducir (PUNC y anteriores) que hayan vencido desde el 1 de febrero de 2020.
2º. Mantener la vigencia por 180 días desde sus respectivos vencimientos, los documentos y antecedentes presentados por aspirantes al PUNC.
3º. Habilitar la conducción de vehículos durante el período de excepción de emergencia sanitaria a aquellos que posean constancia de extravío o robo de documentos emitida por la policía.
4º. Comuníquese al Congreso Nacional de Intendentes, a la Jefatura de Policía de Montevideo, a la Dirección Nacional de Policía Caminera, al Departamento de Secretaría General, a los Servicios Prensa y Comunicación, Contralor de Conductores, Inspección de Tránsito, y pase a la División Tránsito.
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