VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Asesoría para la Igualdad de Género relacionadas con la creación de un Sistema de Formación para la Igualdad de Género;
RESULTANDO: 1o.) que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de Decreto N.º 37.973, se establece la formación y capacitación permanente del funcionariado y los cargos de dirección, como un eje transversal fundamental para la inclusión efectiva de la perspectiva de género en las políticas públicas de la Intendencia y los Municipios de Montevideo, así como para la transformación de la cultura organizacional con criterios de igualdad;
2o.) que asimismo, en la “Estrategia para la igualdad de género de Montevideo”, aprobada por Resolución N.º 0634/23 de 30/01/23, se incorpora la capacitación como herramienta de transformación cultural en sus cinco ejes estratégicos, con énfasis en el de cultura organizacional con igualdad de género (eje N.º 4) y el de transversalización de género (eje N.º 5);
3o.) que, por otra parte, trabajar en la transversalización de la perspectiva de igualdad de género desde los procesos de formación implica no solo avanzar en el diseño y desarrollo de actividades específicas vinculadas a género sino también adoptar esta perspectiva a los efectos de interpelar e incorporar la igualdad de género en las diversas propuestas formativas que se impulsan a nivel institucional;
CONSIDERANDO: 1o.) que la División Asesoría para la Igualdad de Género y el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales entienden conveniente se disponga la creación de un Sistema de Formación para la Igualdad de Género con el fin de alinear la política de formación institucional con la política de igualdad de género de esta Intendencia;
2o.) que la Asesora Letrada del Departamento de Secretaría General habiendo estudiado el asunto del caso remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aprobar la creación, con carácter técnico – asesor, del Sistema de Formación para la Igualdad de Género, el cual funcionará en el marco del desarrollo de las actividades que se llevan a cabo en el Centro de Formación y que contará con vinculación y apoyo administrativo a través del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, con el siguiente contenido:
A) OBJETIVO GENERAL
Diseñar, implementar y evaluar la oferta formativa institucional para que se incorpore la perspectiva de igualdad de género de manera transversal y específica.
B) OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Diseñar un Plan de Formación para la igualdad de género.
b) Incorporar la perspectiva de igualdad de género al conjunto de las propuestas formativas que se desarrollan en el Centro de Formación.
c) Organizar y coordinar las demandas de formación en género que surgen a nivel institucional.
d) Coordinar las acciones de formación que se realizan desde la División Asesoría para la Igualdad de Género, la Secretaría de Bienestar Laboral e Igualdad de Género, y el Centro de Formación.
e) Desarrollar actividades de sensibilización y capacitación en igualdad de género con enfoque interseccional.
f) Monitorear y sistematizar los procesos y las actividades de formación que se desarrollan en el marco del Sistema.
C) ACTORES DEL SISTEMA
El Sistema de Formación para la Igualdad de Género está integrado por:
a) Equipo Directivo: es el espacio intrainstitucional integrado por una persona referente de la dirección general del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, la dirección de la División Asesoría para la Igualdad de Género, la dirección de la Secretaría de Bienestar Laboral e Igualdad de Género dependiente de la División Administración de Personal y la dirección del Centro de Formación dependiente de la División Gestión y Desarrollo de Personas.
b) Equipo Asesor: está integrado por personas con reconocida trayectoria académica y/o experiencia en políticas públicas para la igualdad de género.
c) Coordinación Técnica: está integrada por una persona con conocimientos y experiencia en políticas educativas y en políticas para la igualdad de género.
d) Equipo Técnico: está integrado por la Coordinación Técnica, referentes del Área de Capacitación de la Asesoría para la Igualdad de Género, referentes de capacitación de la Secretaría de Bienestar Laboral e Igualdad de Género, y referentes del Centro de Formación en la temática de género.
e) Equipo Docente: está conformado por quienes integran el registro docente del Centro de Formación implementado a tales efectos.
D) COMETIDOS DE LOS ACTORES DEL SISTEMA
a) Equipo Directivo. Cometidos:
1) Definir orientaciones y acciones a nivel político-estratégico para la transversalización de la igualdad de género en los procesos de formación que se desarrollan en la institución.
2) Evaluar y aprobar el Plan de formación para la igualdad de género y las propuestas del Equipo Técnico y otros actores del Sistema.
b) Equipo Asesor. Cometidos:
1) Asesorar sobre los lineamientos político-estratégicos, procesos y contenidos definidos por el Equipo Directivo y el Equipo Técnico.
2) Participar en actividades académicas propuestas por el Sistema.
c) Coordinación Técnica. Cometidos:
1) Articular a la interna del Centro de Formación y con las diferentes unidades que lo integran: Unidad de Formación Institucional Permanente, Escuela de Oficios y Especialidades y Capacitación Ciudadana.
2) Coordinar con las áreas de formación de la División Asesoría para la Igualdad de Género y la Secretaría de Bienestar Laboral e Igualdad de Género en el marco del Equipo Técnico.
3) Liderar la implementación de las resoluciones del Equipo Directivo en el Centro de Formación.
d) Equipo Técnico. Cometidos:
1) Coordinar las actividades de formación en género a nivel institucional.
2) Definir criterios y seleccionar el equipo docente en temáticas vinculadas a la igualdad de género.
3) Diseñar el Plan de Formación para la igualdad de género, definiendo orientaciones, fases de trabajo y actores que intervienen en el proceso.
4) Coordinar los procesos de diseño de las propuestas curriculares de las temáticas vinculadas a género.
5) Realizar aportes para la transversalización de la perspectiva de igualdad de género en las actividades de formación del Centro de Formación.
6) Promover procesos de formación docente en temas vinculados a género.
7) Realizar procesos de evaluación y sistematización de las acciones que se promuevan.
e) Equipo Docente. Cometidos:
1) Realizar aportes para la elaboración de los programas de las actividades de formación en género y para la transversalización de esta perspectiva en otros cursos.
2) Desarrollar las actividades de formación en género.
3) Participar en salas de coordinación docente, con el fin de construir colectivamente, compartir materiales, recursos didácticos, abordajes metodológicos y experiencias.
E) ORGANIGRAMA DEL SISTEMA
Se adjunta como Anexo I y forma parte integral de la presente resolución.
2.- Establecer que las diferentes dependencias involucradas deberán proponer los nombres de los/as integrantes de los diferentes equipos que se mencionan en el literal C del numeral precedente y en forma posterior elevar las actuaciones a efectos del dictado de la correspondiente resolución de nombramiento.-
3.- Disponer que el personal que integre los distintos equipos del Sistema desempeñará tareas propias de su carrera y cargo presupuestal y/o función de contrato, no percibiendo remuneración o compensación extraordinaria por ello, sin perjuicio del pago de las horas docentes que puedan corresponder así como extraordinarias de labor, previamente autorizadas.-
4.- Comuníquese a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, Información y Comunicación y pase a la División Asesoría para la Igualdad de Género para su conocimiento y demás efectos.-
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