Resolución N° 121/12
Nro de Expediente:
1001-036398-11
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/1/2012


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se aprueban las tarifas del Atrio y/o Explanada del Edificio Sede, así como también el Modelo de Contrato para su arrendamiento.-

Montevideo, 9 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la fijación de las tarifas para el arrendamiento del Atrio y/o Explanada del Edificio Sede;
        RESULTANDO: 1o.) que en tal sentido la Coordinadora de los referidos espacios, informa de fs. 1 a 3, acerca de las inversiones realizadas en el ejercicio 2010, así como de los gastos de funcionamiento en que se incurre, sugiriendo las tarifas a adoptar, para clientes externos, como así también para Locaciones Montevideanas;
        2o.) que además de fs. 4 a 6 se adjunta modelo del texto del contrato de arrendamiento de dichos espacios en el cual se establecen contraprestaciones y condiciones de uso;
        CONSIDERANDO: que se entiende pertinente dictar resolución en tal sentido;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar las tarifas de arrendamiento del Atrio y/o Explanada del Edificio Sede, que a partir del día de la fecha, serán las siguientes:
        Tarifas para Clientes Externos:
        Días hábiles entre las 08:00 y las 17:00 hs.
          • Atrio Completo UR 8 por día.
          • ½ Atrio Laterales c/u UR 3,3 por día.
          • ½ Atrio Fondo c/u UR 2 por día.
          • Atrio Ala Central UR 3,3 por día.
        Extensión horaria después de las 17:00 hs. Hasta las 20:00 hs.: 20% más.
        Sábado, domingo y feriado de 08:00 a 20:00 hs.: 25% más.
        Tarifas para Locaciones Montevideanas:
          • Lunes a Viernes (de 08:00 a 20:00 hs.) UR 5 por hora.
          • Lunes a Viernes (de 20:00 a 08:00 hs.) UR 6 por hora.
          • Sábados, domingos y feriados (08:00 a 20:00 hs.) UR 7 por hora.
          • Sábados, domingos y feriados (20:00 a 08:00 hs.) UR 8 por hora.
        2.- Aprobar el siguiente Modelo de Contrato de Arrendamiento del Atrio y/o la explanada del Edificio Sede:
        CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
        ATRIO Y/O EXPLANADA DEL EDIFICIO SEDE
        Clientes Externos
        En Montevideo, el día …. de ….de 20.. por una parte la INTENDENCIA DE MONTEVIDEO, con domicilio en Avenida 18 de Julio 1360, RUT 211763350018 (en adelante denominada “IdeM”) representada por el , en su calidad de y por otra parte: …................ en representación de …................... con Nº de RUT …........... domiciliado en …................, Montevideo (en adelante denominado “el Usuario”), acuerdan en celebrar el siguiente contrato.
        PRIMERO: OBJETO: la IdeM cede las instalaciones del Atrio y/o Explanada para la realización de …............. que tendrá lugar entre el día … y ….....de 20.... entre las ….hs. respetando las condiciones del contrato.
        SEGUNDO: OBJETO: PRECIO POR USO DE LAS INSTALACIONES DEL ATRIO DE LA INTENDENCIA: Como contraprestación por el uso de las instalaciones del Atrio, el Usuario se compromete a abonar a la Intendencia de Montevideo la suma de UR …. , que se abonará en Tesorería de la Intendencia con una anticipación no menor a 2 días hábiles antes del inicio del evento, presentando al momento el código de barras entregado previamente por Secretaría General.
        TERCERO: INFRAESTRUCTURA: El Atrio se otorga en las condiciones establecidas, con la infraestructura existente. Los servicios de limpieza están a cargo de la IdeM. Se adjunta reglamento de uso de las instalaciones que se considera parte integral de este contrato.
        CUARTO: DEL PERSONAL: La IdeM proporcionará el personal necesario e idóneo para el evento (electricista, personal del área operativa para supervisar el armado de los stands y porteros) dentro del horario normal de labor.
        QUINTO: MANIPULACIÓN TÉCNICA: En caso de ser utilizados los equipos de audio, audiovisuales y otras pertenencias de la IdeM, estos sólo podrán ser operados por el personal de la misma. Se admitirá la intervención de terceros en casos de excepción, previa aprobación técnica requerida y autorizada con la debida anticipación.
        SEXTO: CIRCULACIÓN: La entrada y salida de Proveedores, Organizadores, así como los materiales para los armados se efectuará sin excepciones por el túnel de la IdeM en el horario acordado previamente con la Administración, siendo de responsabilidad del Usuario el adecuado cuidado y preservación de los mismos. La IdeM no aceptará equipos, escenografías, muebles o materiales de cualquier índole, excepto que hayan sido aprobados previamente, los cuales entrarán al edificio en el momento acordado y serán retirados inmediatamente después del evento por el túnel de la IdeM. El Usuario se hará cargo de la descarga del material del vehículo así como también de las personas que lo transportarán hacia el lugar donde se desarrolle el evento.
        SEPTIMO: MONTAJE Y DESMONTAJE: El Usuario, asimismo, deberá hacerse cargo de todos los gastos que demande el montaje y desmontaje del evento, incluidos los deterioros que pudieran ocasionarse durante el mismo.
        OCTAVO: CONSERVACIÓN: El Usuario no hará alteraciones de ningún tipo de la estructura, equipamiento, decoración o amoblamiento del edificio sin autorización previa de la Secretaría General.
        NOVENO: DETERIORO: De producirse algún deterioro del Atrio y/o Explanada o de sus instalaciones, así como la rotura o desaparición de elementos de su equipamiento durante el período cubierto por este contrato, el Usuario deberá indemnizar a la IdeM por la suma que la pericia determine como valor de reposición.
        DECIMO: PLANILLA DE REQUERIMIENTOS: Es obligación del Usuario presentar la planilla técnica de requerimientos para el montaje del evento y planilla con los nombres de los organizadores, montajistas o personas vinculadas al mismo cinco días antes del evento conjuntamente con la previsión de horarios que fueran necesarios (timing). Los problemas de montaje por la no presentación de dicha planilla en el tiempo establecido, serán de total responsabilidad del Usuario.
        DECIMO PRIMERO: PUNTUALIDAD: Es de total responsabilidad del Usuario, dar comienzo al evento a la hora establecida, así como respetar los horarios establecidos previamente con la Administración del Atrio.
        DECIMO SEGUNDO: La IdeM tendrá derecho a cancelar este contrato a su discreción en cualquier momento si:
        a) Se hubiere producido una violación por parte del Usuario de las condiciones establecidas por este contrato.
        b) Se hubieran producido circunstancias o emergencias debidamente justificadas, en que la IdeM debiese hacer uso del espacio.
        c) Por causas ajenas a la voluntad de la IdeM, el espacio no pudiese ser usado para los propósitos establecidos en este contrato.
        En el caso c), la IdeM devolverá al Usuario sin intereses todas las sumas y/o especies pagadas a la propia IdeM con respecto a este contrato.
        DECIMO TERCERO: RESPONSABILIDAD: El Usuario declara exonerar de toda responsabilidad a la IdeM, por todo daño y/o perjuicio que se pueda ocasionar a los autorizados o a terceros como consecuencia del uso de las instalaciones. Asimismo, declara asumir la obligación de reparar cualquier daño que se cause al Atrio o Explanada, o a terceros en ocasión de la actividad a desarrollarse. La IdeM no será responsable por la pérdida, hurto o daño causado a cualquier artículo de cualquier tipo traído o dejado en el Edificio.
        DECIMO CUARTO: AUSENCIA/INCUMPLIMIENTO: En caso de no realizarse el evento nombrado en la cláusula 1º de este contrato, o que el Usuario cancele el evento sin causa que lo justifique a criterio de la IdeM (tales como fuerza mayor o hecho fortuito no imputable), la parte incumplidora perderá la seña abonada y en su caso el precio si ya hubiera sido totalmente integrado.
        De igual modo si el evento se cancelase con una anticipación menor a 30 días de la fecha prevista para su inicio y no se hubiese abonado ya el precio, el Usuario deberá abonar una indemnización equivalente a la mitad del costo total del espacio reservado (computándose en la indemnización el monto de la seña entregada).
        DECIMO QUINTO: LIBRE DE HUMO: (según Ley Nº 18.256, de 6 de marzo de 2008) Está prohibido fumar en todas las instalaciones de la IdeM. Es responsabilidad del Usuario que todos los miembros del equipo de trabajo, artistas, montajistas, etc. cumplan con esta disposición de seguridad. En caso de incumplimiento, la IdeM quedará eximida de responsabilidad la que será asumida por el usuario.
        DECIMO SEXTO: COMUNICACIÓN: El Usuario será responsable de la confección de afiches y folletos, pautados en medios de comunicación masiva (previa autorización de la IdeM) en los que solo se hará referencia al evento. Toda situación deberá ser acordada previamente entre las partes. La IdeM tendrá derecho a registrar en fotografía, video y/o audio el evento para uso público, institucional no comercial y archivo. Deberá informarse a la IdeM en caso de filmación total o parcial del evento.
        DECIMO SEPTIMO: PUBLICIDAD: Durante el desarrollo del evento el usuario podrá, previa autorización de la IdeM, incluir a sus sponsors o auspiciantes, y hacer promoción de los mismos en las instalaciones del Atrio o Explanada del Edificio Sede.
        DECIMO OCTAVO: SERVICIOS CONTRATADOS POR EL USUARIO: El Usuario se hará cargo de la contratación y pago de servicio de catering y de cualquier otro servicio que estime conveniente. En todos los casos los prestadores de estos servicios deberán conocer los requerimientos y ponerse en contacto con la Oficina de Coordinación de Atrio y Explanada, para coordinar la prestación del servicio.
        DECIMO NOVENO: En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.


        …......................................................................
        Firma del Usuario/Representante de la IdeM.-
        3.- Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a la División Asesoría Jurídica, al Servicio de Relaciones Públicas y téngase presente.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-