Resolución N° 1164/99
Nro de Expediente:
W159/1913
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
5/4/1999


Tema:
DIGESTO MUNICIPAL

Resumen:
Se incorporan las normas aprobadas por Resolución Nº 563/99 al Capítulo I "Del ingreso" del Título Unico de la Parte Reglamentaria del Volumen III del Digesto Municipal.

Montevideo, 5 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 563/99, aprobada por el Sr. Intendente Municipal con fecha 11 de febrero de 1999;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se modificó la redacción del Capítulo II del Libro II del Volumen III del Digesto Municipal, denominándolo "Normas generales para el ingreso", de conformidad con las disposiciones aprobadas por Decreto Nº 28.387;
        2o.) que la Unidad de Actualización Normativa informa que involuntariamente en la misma se cometió error en virtud de que el Capítulo II cuya redacción se pretendió modificar, no refiere al ingreso sino al régimen normativo de la jornada de los funcionarios municipales y comprende los artículos R.162 a R.180.7.;
        3o.) que en consecuencia, la citada Unidad recomienda propiciar el dictado de una nueva resolución reubicando dentro del articulado del Digesto Municipal las normas generales para el ingreso, recientemente aprobadas, y propone:
        a) incorporar dichas normas al Capítulo I "Del ingreso" del Título Unico de la Parte Reglamentaria de dicho Volumen, dentro de la Sección I que pasará a denominarse "Normas generales para el ingreso" y se integrará con los artículos R.160 a R.160.1.2., los que tendrán la redacción aprobada por la Resolución 563/99.
        b) modificar la numeración de la actual Sección I del Capítulo I, que pasará a ser Sección II y sus artículos pasarán a numerarse artículos R.160.1.3. y R.160.1.4.-
        c) modificar la numeración de la actual Sección II del referido Capítulo, que pasará a ser Sección III.
        CONSIDERANDO: que la División Jurídica manifiesta su conformidad y estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Incorporar las normas aprobadas por Resolución Nº 563/99 del 11 de febrero de 1999 al Capítulo I "Del ingreso" del Título Unico de la Parte Reglamentaria del Volumen III del Digesto Municipal, dentro de la Sección I que pasará a denominarse "Normas generales para el ingreso" y se integrará con los artículos R.160 a R.160.1.2., los que tendrán la redacción aprobada por la citada Resolución, a saber:
        CAPITULO I
        DEL INGRESO
        SECCION I
        NORMAS GENERALES PARA EL INGRESO
        Artículo R.160.- El ingreso a la Administración para ocupar cargos de presupuesto en los Escalafones Obrero, Administrativo, Especialista Profesional, Cultural y Educativo y Profesional y Científico, se hará conforme a los procedimientos establecidos por el artículo D. 30.
        En los escalafones Cultural y Educativo y Profesional y Científico estos ingresos se realizarán en la forma prevista en los Artículos D.83.1 y D.83.2 a través de concursos abiertos de oposición y méritos.
        Los ingresos a todos los escalafones se realizarán por el nivel de carrera más bajo del Subescalafón y Carrera respectiva, no siendo de aplicación lo previsto en los artículos D.82 y D.86.3, literales b) y c) los que se aplicarán únicamente para los funcionarios municipales.
        Artículo R.160.1.- El ingreso de los funcionarios a los diferentes Escalafones, Subescalafones y Carreras, en el marco de su carrera funcional se hará conforme al Capítulo III y Sección II, Capítulo VI del Título Unico del Libro II del presente Volumen.
        Artículo R.160.1.1.- Los funcionarios municipales que se presenten a llamados abiertos para el ingreso a cargos de presupuesto en cualquier Subescalafón de los que integran los Escalafones referidos en el artículo R.160, tendrán como mérito especial lo previsto en el inciso 2o. del artículo D.83.2 y su reglamentación.
        Artículo R.160.1.2.- En los casos en que no se presenten candidatos en un llamado para un concurso interno para un cargo de ascenso presupuestal que reúnan los requisitos establecidos en el Capítulo III del Libro II para aspirar al mismo, o que el concurso respectivo se declare desierto, se procederá en una segunda instancia a un llamado interno al que podrán presentarse todos los funcionarios municipales presupuestados cualesquiera fuera su Escalafón, Carrera y Nivel de Carrera; y en una tercera instancia se podrá realizar un llamado abierto, por lo que no será de aplicación lo previsto en el 2o. inciso del Art. R.160.-
        2º.- Modificar la numeración de la actual Sección I del Capítulo I del Título Unico Parte Reglamentaria del Volumen III, que pasará a ser Sección II y sus artículos pasarán a numerarse artículos R.160.1.3. y R.160.1.4.-
        3º.- Modificar la numeración de la actual Sección II del Capítulo I del Título Unico del citado Volumen, que pasará a ser Sección III.-
        4º.- Pase a la Unidad de Actualización Normativa de la División Jurídica, a sus efectos.-
Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-