Resolución N° 1013/10
Nro de Expediente:
4000-000041-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/3/2010


Tema:
VARIOS

Resumen:
Modificar los numerales 1º y 3º de la Resolución Nº 527/08 del 11/II/08, sobre el procedimiento aplicable a las solicitudes que se presentan ante esta Intendencia para el reempadronamiento de vehículos en otros Departamentos.-

Montevideo, 15 de Marzo de 2010.-
 
                  VISTO: estos obrados relacionados con el procedimiento aplicable a las solicitudes que se presentan ante esta Intendencia para el reempadronamiento de vehículos en otros Departamentos, dispuesto por Resolución Nº 527/08 del 11/II/08;
                  RESULTANDO: 1º) que el Departamento de Recursos Financieros en consulta con la División Tránsito y Transporte remite modificaciones a los requisitos para dar de baja a los vehículos empadronados en éste departamento que soliciten reempadronar en otros departamentos con motivo de la entrada en vigencia de la Ley 18.456, que lucen de fs. 2 a fs.3 de estas actuaciones;
                  2º) que la Asesoría Jurídica ha realizado el contralor jurídico, aconsejado las modificaciones establecidas en su informe del 21 de enero del corriente año, las que fueron tomadas en cuenta;
                  CONSIDERANDO: que los Departamentos de Acondicionamiento Urbano y Recursos Financieros estiman procedente el dictado de resolución al respecto;
                  LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
                  RESUELVE:
                  1º.- Modificar el numeral 1º de la Resolución Nº 527/08 del 11/II/08, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "1º.- Los titulares de vehículos matriculados en el Departamento de Montevideo que pretendan reempadronar los mismos en otro departamento, deberán presentar ante el Servicio de Ingresos Vehiculares la documentación que se detalla y acreditar los siguientes requisitos:
                  a) libreta de propiedad del vehículo o título de propiedad a nombre del interesado o certificación notarial de la titularidad;
                  b) no registrar deuda por Patente de Rodados y demás conceptos de cobro conjunto a la misma, del vehículo que se pretende reempadronar;
                  c) no ser titulares de convenios vigentes por refinanciación de Patente de Rodados y conceptos de cobro conjunto a la misma; o en caso de serlo deberán ser cancelados en forma previa a su presentación ante el Servicio de Ingresos Vehiculares;
                  d) no registrar multas pendientes de pago por infracciones de tránsito y por no pago del tributo de Patente de Rodados; en caso de registrarlas, deberán ser abonadas en forma previa a su presentación ante el Servicio de Ingresos Vehiculares y
                  e) declaración jurada y certificado notarial acreditando el domicilio. Para el caso en que la certificación notarial sea por conocimiento personal del titular del vehículo, se deberá acompañarla de un recibo expedido por un ente público a nombre del titular que no puede tener una antigüedad mayor a 90 (noventa) días. En caso de certificación en base a documentos, el certificado deberá detallar más de un documento probatorio.-
                  2º.- Modificar el numeral 3º de la Resolución Nº 527/08 del 11/II/08 el cual quedará redactado de la siguiente manera: "3º.-Cuando esta Intendencia reciba una comunicación de otra Intendencia dando cuenta que un vehículo empadronado en Montevideo fue reempadronado en dicho Departamento, se deberá verificar que el titular del vehículo haya dado cumplimiento a la tramitación prevista precedentemente o que la Intendencia del otro Departamento donde se produjo el reempadronamiento envie la documentación probatoria de que se han cumplido con los requisitos de acreditación de domicilio y no registro de deudas en Montevideo. En caso que se constate su incumplimiento, se deberá notificar al titular del vehículo de dicha circunstancia en el domicilio fiscal que haya constituido en Montevideo, haciéndole saber que se continúa generando patente de rodados y que se hará pasible de las sanciones que pudieren corresponder".-
                  3º.- Comuníquese al Departamento de Recurso Financieros, a la División Administración de Ingresos Municipales, al Servicio de Ingresos Vehiculares y pase a la División Tránsito y Transporte a sus efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE BASSO, Secretario General.-