Resolución N° 0889/22
Nro de Expediente:
2022-5022-98-000005
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
25/02/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
REGLAMENTO - SE APRUEBA TEXTO DE REGLAMENTO DE SISTEMA DE GUARDIAS PARA LA DIVISIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.-

Montevideo, 25 de Febrero de 2022.-
 

                         VISTO: la necesidad de establecer un sistema de guardias para funcionarios/as de la División Información y Comunicación, de manera de prestar servicios propios de la dependencia en actividades de esta Intendencia, en días sábados, domingos y feriados, de forma ininterrumpida durante todo el año, ya sea en el Edificio Sede y en el Edificio Anexo, como en cualquier lugar del territorio del departamento de Montevideo;

                         RESULTANDO: 1°.) que corresponde regular el alcance, los objetivos, derechos y responsabilidades de la tarea de guardia, así como los procedimientos para su realización;

2°.) que la regulación del régimen de trabajo en sistema de guardias tiene como cometido la prestación de servicios de información, comunicación y difusión de las actividades de esta Intendencia, lo que implica una cobertura todo el año, atento a las múltiples actividades, obras, servicios y programas que se ejecutan;

3°.) que las asesorías de los Departamentos de Secretaría General y Gestión Humana y Recursos Materiales y el Servicio de Administración de Gestión Humana y Recursos Materiales realizaron el análisis de los servicios a atender y las tareas eventualmente demandadas, así como de otros sistemas de guardias, y los procedimientos y formas de remuneración a aplicar, con lo que se propuso el presente régimen y/o reglamentación, siendo de carácter piloto quedando sujeto a evaluación;

                         CONSIDERANDO: que el Departamento de Secretaría General se manifiesta de conformidad y el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, estima conveniente el dictado de resolución aprobando el texto del reglamento del sistema de guardias de la División Información y Comunicación;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Aprobar el siguiente texto de reglamento del sistema de guardias de la División Información y Comunicación, a partir de la fecha de la presente resolución:

Artículo 1.- El régimen de guardias funcionará los días sábados, domingos y feriados, de todo el año.

Artículo 2.- El régimen de guardias tiene por objetivo atender las necesidades de servicio en materia de comunicación, información, difusión y actividades conexas, que genere la actividad de la Intendencia de Montevideo, en días y horarios no habituales para los/as funcionarios/as de la División Información y Comunicación, específicamente sábados, domingos y feriados.

Artículo 3.- La inscripción al sistema será voluntaria entre los/as funcionarios/as que revisten en la División Información y Comunicación y que a juicio de la Dirección de la División revisten en las funciones y/o carreras que la necesidad del servicio requiere y posean la idoneidad necesaria, en su caso.

Artículo 4.- La Dirección de la División Información y Comunicación seleccionará hasta 5 (cinco) funcionarios/as por guardia (sábado, domingo y/o feriado) entre los/as interesados/as, de acuerdo a las necesidades de servicio. Se podrá disponer – excepcionalmente - por parte de la Dirección de la División Información la conformación de dos equipos de guardias para la misma jornada, cuando las necesidades de servicio lo requieran debidamente fundadas, pudiendo cada equipo estar conformado hasta por 5 (cinco) funcionarios/as. La convocatoria tendrá carácter obligatorio y su incumplimiento será pasible de sanción, pudiendo incluir la supresión del régimen de guardias, en forma temporal o definitiva, a juicio de las jerarquías.

Artículo 5.- El trabajo que se realice en día de guardia deberá tener registro de presentismo y en caso de no ser posible o que la tarea se cumpla a distancia, será responsabilidad del jefe/a inmediato la verificación de la realización de las tareas encomendadas. En este último caso, la Dirección de la División Información y Comunicación, controlará y/o informará tales circunstancias. No estarán alcanzados en el sistema de guardia cuando el mapa diario de trabajo de los/as funcionarios/as en su función habitual, sea sábado, domingo o feriado.

Artículo 6.- Los/as funcionarios/as serán convocados a través de su casilla de correo institucional u otro medio fehaciente a juicio de la Dirección de la División y por el mismo medio confirmarán conocimiento de la convocatoria. Quienes por razones de fuerza mayor no puedan responder al llamado para el cumplimiento de tareas, estando incluido en la nómina de la guardia del día o días dispuestos, deberá comunicarlo a su superior, para la designación de su reemplazante, constituyendo ésto un deber. El personal reemplazante percibirá la misma remuneración que el convocado en primera instancia.

Artículo 7.- Los/as funcionarios/as que cubran esta modalidad de trabajo en régimen de guardia, percibirán por todo concepto y por guardia diaria, una remuneración especial de $ 2.500 (pesos uruguayos dos mil quinientos) si trabajaren efectivamente y de $ 1.000 (pesos uruguayos mil) si estando de guardia no fueran convocados a la prestación efectiva de tareas. En caso que la guardia recaiga en un día feriado no laborable, el valor de la guardia será de $ 3.500 (pesos uruguayos tres mi quinientos) y $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil), respectivamente.-

Artículo 8.-Evaluación y supervisión.- El Sistema de Guardias de la División Información y Comunicación, será gestionado y supervisado por la Dirección de la División y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, a los efectos de ser evaluado y eventualmente como resultado de dicha evaluación, dejarse sin efecto o proponer mejoras y/o modificaciones en el sistema, para resultados más eficaces.

2°.- Comuníquese el Departamento de Secretaría General, a las Divisiones Información y Comunicación y Administración de Personal, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-