Resolución N° 2028/21
Nro de Expediente:
2021-2300-98-000014
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
31/05/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE EXONERA DEL 100 % DEL PRECIO POR LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS FRENTE A COMERCIOS DEL RUBRO GASTRONÓMICO Y VENTA DE BEBIDAS, INCLUYENDO LA AMPLIACIÓN DE LOS ESPACIOS CON ESE DESTINO SOLICITADAS DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

Montevideo, 31 de Mayo de 2021.-
 

VISTO: la Resolución No. 235/21 de fecha 15 de enero de 2021 modificativa de la Resolución No. 4414/20 de fecha 9 de diciembre de 2020 dictadas en el marco del estado de emergencia nacional sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 93.020, de fecha 13 de marzo de 2020, por las que se establecieron medidas fiscales tendientes a reducir los costos del uso del espacio publico;

RESULTANDO: 1º) que dichas medidas procuraron facilitar la presencia de personas en locales comerciales, durante los horarios habilitados en las condiciones señaladas, brindando a los comerciantes las facilidades y la reducción del peso fiscal departamental, disminuyendo o eliminando según el caso, el costo por la ampliación de los espacios destinados a las actividades gastronómicas;

2º) que es intención proceder a una ampliación temporal y de excepción de los beneficios ya otorgados para incentivar el uso de dichos espacios públicos y en apoyo a la reactivación económica;

CONSIDERANDO: 1º) que la normativa departamental aplicable (artículos D.2346.1 a D.2346.13, y R.1288.30 a R.1288.47 del Digesto Departamental (Tomo X, "de los espacios públicos y de acceso al público", Partes Legislativa y Reglamentaria, respectivamente), y las competencias de los Gobiernos Municipales (artículos 21, 22 -apartados XIX y XXV- y 24 del Decreto No 33.209 de 26 de abril de 2010, artículo 1o -apartados III y XV- del Decreto No 33.332, de 26 de abril de 2010; y apartado VI literal f), y apartado VIII, del numeral 1o de la Resolución No 3642/10, de 9 de agosto de 2010);

2º) lo establecido en los artículos 6º de la Ley Nº 9.202, y el artículo 35 numeral 24, literal A) de la Ley Nº 9.515, de 28 de octubre de 1935 (Ley Orgánica de los Gobiernos Departamentales), que imponen a las Intendencias el deber de coadyuvar, dentro de sus respectivas jurisdicciones, al cumplimiento de las decisiones tomadas por los organismos centrales de Salud Pública, así como la adopción de medidas y disposiciones tendientes a coadyuvar con las autoridades nacionales, para combatir las epidemias, disminuir sus estragos y evitar y remover sus causas;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

 

RESUELVE:

1º.- Exonerar del 100 % del precio por la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas frente a comercios del rubro gastronómico y venta de bebidas, incluyendo la ampliación de los espacios con ese destino solicitadas durante el período de vigencia de la presente resolución.-

2º.- Establecer que la  presente exoneración regirá por el período 1 de mayo de 2021 a 30 de setiembre de 2021.-

3º.- Determinar que sin perjuicio de lo anteriormente establecido, se ratifica la vigencia de la Resolución No. 235/21 de fecha 15 de enero 2021, modificativa de la Resolución No. 4414/20 de fecha 9 de diciembre de 2020 por el plazo en ella establecido y en lo que excede a la presente.-

.- Disponer que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros podrá prorrogar la vigencia de los presentes beneficios mas allá de la fecha establecida en el artículo anterior si las condiciones que fundan la presente exención se mantuvieran incambiadas y se estimare oportuno, dictando la correspondiente resolución fundada.-

5º.- Comuníquese  al Departamento de Secretaría General para que libre comunicación a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a los Departamentos de Desarrollo Urbano, de Planificación, y de Recursos Financieros, a la División Asesoría Jurídica, a la Asesoría Jurídica de Recursos Financieros, al Servicio Gestión Integrada de Cobro y a la División Información y Comunicación para su más amplia difusión  y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-