Resolución N° 4782/09
Nro de Expediente:
4001-002565-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/11/2009


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a Aldeas Infantiles SOS, a instalar stands para venta de tarjetas navideñas, en el período comprendido entre el 1º de noviembre de 2009 y el 6 de enero de 2010, en los espacios públicos que se indica.-

Montevideo, 9 de Noviembre de 2009.-
 
Montevideo, 23 de Octubre de 2008.-
        VISTO: la nota de Aldeas Infantiles SOS, de 22/09/09, por la cual solicita autorización para instalar stands de venta de tarjetas navideñas, en distintos espacios de la ciudad, en el período comprendido entre el 1º de noviembre del año en curso y el 6 de enero de 2010;
        RESULTANDO: 1o.) que además se expresa que la totalidad de la recaudación se vierte en las 3 Aldeas de Montevideo, Florida y Salto y en los 20 Centros Sociales y Comunitarios que atienden a más de 2.500 personas entre niños y adultos;
        2o.) que el 02/10/09, el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, manifiesta no presentar objeciones recomendando el cumplimiento de algunos aspectos;
        3o.) que las Juntas Locales de las Zonas Nos. 1, 5 y 14, expresan su conformidad con acceder a lo solicitado;
        4o.) que el 27/10/09, la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones, sugiere autorizar a Aldeas Infantiles SOS, el uso de los espacios públicos ubicados en Plaza Matriz, Plaza Juan P. Fabini, Plaza de Cagancha, 21 de Setiembre y Ellauri y Agraciada a la entrada del Parque Bellán, entre el 01/11/09 y el 06/01/10, para instalar, stands de venta de tarjetas navideñas, condicionado a que la gestionante deberá: A) cumplir: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización de los espacios públicos solicitados, y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; B) responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dichos espacios públicos, debiendo restituirlos en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, no pudiendo instalar propaganda en clase alguna y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando esta Intendencia Municipal exonerada de toda responsabilidad; C) efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Centros Comunales de las Zonas Nos. 1, 5 y 14, y Central de Inspección General;
        5o.) que el 03/11/09, se recibieron estas actuaciones en Secretaría General, remitidas por el Departamento de Acondicionamiento Urbano propiciando la autorización de que se trata;
        CONSIDERANDO: la naturaleza de la Institución peticionante y los fines perseguidos, se estima pertinente proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a Aldeas Infantiles SOS, a instalar stands para venta de tarjetas navideñas, en el período comprendido entre el 1º de noviembre de 2009 y el 6 de enero de 2010, en los siguientes espacios públicos:
        Plaza Matriz
        Plaza Juan P. Fabini
        Plaza de Cagancha
        21 de Setiembre y Ellauri
        Av. Agraciada a la entrada del Parque Bellán
        2.- Establecer que la interesada deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización de los espacios públicos solicitados, de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 4o. de la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones.-
        3.- Comuníquese a la gestionante, a la Jefatura de Policía de Montevideo, a las Juntas Locales de las Zonas Nos. 1, 5 y 14, a los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nos. 1, 5 y 14, y pase a la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-