Resolución N° 51/14/6300
Nro de Expediente:
4450-000104-14
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
9/4/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 20 a la Empresa VOLMAT, RUT No. 211744400013, acorde al Artículo D. 1928.14 Literal "g".

Montevideo, 9 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad de Contratos y Convenios, dependiente de la División Limpieza, relacionadas con incumplimientos constatados por parte de la Empresa VOLMAT, RUT No. 211744400013, con sede en la calle Circunvalación del Uruguay, Manzana 32 Solar 18 Shangrila, Canelones;
        RESULTANDO: 1o.) que dicha Unidad informa que con fecha 19 de febrero de 2014, realizó una inspección en la que constató que una volqueta perteneciente a la firma de referencia, ubicada en la calle Martínez Trueba s/n entre Soriano y Canelones, se encontraba en infracción por falta de reflectivos de seguridad;
        2o.) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto otorgándose vista a la involucrada, que presentó los descargos correspondientes, los cuales no se consideran de recibo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en virtud de lo expuesto, la Abogada Asesora del Desarrollo Ambiental, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) acorde al Art. D. 1928.14 Literal "g", por infringir los Artículos D. 1928.5 del Digesto, que establece: "Cada una de las volquetas y cualquier otro tipo de elemento que sirva para el acopio y transporte de residuos deberá estar identificada acorde a la reglamentación que dicte la IdeM, en cuanto a la forma, dimensiones, colores y demás condiciones. Su señalización deberá ser visible a cualquier hora del día" y R.424.110.8. Seguridad A. (fuente Resolución No. 5690/11 del 12 de diciembre de 2011);
        2o.) que según Resolución No. 3092/10, de fecha 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) a la Empresa VOLMAT, RUT No. 211744400013, con sede en la calle Circunvalación del Uruguay, Manzana 32 Solar 18 Shangrila, Canelones, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese a la División Limpieza, al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase a la Unidad de Contratos y Convenios para la notificación de la empresa infractora, a quien se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Juan Canessa, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-