Resolución N° 2949/15
Nro de Expediente:
6440-000483-06
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/6/2015


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Sr. Andrés Yohai Israel, del pago del 50% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 168.169, por el ejercicio 2014, indicando que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 3.768,00.

Montevideo, 29 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: la gestión del Sr. Andrés Yohai Israel por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 168.169, ubicado en la calle Magallanes No. 1731;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad del Patrimonio informa que corresponde otorgar el 50% de exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria por el ejercicio 2014, según lo establecido por el Decreto No. 29.884, Art. 2, Numeral 2.3;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que al mencionado padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 50% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, por el ejercicio 2014, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 29.884, Art. 2, Numeral 2.3 "Correcto Mantenimiento", por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 3.768,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos y la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros comparten lo informado precedentemente y promueven el dictado de la Resolución;
        CONSIDERANDO: lo dispuesto en el Decreto No. 29.884, Art. 2., Numeral 2.3;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Sr. Andrés Yohai Israel, al amparo de lo establecido en el Decreto No. 29.884, Art. 2., Numeral 2.3, del pago del 50% (cincuenta por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 168.169, por el ejercicio 2014 indicando que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 3.768,00 (pesos uruguayos tres mil setecientos sesenta y ocho).-
        2o.- Para obtener la renovación del beneficio fiscal, los titulares deberán cumplir con los requisitos dispuestos por el Decreto No. 29.884 y la colocación de la cartelería, de acuerdo con lo establecido por el Art. 19 del Decreto No. 29.674 de 29/10/2001, reglamentado por Resolución No. 2763/10 de 24/06/2010 y su modificativa Resolución No. 4076/13 de 9/09/2013.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-