Resolución N° 5522/12
Nro de Expediente:
6410-000026-10
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
10/12/2012


Tema:
INCORPORACION AL DOMINIO DEPARTAMENTAL

Resumen:
Declarar cedidos de pleno derecho y sin indemnización alguna a favor de esta Intendencia, en el marco de lo dispuesto en el Art. D.105, Sección II, Capítulo IX, Título III, del Volumen IV del Digesto, y en el Art. 35 de la Ley Nº 3958 del 28 de marzo de 1912, los predios padrones Nº 114.185; Nº 114.186 y Nº 114.187, dentro de los límites del CCZ Nº 6, Muncipio E.-

Montevideo, 10 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la incorporación al dominio departamental de los predios padrones Nros. 114.185; 114.186 y 114.187, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales, con fecha 4 de junio de 2012, informa que:
        a) de estas actuaciones y sus expedientes agregados, surge claro que no han culminado los trámites expropiatorios de los predios padrones Nros. 114.185, 114.186 y 114.187, todos de un mismo propietario original;
        b) el padrón Nº 114.185, se encuentra casi totalmente librado al uso público y es parte de la Avda. Italia, salvo una pequeña fracción señalada con la letra C, en el plano del Ing. Agrimensor Horacio Rebufel, registrado con el Nº. 38.022, el 16 de junio de 1959, que cuenta con 11,87 m2;
        c) desde el punto de vista catastral, los padrones Nros. 114.186 y 114.187, han desaparecido del empadronamiento por estar totalmente incluidos en la Avda. Italia;
        d) las áreas integradas al uso público del padrón Nº 114.185, así como la totalidad de los padrones Nº 114.186 y 114.187, han pasado al dominio público, por imperio del art. Nº 35 de la Ley Nº 3958 del 28 de marzo de 1912, pero no puede afirmarse lo mismo de la parcela señalada con la letra C del padrón Nº 114.185, que no es alcanzada por los términos de la referida Ley;
        e) correspondería efectuar la declaratoria de incorporación al dominio público departamental de la totalidad de los padrones Nros. 114.186 y 114.187. así como las fracciones A y B del padrón Nº 114.185, que totalizan un área de 315m2 25;
        2º) que el Servicio de Escribanía, con fecha 13 de junio de 2012, informa que:
        a) los padrones Nros. 114.185, 114.186 y 114.187 fueron designados para ser expropiados en el año 1964, con destino al trazado de la Autopista de la Avenida Italia, estando actualmente afectados a dicha Avenida, según informe del Ing. Dematteis, planos de mensura del Agrimensor Rebuffel de expropiación de los años 1958 y 1959 agregados en el expediente y foto aérea luciente a fojas 49 de estos obrados;
        b) los padrones Nros. 114.186 y 114.187 en su totalidad y las fracciones A y B del padrón Nº 114.185, que actualmente se encuentra ocupada por el propietario del padrón Nº 114.188, hasta aproximadamente el año 1983, se encontraba librada al uso público;
        c) en razón de la regularización jurídica de las situaciones planteadas, se entiende que los padrones Nros. 114.185, 114.186 y 114.187, en su totalidad, han pasado al dominio departamental de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 35 de la Ley Nº 3958, por lo que corresponde declarar su incorporación al mismo;
        d) se está en condiciones de declarar incorporada al dominio departamental de uso público de acuerdo a lo establecido en el Art. D.105, Sección II, Capítulo IX, Título III, del Volumen IV del Digesto; previa publicación de edictos;
        CONSIDERANDO: 1º) que habiéndose realizado las publicaciones de rigor, no fue presentada ninguna observación por parte de los propietarios a lo formulado en edictos;
        2º) que la Dirección General (I) del Departamento de Planificación estima procedente se dicte resolución al respecto;

        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º. Declarar cedidos de pleno derecho y sin indemnización alguna a favor de la Intendencia de Montevideo, en el marco de lo dispuesto en el Art. D.105, Sección II, Capítulo IX, Título III, del Volumen IV del Digesto, y en el Art. 35 de la Ley Nº 3958 del 28 de marzo de 1912, los predios padrones Nros. 114.185, 114.86 y 114.187, dentro de los límites del CCZ Nº 6, Muncipio E.-
        2º. Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano; al Municipio E; a las Divisiones de Planificación Territorial y Asesoría Jurídica; a los Servicios de Escribanía y Centro Comunal Zonal Nº 6; a las Unidades de Expropiaciones y Administradora de Bienes Inmuebles Departamentales y pase al Servicio de Regulación Territorial a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-