Resolución N° 94/03/4000
Nro de Expediente:
4001-000396-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/1/2003


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Templo Afro-Umbandista de Oxum solicitan uso de Playa Ramírez el 2/II/03.-

Montevideo, 31 de Enero de 2003.-
 
        VISTO: la solicitud del Templo Afro-Umbandista de Oxum, Iyaloriyá Myriam de Oxum, para que se le conceda el uso de la Playa Ramírez en las inmediaciones de la Avda. Sarmiento, el próximo 2 de febrero, para llevar a cabo el ritual en honor a Mae Iemanja;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local Zona Nº 2 no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia la autorización de la mencionada Playa a partir de las 19:30 horas del día 1º/II/03 y hasta la madrugada del día 3/II/03 para la realización de la fiesta religiosa, condicionado a que la gestionante deberá responsabilizarse de: a) todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituir el mismo en correctas condiciones de higiene y limpieza y b) las coordinaciones con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Templo Afro-Umbandista de Oxum, Iyaloriyá Myriam de Oxum, el uso de la Playa Ramírez en las inmediaciones de la Avda. Sarmiento, a partir de las 19:30 horas del día 1º/II/03 y hasta la madrugada del día 3/II/03 para la realización de la fiesta religiosa Umbandista en honor a Mae Iemanja, condicionado a que la gestionante deberá responsabilizarse de: a) todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituir el mismo en correctas condiciones de higiene y limpieza y b) las coordinaciones con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 2, al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-